ACUERDO por el que se da aviso del cambio de domicilio de la Dirección General de Previsión Social de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social y se declaran inhábiles los días del 30 de octubre al 1 de noviembre, así como del 4 al 6 de noviembre de 2019, para efecto de los trámites que se realizan en la Dirección General de Previsión Social de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría del Trabajo y Previsión Social.

LUISA MARÍA ALCALDE LUJÁN, Secretaria del Trabajo y Previsión Social, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 40 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 1, 3 fracción XIV, 4, 28, 30 y 42 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; 1, 2, 4 y 5, XIX del Reglamento Interior de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, y

CONSIDERANDO

Que resulta necesario el cambio de domicilio de las oficinas de la Dirección General de Previsión Social de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, misma que actualmente se ubica en Avenida Paseo de la Reforma número 93, pisos 14 y 15, colonia Tabacalera, Alcaldía Cuauhtémoc, Ciudad de México, C.P. 06030, oficinas que a partir del día 30 de octubre de 2019, se ubicarán en el domicilio ubicado en Avenida Félix Cuevas número 301, pisos 6 y 8, colonia Del Valle, Alcaldía Benito Juárez, Ciudad de México, C.P. 03100, por lo que, resulta imposible mantener la continuidad en los trámites y servicios que realiza la Dirección General de Previsión Social de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, por el periodo de 6 días hábiles, ya que dentro de este periodo se llevarán a cabo la mudanza de los muebles y equipos necesarios así como la instalación de los mismos en el nuevo domicilio;

Que el artículo 28 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo establece que no se considerarán como días hábiles, entre otros, aquellos en los que se suspendan labores, los que se harán del conocimiento del público mediante acuerdo del titular de la Dependencia respectiva, que se publicará en el Diario Oficial  de la Federación;

Que el mismo artículo autoriza a suspender los términos en aquellos casos de fuerza mayor, debidamente fundados y motivados;

Que en términos del artículo 42 de la ley en comento, los escritos dirigidos a la Administración Pública Federal deben presentarse directamente en sus oficinas autorizadas para tal efecto, y

Que con el fin de dar certeza y seguridad jurídica a los asuntos que la población tramita ante la Dirección General de Previsión Social de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, es necesario hacer del conocimiento público los días que no se contabilizarán en los plazos y términos procesales de los asuntos llevados ante dicha Dirección General, tengo a bien expedir el siguiente:

ACUERDO POR EL QUE SE DA AVISO DEL CAMBIO DE DOMICILIO DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE PREVISIÓN SOCIAL DE LA SECRETARÍA DEL TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL Y SE DECLARAN INHÁBILES LOS DÍAS DEL 30 DE OCTUBRE AL 1o. DE NOVIEMBRE, ASÍ COMO DEL 4 AL 6 DE NOVIEMBRE DE 2019, PARA EFECTO DE LOS TRÁMITES QUE SE REALIZAN EN LA DIRECCIÓN GENERAL DE PREVISIÓN SOCIAL DE LA SECRETARÍA DEL TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL

ARTÍCULO PRIMERO. Se comunica a las autoridades de cualquier ámbito y materia, servidores públicos, así como al público en general, para todos los efectos legales a que haya lugar que, a partir del 30 de octubre del presente año, el nuevo domicilio oficial de la Dirección General de Previsión Social de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, es el ubicado en Avenida Félix Cuevas número 301, pisos 6 y 8, colonia Del Valle, Alcaldía Benito Juárez, Ciudad de México, C.P. 03100.

ARTÍCULO SEGUNDO. Por lo que se refiere a las gestiones, correspondencia y procedimientos que se tramitan actualmente ante esta Dirección General de Previsión Social de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, en los que esté corriendo algún plazo legal y, que en la notificación correspondiente se hubiera señalado el domicilio en Avenida Paseo de la Reforma número 93, pisos 14 y 15, colonia Tabacalera, Alcaldía Cuauhtémoc, Ciudad de México, C.P. 06030, se hace del conocimiento de los interesados que deberán presentar sus promociones y documentos respectivos en la Oficialía de Partes de la Dirección General de Previsión Social de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social en el domicilio que se indica en el artículo primero del presente Acuerdo.

ARTÍCULO TERCERO. Los días del 30 de octubre al 1o. de noviembre, así como del 4 al 6 de noviembre de 2019, se declaran inhábiles para la práctica de actuaciones y diligencias en los procedimientos administrativos que se desarrollan ante la Dirección General de Previsión Social de la Secretaría del Trabajo y Previsión, tales como recepción de documentos e informes, trámites, actuaciones, diligencias, inicio, substanciación y resolución de procedimientos administrativos, notificaciones, requerimientos, solicitudes de informes y documentos y medios de impugnación, que se iniciaron en el anterior domicilio ubicado en Avenida Paseo de la Reforma número 93, pisos 14 y 15, colonia Tabacalera, Alcaldía Cuauhtémoc, Ciudad de México, C.P. 06030.

Los días a que se refiere el párrafo anterior deberán considerarse inhábiles para efectos del cómputo de los plazos y términos de los procedimientos administrativos que se tramitan ante la Dirección General de Previsión Social de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social.

ARTÍCULO CUARTO. La declaratoria a que se refiere este Acuerdo se realiza sin perjuicio de la facultad que concedan otras disposiciones de carácter general para habilitar días y horas inhábiles para realizar diligencias y actuaciones.

TRANSITORIO

ÚNICO. El presente Acuerdo entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Publíquese en el Diario Oficial de la Federación.

Ciudad de México, a 1 de noviembre de dos mil diecinueve.- La Secretaria del Trabajo y Previsión Social, Luisa María Alcalde Luján.- Rúbrica.