ACUERDO que modifica al diverso por el que se dan a conocer los formatos que deberán utilizarse para realizar trámites ante la Secretaría de Economía, el Centro Nacional de Metrología, el Servicio Geológico Mexicano, el Fideicomiso de Fomento Minero, la Procuraduría Federal del Consumidor y ProMéxico.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- ECONOMÍA.- Secretaría de Economía.

Con fundamento en los artículos 34 fracción XXXIII de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 4 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; 46 fracciones VI y VII de la Ley General de Mejora Regulatoria y 5 fracción XVII del Reglamento Interior de la Secretaría de Economía, y

CONSIDERANDO

Que el 22 de marzo de 1999 se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF), el Acuerdo por el que se aprueban los formatos que deberán utilizarse para realizar trámites ante la Secretaría de Comercio y Fomento Industrial, el Centro Nacional de Metrología, el Consejo de Recursos Minerales, el Fideicomiso de Fomento Minero y la Procuraduría Federal del Consumidor, modificado mediante diversos acuerdos dados a conocer en el mismo órgano informativo oficial y que por virtud de los cuales se denomina actualmente Acuerdo por el que se dan a conocer los formatos que deberán utilizarse para realizar trámites ante la Secretaría de Economía, el Centro Nacional de Metrología, el Servicio Geológico Mexicano, el Fideicomiso de Fomento Minero, la Procuraduría Federal del Consumidor y ProMéxico (Acuerdo).

Que dicho Acuerdo tiene como propósito cumplir con las disposiciones vigentes, para hacer eficaz la desregulación de requisitos y plazos relacionados con el establecimiento y operación de las empresas, así como la actualización de los formatos cuyo llenado exigen las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal.

Que mediante la modificación al Acuerdo publicada el 12 de agosto de 2011 en el DOF, se reformaron el contenido y homoclave de los formatos indicados en los puntos 1, 2 y 3 de la fracción IX del artículo 1º de dicho Acuerdo, así como la denominación al formato indicado en el punto 2 antes citado.

Que mediante la modificación al referido Acuerdo, publicada el 5 de septiembre de 2012 en el DOF, se reformó la fracción IX del Artículo 1º, a fin de asegurar la congruencia entre la tramitación en línea y la presentación de los trámites en forma física ante la ventanilla de atención al público del Registro Nacional de Inversiones Extranjeras (RNIE).

Que el 31 de octubre de 2014, se publicó en el DOF el Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones del Reglamento de la Ley de Inversión Extranjera y del Registro Nacional de Inversiones Extranjeras. Derivado de dicha reforma se realizaron ajustes a las obligaciones que tienen los particulares ante el RNIE, por lo que fue necesario adecuar la forma en la que se debían llevar a cabo los trámites ante dicho Registro. Por lo anterior, con el fin de implementar los ajustes antes señalados, mediante la reforma al Acuerdo publicada el 23 de febrero de 2015 en el DOF, se adecuaron los formatos que debían utilizarse para la presentación de trámites ante el RNIE.

Que el 2 de septiembre de 2016, se publicó en el mismo órgano informativo oficial, la Resolución General por la que se determina la actualización del supuesto jurídico para la inscripción, presentación de avisos y cancelación de inscripción ante el Registro Nacional de Inversiones Extranjeras, mediante la cual, con el objeto de brindar certeza jurídica a los particulares, se determinó el momento en que se actualiza el supuesto jurídico para la inscripción, presentación de avisos y cancelación de inscripción ante dicho Registro.

Que el 3 de mayo de 2019, se publicó en el DOF el Decreto por el que se autoriza la desincorporación mediante extinción del Fideicomiso Público considerado Entidad Paraestatal denominado ProMéxico, por medio del cual se autorizó la realización de los actos conducentes para la desincorporación del mismo, mediante su extinción. En consecuencia, es necesario modificar la denominación del presente Acuerdo y ajustar su contenido en lo relativo a dicho Fideicomiso.

Que el 6 de julio de 2020, a efecto de contribuir al distanciamiento social para evitar contagios de persona a persona y la propagación del virus COVID-19, se publicó en el DOF el Acuerdo por el que se modifican las Reglas para la gestión de trámites por medios de comunicación electrónica ante el Registro Nacional de Inversiones Extranjeras.

Que con el propósito de acrecentar la simplificación administrativa comprometida en la Ley General de Mejora Regulatoria y los instrumentos que de ésta deriven, es necesario armonizar los trámites y formatos, en términos de las disposiciones jurídicas aplicables a cargo de la propia dependencia y hacerlo del conocimiento de los particulares, a fin de brindarles certeza jurídica en los trámites que realicen.

Que para dar cumplimiento a la obligación de la Secretaría de Economía de mejorar la prestación de los bienes y servicios a la población, mejorando la presentación de los formatos en términos de las disposiciones jurídicas aplicables, se expide el siguiente

ACUERDO QUE MODIFICA AL DIVERSO POR EL QUE SE DAN A CONOCER LOS FORMATOS QUE DEBERÁN UTILIZARSE PARA REALIZAR TRÁMITES ANTE LA SECRETARÍA DE ECONOMÍA, EL CENTRO NACIONAL DE METROLOGÍA, EL SERVICIO GEOLÓGICO MEXICANO, EL FIDEICOMISO DE FOMENTO MINERO, LA PROCURADURÍA FEDERAL DEL CONSUMIDOR Y PROMÉXICO

Primero.- Se modifica la denominación del Acuerdo por el que se dan a conocer los formatos que deberán utilizarse para realizar trámites ante la Secretaría de Economía, el Centro Nacional de Metrología, el Servicio Geológico Mexicano, el Fideicomiso de Fomento Minero, la Procuraduría Federal del Consumidor y ProMéxico, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 22 de marzo de 1999 y sus diversas modificaciones, para quedar como sigue:

