DECRETO por el que
se establecen las medidas de austeridad que deberán observar las dependencias y
entidades de
Al margen un sello con el Escudo Nacional,
que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Presidencia de
ANDRÉS MANUEL LÓPEZ OBRADOR, Presidente de los Estados Unidos
Mexicanos, en ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 89,
fracciones I y II, en relación con los artículos 26, Apartado A, párrafos
primero y segundo, 90 y 134 de
DECRETO
De conformidad con
los criterios que nos rigen de eficiencia, honestidad, austeridad y justicia, y
ante la crisis mundial del modelo neoliberal, que sin duda nos afecta, propongo
la aplicación urgente y categórica de las siguientes medidas:
I. No será despedido ningún trabajador, pero no habrá incremento
de personal; de forma voluntaria se reducirá el salario de los altos
funcionarios públicos hasta en un 25% de manera progresiva. Es decir, el que
obtenga más ingresos aportará más y será menos el descuento para los niveles
inferiores. De la misma forma, los altos funcionarios públicos no tendrán
aguinaldos ni ninguna otra prestación de fin de año. El concepto de alto
funcionario público aplica de Subdirector hasta Presidente.
II. No se ejercerá el 75% del presupuesto disponible de las
partidas de servicios generales y materiales y suministros. Esto también
incluye a lo supuestamente comprometido. Se cancelan diez subsecretarías y se
garantiza el empleo con el mismo rango y los mismos ingresos a quienes dejarán
dichos cargos.
III. Se extenderá hasta el 1o de agosto la suspensión de labores con
goce de sueldo a quienes ya se encuentran en esta situación debido a la
pandemia del coronavirus.
IV. Deberán de permanecer cerradas la mitad de las oficinas, con
excepción de las que atiendan de manera directa al público o aquéllas que son
esenciales para el bienestar del pueblo. En este periodo, se hará un esfuerzo
de reubicación de servidores públicos en función de lo prioritario, con el fin
de dejar de rentar edificios, vehículos, bodegas e inmuebles, entre otros
ahorros.
V. Se posponen las acciones y el gasto del gobierno, con excepción
de los siguientes programas prioritarios:
1. Pensión para el Bienestar de las Personas Adultas Mayores;
2. Pensión para el Bienestar de las Personas con Discapacidad;
3. Sembrando Vida;
4. Programa de apoyo para el Bienestar de las Niñas y Niños, Hijos
de Madres Trabajadoras;
5. Becas para el Bienestar Benito Juárez;
6. Construcción de las 100 Universidades Públicas;
7.
8. Jóvenes Construyendo el Futuro;
9. Tandas para el Bienestar;
10. Banco del Bienestar;
11. Atención médica y medicamentos gratuitos;
12. Producción para el Bienestar;
13. Precios de Garantía;
14. Distribución de fertilizantes;
15. Apoyo a los pescadores;
16. Guardia Nacional;
17. Aeropuerto General Felipe Ángeles;
18. Producción petrolera;
19. Rehabilitación de las seis refinerías;
20. Construcción de la refinería de Dos Bocas;
21. Generación de energía eléctrica con la modernización de plantas e
hidroeléctricas;
22. Mantenimiento y conservación de carreteras;
23. Caminos de mano de obra;
24. Caminos rurales;
25. Carreteras en construcción;
26. Sistema aeroportuario de
27. Tren Interurbano México-Toluca;
28. Terminación de presas y canales;
29. Parque Ecológico Lago de Texcoco;
30. Programa de Mejoramiento Urbano;
31. Programa Nacional de Reconstrucción;
32. Tren Maya;
33. Tren de Guadalajara;
34. Internet para Todos;
35. Desarrollo del Istmo de Tehuantepec;
36. Zona libre de
37. Espacio cultural de Los Pinos y Bosque de Chapultepec, y
38. Defensa de los derechos humanos.
VI.
VII. Tendrán trato excepcional
VIII. Se aplicará
IX. La eficiencia, la honestidad y la austeridad nos permitirán
aumentar el presupuesto para fortalecer el blindaje de los programas sociales y
de los proyectos prioritarios en 622 mil 556 millones de pesos; asimismo, se
otorgarán 3 millones de créditos a personas y a pequeñas empresas familiares, y
se crearán 2 millones de empleos, lo cual hará posible proteger a 25 millones
de familias mexicanas, al 70% de los hogares de la república, donde habitan los
más pobres y la mayoría de los integrantes de las clases medias del país.
X. Todo ello, sin aumentar el precio de los combustibles, sin
aumentar impuestos o crear impuestos nuevos y sin endeudar al país.
Vamos a
demostrar que hay otra forma de enfrentar la crisis sanitaria, económica o de
cualquier otra índole, siempre y cuando no se permita la corrupción, se
fortalezcan valores y principios como el humanismo y se gobierne para y con el
pueblo.
XI. Estas medidas aplican para todo el Poder Ejecutivo Federal, es
decir, incluyen a organismos descentralizados, órganos desconcentrados,
empresas de participación estatal mayoritaria y fideicomisos públicos.
La responsabilidad
de la aplicación de este ordenamiento corresponderá a los Secretarios de Estado
y a los Directores de dichos organismos.
TRANSITORIOS
Primero. El presente Decreto entrará en vigor el día de
su publicación en el Diario Oficial de
Segundo. Este Decreto se convertirá en una iniciativa de
ley que estoy enviando con carácter de estudio prioritario y, en su caso, de
aprobación inmediata a
Dado en la
residencia del Poder Ejecutivo Federal, en