OFICIO 500-05-2019-27919 mediante el cual se comunica listado de contribuyentes que promovieron algún medio de defensa en contra del oficio de presunción a que se refiere el artículo 69-B primer párrafo del Código Fiscal de la Federación vigente hasta el 24 de julio de 2018, o en contra de la resolución a que se refiere el tercer párrafo del artículo en comento y una vez resuelto el mismo el órgano jurisdiccional o administrativo dejó insubsistente el referido acto.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- HACIENDA.- Secretaría de Hacienda y Crédito Público.- Servicio de Administración Tributaria.- Administración General de Auditoría Fiscal Federal.- Administración Central de Fiscalización Estratégica.
Oficio Número: 500-05-2019-27919
Asunto: Se comunica listado de contribuyentes que promovieron algún medio de defensa en contra del oficio de presunción a que se refiere el artículo 69-B primer párrafo del CFF vigente hasta el 24 de julio de 2018, o en contra de la resolución a que se refiere el tercer párrafo del artículo en comento y una vez resuelto el mismo el órgano jurisdiccional o administrativo dejó insubsistente el referido acto.
Esta Administración Central de Fiscalización Estratégica, adscrita a la Administración General de Auditoría Fiscal Federal, del Servicio de Administración Tributaria, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 16, primer párrafo de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 1, 7, fracciones VII, XII y XVIII y 8, fracción III de la Ley del Servicio de Administración Tributaria, publicada en el Diario oficial de la Federación del 15 de diciembre de 1995, reformada por Decreto publicado en el propio Diario Oficial de la Federación el 12 de junio de 2003; 1, 2, párrafos primero, apartado B, fracción III, inciso e) y segundo, 5, párrafo primero, 13, fracción VI, 23, apartado E, fracción I, en relación con el artículo 22 párrafos primero, fracción VIII, y último, numeral 5 del Reglamento Interior del Servicio de Administración Tributaria publicado en el Diario Oficial de la Federación el 24 de agosto de 2015, vigente a partir del 22 de noviembre de 2015, de conformidad con lo dispuesto en el párrafo primero del Artículo Primero Transitorio de dicho Reglamento; Artículo Tercero, fracción I, inciso a), del Acuerdo mediante el cual se delegan diversas atribuciones a los Servidores Públicos del Servicio de Administración Tributaria, publicado en el Diario Oficial de la Federación el día 23 de junio de 2016, vigente a partir del 23 de julio de 2016, de conformidad con lo dispuesto en el artículo Transitorio Primero de dicho Acuerdo; en los artículos 33, último párrafo, 63 del Código Fiscal de la Federación vigente y 69-B, párrafos primero y segundo del Código Fiscal de la Federación vigente hasta el 24 de julio de 2018, en relación con el artículo Segundo transitorio del “DECRETO por el que se reforma el artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación”, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 25 de junio de 2018 y Artículo Transitorio Séptimo, inciso d) de la Primera Resolución de modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2019, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 20 de agosto de 2019, de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2019, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 29 de abril de 2019, le comunica lo siguiente:
Que a los contribuyentes que se enlistan a continuación, en
su momento, les fue notificado un Oficio de Presunción de inexistencia de operaciones
amparadas con determinados comprobantes fiscales que emitieron, ello de
conformidad con los párrafos primero y segundo del artículo 69-B del Código
Fiscal de la Federación vigente hasta el 24 de julio de 2018, en relación con
el artículo 69 de su Reglamento.
Seguido el procedimiento previsto en el referido artículo
69-B del Código Fiscal de la Federación vigente hasta el 24 de julio de 2018, y
en términos del tercer párrafo del referido artículo, a los contribuyentes de
referencia se les notificó la resolución definitiva como se indica a
continuación:
Notificación al
contribuyente del oficio de la RESOLUCIÓN DEFINITIVA.
