PROYECTO de Autorización para la constitución de una cámara de industria específica con circunscripción nacional, que represente al sector de la industria del transporte de carga y pasajeros por ferrocarril.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- ECONOMÍA.- Secretaría de Economía.

La Secretaría de Economía, por conducto de la Unidad de Apoyo Jurídico, con fundamento en los artículos 34 fracción XXXIII de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 3, 6 y 12 de la Ley de Cámaras Empresariales y sus Confederaciones; 11, 12, 13, 18 y 19 del Reglamento de la Ley de Cámaras Empresariales y sus Confederaciones, y 14 fracción XXVI del Reglamento Interior de la Secretaría de Economía, emite el siguiente:

PROYECTO DE AUTORIZACIÓN PARA LA CONSTITUCIÓN DE UNA CÁMARA DE INDUSTRIA ESPECÍFICA CON CIRCUNSCRIPCIÓN NACIONAL, QUE REPRESENTE AL SECTOR DE LA “INDUSTRIA DEL TRANSPORTE DE CARGA Y PASAJEROS POR FERROCARRIL”

1.      La Asociación Mexicana de Ferrocarriles, A.C., como grupo promotor a través de la Confederación de Cámaras Industriales de los Estados Unidos Mexicanos, solicitó de la Secretaría de Economía autorización para constituir una cámara de industria específica con circunscripción nacional, respecto al sector de la industria del Transporte de carga y pasajeros por Ferrocarril.

2.      Con fundamento en el artículo 12 fracción III, de la Ley de Cámaras Empresariales y sus Confederaciones, se publica el siguiente:

PROYECTO

PRIMERO. Con fundamento en los artículos 3, 6, 12 y 14 de la Ley de Cámaras Empresariales y sus Confederaciones, 11, 12, 13, 18 y 19 del Reglamento de la Ley de Cámaras Empresariales y sus Confederaciones, y 14 fracción XXVI, del Reglamento Interior de la Secretaría de Economía, se autoriza la constitución de una cámara de industria específica que represente al sector de la industria del Transporte de carga y pasajeros por Ferrocarril.

SEGUNDO. La cámara de industria específica que se autoriza tendrá circunscripción nacional.”

3.      Quienes tengan interés jurídico en este proyecto, podrán presentar comentarios ante esta Secretaría, dentro de los sesenta días naturales siguientes a la publicación del presente.

4.      Se pone a disposición de los interesados el expediente que contiene los antecedentes. El mismo podrá ser consultado en el domicilio que se indica en el numeral siguiente.

5.      Los comentarios deberán ser presentados por escrito en la Unidad de Apoyo Jurídico de la Secretaría de Economía, ubicada en Calle Pachuca No. 189, Piso 9, colonia Condesa, Código Postal 06140, en la Ciudad de México; o bien, en las Oficinas de Representación en las entidades federativas de esta dependencia.

6.      Los comentarios deberán contener el nombre, domicilio, número telefónico y, en su caso, dirección de correo electrónico de la o las personas que los presenten.

7.      La representación de las personas morales que presenten comentarios deberá acreditarse mediante instrumento otorgado por fedatario público. La representación de las personas físicas se acreditará a través de una carta poder, expedida ante dos testigos, con ratificación de firmas ante fedatario público.

Ciudad de México, a 24 de octubre de 2019.- El Titular de la Unidad de Apoyo Jurídico, Jorge Luis Silva Méndez.- Rúbrica.