ACUERDO por el que se da aviso del cambio de domicilio de la Dirección General de Previsión Social de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social y se declaran inhábiles los días del 30 de octubre al 1 de noviembre, así como del 4 al 6 de noviembre de 2019, para efecto de los trámites que se realizan en la Dirección General de Previsión Social de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría del Trabajo y Previsión Social.
LUISA MARÍA ALCALDE
LUJÁN, Secretaria del Trabajo y Previsión Social, con fundamento en lo
dispuesto por los artículos 40 de la Ley Orgánica de la Administración Pública
Federal; 1, 3 fracción XIV, 4, 28, 30 y 42 de la Ley Federal de Procedimiento
Administrativo; 1, 2, 4 y 5, XIX del Reglamento Interior de la Secretaría del
Trabajo y Previsión Social, y
CONSIDERANDO
Que resulta necesario el cambio de domicilio de las oficinas de la
Dirección General de Previsión Social de la Secretaría del Trabajo y Previsión
Social, misma que actualmente se ubica en Avenida Paseo de la Reforma número
93, pisos 14 y 15, colonia Tabacalera, Alcaldía Cuauhtémoc, Ciudad de México,
C.P. 06030, oficinas que a partir del día 30 de octubre de 2019, se ubicarán en
el domicilio ubicado en Avenida Félix Cuevas número 301, pisos 6 y 8, colonia
Del Valle, Alcaldía Benito Juárez, Ciudad de México, C.P. 03100, por lo que,
resulta imposible mantener la continuidad en los trámites y servicios que
realiza la Dirección General de Previsión Social de la Secretaría del Trabajo y
Previsión Social, por el periodo de 6 días hábiles, ya que dentro de este
periodo se llevarán a cabo la mudanza de los muebles y equipos necesarios así
como la instalación de los mismos en el nuevo domicilio;
Que el artículo 28 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo
establece que no se considerarán como días hábiles, entre otros, aquellos en
los que se suspendan labores, los que se harán del conocimiento del público
mediante acuerdo del titular de la Dependencia respectiva, que se publicará en
el Diario Oficial de la Federación;
Que el mismo artículo autoriza a suspender los términos en aquellos
casos de fuerza mayor, debidamente fundados y motivados;
Que en términos del artículo 42 de la ley en comento, los escritos
dirigidos a la Administración Pública Federal deben presentarse directamente en
sus oficinas autorizadas para tal efecto, y
Que con el fin de dar certeza y seguridad jurídica a los asuntos que
la población tramita ante la Dirección General de Previsión Social de la
Secretaría del Trabajo y Previsión Social, es necesario hacer del conocimiento
público los días que no se contabilizarán en los plazos y términos procesales
de los asuntos llevados ante dicha Dirección General, tengo a bien expedir el
siguiente:
ACUERDO POR EL QUE SE DA AVISO DEL CAMBIO DE DOMICILIO DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE PREVISIÓN SOCIAL DE LA SECRETARÍA DEL TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL Y SE DECLARAN INHÁBILES LOS DÍAS DEL 30 DE OCTUBRE AL 1o. DE NOVIEMBRE, ASÍ COMO DEL 4 AL 6 DE NOVIEMBRE DE 2019, PARA EFECTO DE LOS TRÁMITES QUE SE REALIZAN EN LA DIRECCIÓN GENERAL DE PREVISIÓN SOCIAL DE LA SECRETARÍA DEL TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL
ARTÍCULO PRIMERO. Se
comunica a las autoridades de cualquier ámbito y materia, servidores públicos,
así como al público en general, para todos los efectos legales a que haya lugar
que, a partir del 30 de octubre del presente año, el nuevo domicilio oficial de
la Dirección General de Previsión Social de la Secretaría del Trabajo y
Previsión Social, es el ubicado en Avenida Félix Cuevas número 301, pisos 6 y
8, colonia Del Valle, Alcaldía Benito Juárez, Ciudad de México, C.P. 03100.
ARTÍCULO SEGUNDO. Por
lo que se refiere a las gestiones, correspondencia y procedimientos que se
tramitan actualmente ante esta Dirección General de Previsión Social de la
Secretaría del Trabajo y Previsión Social, en los que esté corriendo algún
plazo legal y, que en la notificación correspondiente se hubiera señalado el
domicilio en Avenida Paseo de la Reforma número 93, pisos 14 y 15, colonia
Tabacalera, Alcaldía Cuauhtémoc, Ciudad de México, C.P. 06030, se hace del
conocimiento de los interesados que deberán presentar sus promociones y
documentos respectivos en la Oficialía de Partes de la Dirección General de
Previsión Social de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social en el
domicilio que se indica en el artículo primero del presente Acuerdo.
ARTÍCULO TERCERO. Los
días del 30 de octubre al 1o. de noviembre, así como del 4 al 6 de noviembre de
2019, se
declaran inhábiles para la práctica de actuaciones y diligencias en los
procedimientos administrativos que se desarrollan ante la Dirección General de
Previsión Social de la Secretaría del Trabajo y Previsión, tales como recepción
de documentos e informes, trámites, actuaciones, diligencias, inicio,
substanciación y resolución de procedimientos administrativos, notificaciones,
requerimientos, solicitudes de informes y documentos y medios de impugnación,
que se iniciaron en el anterior domicilio ubicado en Avenida Paseo de la
Reforma número 93, pisos 14 y 15, colonia Tabacalera, Alcaldía Cuauhtémoc,
Ciudad de México, C.P. 06030.
Los días a que se refiere el párrafo anterior
deberán considerarse inhábiles para efectos del cómputo de los plazos y
términos de los procedimientos administrativos que se tramitan ante la
Dirección General de Previsión Social de la Secretaría del Trabajo y Previsión
Social.
ARTÍCULO
CUARTO. La declaratoria a que se refiere este Acuerdo se
realiza sin perjuicio de la facultad que concedan otras disposiciones de
carácter general para habilitar días y horas inhábiles para realizar
diligencias y actuaciones.
TRANSITORIO
ÚNICO. El
presente Acuerdo entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial
de la Federación.
Publíquese en el Diario Oficial de la
Federación.
Ciudad de México, a 1 de noviembre de dos mil
diecinueve.- La
Secretaria del Trabajo y Previsión Social, Luisa
María Alcalde Luján.- Rúbrica.