|
R.F.C. |
Nombre del Contribuyente |
Medio de notificación al contribuyente |
||||||
Número y fecha de oficio de resolución. |
Estrados de la autoridad |
Notificación Personal |
Notificación por buzón tributario |
||||||
Fecha de fijación en los estrados de la
Autoridad Fiscal |
Fecha en que surtió efectos la
notificación |
Fecha de notificación |
Fecha en que surtió efectos la
notificación |
Fecha de notificación |
Fecha en que surtió efectos la
notificación |
||||
1 |
BEM080801F58 |
BIDECO, GRUPO
EMPRESARIAL, S.A. DE C.V. |
500-05-2016-32239
de fecha 11 de octubre de 2016 |
13 de diciembre
de 2016 |
19 de enero de
2017 |
|
|
|
|
2 |
CMR110204M82 |
CONCENTRADORA
DE MATERIALES RECICLADOS, S.A. DE C.V. |
500-22-00-05-04-2017-15185
de fecha 15 de septiembre de 2017 |
|
|
|
|
18 de
septiembre de 2017 |
19 de
septiembre de 2017 |
3 |
CMU1003034W4 |
COMERCIALIZADORA
MUNDITECNO, S.A. DE C.V. |
500-39-00-06-02-2018-6567
de fecha 18 de junio de 2018 |
|
|
|
|
25 de junio de
2018 |
26 de junio de
2018 |
4 |
DCO1109091X2 |
DEKSO COMMERCE,
S.A. DE C.V. |
500-05-2017-2499
de fecha 21 de febrero de 2017 |
|
|
|
|
28 de febrero
de 2017 |
01 de marzo de
2017 |
5 |
FCO110208GU7 |
F.B.M.
COMERCIALIZADORA, S.A. DE C.V. |
500-24-00-07-01-2017-13456
de fecha 18 de octubre de 2017 |
|
|
27 de octubre
de 2017 |
30 de octubre
de 2017 |
|
|
6 |
GAI161128CG1 |
GAO ALUMINIO
INMOBILIARIA, S.A. DE C.V. |
500-35-00-06-01-2018-29205
de fecha 14 de noviembre de 2018 |
21 de noviembre
de 2018 |
14 de diciembre
de 2018 |
|
|
|
|
7 |
MEC000127DM9 |
MICROTECNOLOGÍA
Y ESPECIALISTAS EN COMPUTACIÓN, S.A. DE C.V. |
500-05-2017-16357
de fecha 14 de julio de 2017 |
02 de agosto de
2017 |
25 de agosto de
2017 |
|
|
|
|
8 |
MGS140520TH3 |
MAR DEL GOLFO
SUMINISTRO DE CONSTRUCCIÓN, S.A. DE C.V. |
500-19-00-04-01-2017-01589
de fecha 08 de febrero de 2017 |
|
|
10 de febrero
de 2017 |
13 de febrero
de 2017 |
|
|
9 |
MSI100625KJ2 |
MAOS SERVICIOS
INTEGRALES, S.C. |
500-09-00-04-01-2018-3378
de fecha 16 de agosto de 2018 |
25 de
septiembre de 2018 |
18 de octubre
de 2018 |
|
|
|
|
10 |
SAM14022451A |
SELECCIÓN
ALTERNATIVA PARA EL MEJORAMIENTO INTEGRAL DEL PERSONAL, S.A. DE C.V. |
500-04-00-00-00-2018-9171
de fecha 15 de marzo de 2018 |
|
|
|
|
10 de abril de
2018 |
11 de abril de
2018 |
11 |
SMJ141113255 |
SERVICIOS
MERCANTILES JANEIRO PVR, S.A. DE C.V. |
500-34-00-01-01-2017-7561
de fecha 06 de noviembre de 2017 |
|
|
|
|
14 de noviembre
de 2017 |
15 de noviembre
de 2017 |
12 |
SMI1210022I9 |
SNA MINE, S.A.
DE C.V. |
500-28-00-05-00-2016-07086
de fecha 14 de noviembre de 2016 |
|
|
|
|
29 de noviembre
de 2016 |
30 de noviembre
de 2016 |
Por lo anterior, el nombre o razón
social de los contribuyentes a los
que se les notificó las citadas resoluciones fueron agregados al listado a que
se refiere el tercer párrafo del artículo 69-B del Código Fiscal de la
Federación vigente hasta el 24 de julio de 2018, el cual fue publicado en el
Diario oficial de la Federación, como a continuación se indica:
|
R.F.C. |
Nombre del Contribuyente |
Número y fecha de oficio que contiene en
Listado Global Definitivo |
Fecha de publicación en el Diario
Oficial de la Federación |
1 |
BEM080801F58 |
BIDECO, GRUPO
EMPRESARIAL, S.A. DE C.V. |
500-05-2017-2605 de fecha
27 de marzo de 2017 |
10 de abril de 2017 |
2 |
CMR110204M82 |
CONCENTRADORA
DE MATERIALES RECICLADOS, S.A. DE C.V. |
500-05-2017-38777 de fecha
15 de diciembre de 2017 |
03 de enero de 2018 |
3 |
CMU1003034W4 |
COMERCIALIZADORA
MUNDITECNO, S.A. DE C.V. |
500-05-2018-32751 de fecha
22 de noviembre de 2018 |
31 de diciembre de 2018 |
4 |
DCO1109091X2 |
DEKSO COMMERCE,
S.A. DE C.V. |
500-05-2017-16088 de fecha
16 de mayo de 2017 |
29 de mayo de 2017 |
5 |
FCO110208GU7 |
F.B.M.
