ACUERDO mediante el cual el Pleno autoriza la celebración de sesiones de forma remota en virtud de la contingencia existente en materia de salud y se derogan ciertos artículos de los Lineamientos para el funcionamiento del Pleno.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados
Unidos Mexicanos.- Comisión Federal de Competencia Económica.- Pleno.- CFCE-089-2020.
ACUERDO MEDIANTE EL CUAL EL PLENO AUTORIZA LA
CELEBRACIÓN DE SESIONES DE FORMA REMOTA EN VIRTUD DE LA CONTINGENCIA EXISTENTE
EN MATERIA DE SALUD Y SE DEROGAN CIERTOS ARTÍCULOS DE LOS LINEAMIENTOS PARA EL
FUNCIONAMIENTO DEL PLENO.
Ciudad de México, a veintiséis de
marzo de dos mil veinte. Con fundamento en los artículos 28, párrafos décimo
cuarto, vigésimo y vigésimo primero de la Constitución Política de los Estados
Unidos Mexicanos, 10, 12, fracciones XXIV y XXX, 18 y 19, de la Ley Federal de
Competencia Económica (LFCE), así como 1, 4, fracción I, 5 fracciones XIV y
XXXIX, 6 y 7 del Estatuto Orgánico de la Comisión Federal de Competencia
Económica (Estatuto), así como al numeral Primero del Acuerdo de diecinueve de
marzo del año en curso mediante el cual el Pleno resuelve que no correrán los
plazos de algunos procedimientos tramitados ante la Comisión Federal de
Competencia Económica (Comisión), el Pleno de la Comisión, en sesión ordinaria
celebrada hoy, manifiesta su conformidad para la emisión del presente y en
consecuencia,
ACUERDA:
Primero. Debido a la epidemia de enfermedad por el
virus SARS-CoV2 (COVID-19) reconocido como una enfermedad grave de atención
prioritaria, y durante el tiempo que continúe la misma, en atención a las
medidas preventivas para la mitigación y control de riesgos para la salud que
implica el virus COVID-19, y en aras de prevenir contagios entre el personal de
la Comisión y de la población en general, en lo concerniente al funcionamiento
del Pleno, se autoriza la realización de las sesiones plenarias de manera
remota por medios electrónicos.
Lo anterior toda vez que esta Comisión
tiene acceso a herramientas informáticas que permiten la realización de las
sesiones de forma remota y que garantizan la identidad de las personas y la
seguridad de las comunicaciones correspondientes.
Segundo. Se derogan el artículo 30, segundo párrafo,
el artículo 32, así como el artículo Transitorio Segundo de los Lineamientos
para el Funcionamiento del Pleno, emitidos por el Pleno de la Comisión el diez
de noviembre de dos mil dieciséis.
Tercero. Publíquese el presente acuerdo en el Diario
Oficial de la Federación y en la página de Internet de la Comisión Federal de
Competencia Económica.
Cuarto. El presente acuerdo entra en vigor a partir
de su aprobación.
Así lo acordó, por unanimidad de
votos, el Pleno de esta Comisión Federal de Competencia Económica, en la sesión
ordinaria de mérito, de conformidad con los artículos citados a lo largo del
presente acuerdo, y ante la fe del Secretario Técnico, de conformidad con los
artículos 2, fracción VIII; 4, fracción IV; 18, 19, 20, fracciones XXVI, XXVII
y LVI, del Estatuto.
La
Comisionada Presidenta, Alejandra
Palacios Prieto.-
Rúbrica.- Los Comisionados: Eduardo
Martínez Chombo, Brenda Gisela
Hernández Ramírez, Alejandro Faya Rodríguez, José
Eduardo Mendoza Contreras, Gustavo Rodrigo Pérez Valdespín.- Rúbricas.- El Secretario Técnico, Fidel Gerardo Sierra
Aranda.- Rúbrica.