"Acuerdo por el que se dan a conocer los formatos que deberán utilizarse para realizar trámites ante la Secretaría de Economía, el Centro Nacional de Metrología, el Servicio Geológico Mexicano, el Fideicomiso de Fomento Minero y la Procuraduría Federal del Consumidor"

Segundo.- Se reforman las homoclaves y denominaciones de los formatos indicados en los puntos 1, 3, 4, 5, 6, 8, 9, 10, 11, 12, 13 y 14 de la fracción IX del Artículo 1º del Acuerdo por el que se dan a conocer los formatos que deberán utilizarse para realizar trámites ante la Secretaría de Economía, el Centro Nacional de Metrología, el Servicio Geológico Mexicano, el Fideicomiso de Fomento Minero, la Procuraduría Federal del Consumidor y ProMéxico, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 22 de marzo de 1999 y sus diversas modificaciones, para quedar como sigue:

"Artículo 1o.- ...

I a VIII.- ...

IX.- Ante la Dirección General de Inversión Extranjera:

1.      Solicitud de Inscripción en el Registro Nacional de Inversiones Extranjeras Personas Físicas o Morales Extranjeras (Sección Primera), FF-SE-02-001-A.

2.     

3.      Cancelación de Inscripción en el Registro Nacional de Inversiones Extranjeras Personas Físicas o Morales Extranjeras (Sección Primera), FF-SE-02-003-A.

4.      Informe Económico Anual (Renovación de Constancia de Inscripción) presentado al Registro Nacional de Inversiones Extranjeras Personas Físicas o Morales Extranjeras (Sección Primera), FF-SE-02-004-A.

5.      Aviso de Actualización Trimestral presentado al Registro Nacional de Inversiones Extranjeras Personas Físicas o Morales Extranjeras (Sección Primera), FF-SE-02-005-A.

6.      Solicitud de Inscripción en el Registro Nacional de Inversiones Extranjeras Sociedades Mexicanas (Sección Segunda), FF-SE-02-001-B.

7.     

8.      Cancelación de Inscripción en el Registro Nacional de Inversiones Extranjeras Sociedades Mexicanas (Sección Segunda), FF-SE-02-003-B.

9.      Informe Económico Anual (Renovación de Constancia de Inscripción) presentado al Registro Nacional de Inversiones Extranjeras Sociedades Mexicanas (Sección Segunda), FF-SE-02-004-B.

10.    Aviso de Actualización Trimestral presentado al Registro Nacional de Inversiones Extranjeras Sociedades Mexicanas (Sección Segunda), FF-SE-02-005-B.

11.    Solicitud de Inscripción en el Registro Nacional de Inversiones Extranjeras Contratos de Fideicomiso (Sección Tercera), FF-SE-02-001-C.

12.    Aviso de Modificación a la Información Previamente Proporcionada al Registro Nacional de Inversiones Extranjeras Contratos de Fideicomiso, (Sección Tercera), FF-SE-02-002-C.

13.    Cancelación de Inscripción en el Registro Nacional de Inversiones Extranjeras Contratos de Fideicomiso (Sección Tercera), FF-SE-02-003-C.

14.    Aviso de Fedatarios Públicos al Registro Nacional de Inversiones Extranjeras en términos del artículo 34 de la Ley de Inversión Extranjera, FF-SE-02-006.

15.    ..."

Tercero.- Se modifican los formatos a que se refieren los puntos 1, 3, 4, 5, 6, 8, 9, 10, 11, 12, 13 y 14 de la fracción IX del Artículo 1º del Acuerdo por el que se dan a conocer los formatos que deberán utilizarse para realizar trámites ante la Secretaría de Economía, el Centro Nacional de Metrología, el Servicio Geológico Mexicano, el Fideicomiso de Fomento Minero, la Procuraduría Federal del Consumidor y ProMéxico, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 22 de marzo de 1999 y sus diversas modificaciones, para quedar como se aprecia al final del presente instrumento.

Cuarto.- Se deroga el artículo 5º BIS del Acuerdo por el que se dan a conocer los formatos que deberán utilizarse para realizar trámites ante la Secretaría de Economía, el Centro Nacional de Metrología, el Servicio Geológico Mexicano, el Fideicomiso de Fomento Minero, la Procuraduría Federal del Consumidor y ProMéxico, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 22 de marzo de 1999 y sus diversas modificaciones.

Quinto.- Los formatos a que hace referencia el presente Acuerdo, quedarán a disposición del particular en el portal de internet www.gob.mx de la Ventanilla Única Nacional para los Trámites e Información del Gobierno y en el portal del Registro Nacional de Inversiones Extranjeras, en la liga https://rnie.economia.gob.mx, los cuales son de libre reproducción, siempre y cuando no se altere su contenido.

TRANSITORIOS

PRIMERO. - El presente Acuerdo entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

SEGUNDO. - La Dirección General de Inversión Extranjera recibirá los formatos anteriores, hasta quince días naturales después de la entrada en vigor del presente Acuerdo. Los nuevos formatos que se dan a conocer mediante la publicación de este Acuerdo, se recibirán a partir de su entrada en vigor.

Ciudad de México, a 24 de agosto de 2020.- La Secretaria de Economía, Graciela Márquez Colín.- Rúbrica.

 

 

 

 

 

 

 

 

 


 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 


 

 

 

 

 

 

 

 

 

 


 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 


 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 


 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 


 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 


 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 


 

 

 

 

 

 

 

 

 

 


 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 


 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 


 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 


 

 

 

 

 

 

 

 

 

 


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