COMERCIALIZADORA, S.A. DE C.V. |
Este contribuyente no fue
publicado en Listados Definitivos. |
|
6 |
GAI161128CG1 |
GAO ALUMINIO
INMOBILIARIA, S.A. DE C.V. |
500-05-2019-7375 de fecha
15 de abril de 2019 |
14 de mayo de 2019 |
7 |
MEC000127DM9 |
MICROTECNOLOGÍA
Y ESPECIALISTAS EN COMPUTACIÓN, S.A. DE C.V. |
500-05-2017-38559 de fecha
16 de octubre de 2017 |
03 de noviembre de 2017 |
8 |
MGS140520TH3 |
MAR DEL GOLFO
SUMINISTRO DE CONSTRUCCIÓN, S.A. DE C.V. |
500-05-2017-16195 de fecha
16 junio 2017 |
30 de junio de 2017 |
9 |
MSI100625KJ2 |
MAOS SERVICIOS
INTEGRALES, S.C. |
500-05-2018-32782 de fecha
12 de diciembre de 2018 |
14 de enero de 2019 |
10 |
SAM14022451A |
SELECCIÓN
ALTERNATIVA PARA EL MEJORAMIENTO INTEGRAL DEL PERSONAL, S.A. DE C.V. |
500-05-2018-22861 de fecha
27 de agosto de 2018 |
08 de octubre de 2018 |
11 |
SMJ141113255 |
SERVICIOS
MERCANTILES JANEIRO PVR, S.A. DE C.V. |
500-05-2018-8116 de fecha
27 de febrero de 2018 |
13 de marzo de 2018 |
12 |
SMI1210022I9 |
SNA MINE, S.A.
DE C.V. |
500-05-2017-32051 de fecha
25 de agosto de 2017 |
12 de septiembre de 2017 |
Inconforme con el oficio individual de presunción u oficio de resolución definitiva, interpusieron medios de defensa de los cuales se concluye con la siguiente resolución o sentencia:
|
R.F.C. |
Nombre
del Contribuyente |
Medio
de defensa |
Fecha
de la Resolución o sentencia firme |
Autoridad
que resolvió |
Sentido
y/ o efecto de la resolución o sentencia firme |
1 |
BEM080801F58 |
BIDECO, GRUPO EMPRESARIAL, S.A. DE C.V. |
Juicio de Nulidad 404/17-20-01-7 |
24 de abril de 2018 |
Sala Regional del Caribe del Tribunal Federal de Justicia
Administrativa |
Se declara la nulidad de la resolución
consistente en el oficio número 500-05-2016-32239 de fecha 11 de octubre de
2016, emitido por la Administración Central de Fiscalización Estratégica. |
2 |
CMR110204M82 |
CONCENTRADORA DE MATERIALES RECICLADOS, S.A. DE C.V. |
Juicio de Nulidad 3626/18-04-01-2-OT |
29 de marzo de 2019 |
Sala Regional del Norte Centro I del Tribunal Federal de
Justicia Administrativa |
Se declara la nulidad de la resolución
consistente en el oficio número 500-22-00-05-04-2017-15185 de fecha 15 de
septiembre de 2017, emitido por la Administración Desconcentrada de Auditoria
Fiscal de Chihuahua “ |
3 |
CMU1003034W4 |
COMERCIALIZADORA MUNDITECNO, S.A. DE C.V. |
Juicio de Nulidad 70/19-14-01-9 |
08 de julio de 2019 |
Sala Regional del Pacifico del Tribunal Federal de Justicia
Administrativa |
Se declara la nulidad de la resolución
consistente en el oficio número 500-05-2018-32751 de fecha 23 de noviembre de
2018, emitido por la Administración Central de Fiscalización Estratégica. |
4 |
DCO1109091X2 |
DEKSO COMMERCE, S.A. DE C.V. |
Juicio de Nulidad 21117/17-17-05-1 |
05 de agosto de 2019 |
Quinta Sala Regional Metropolitana del Tribunal Federal de
Justicia Administrativa |
Se declara la nulidad de la resolución
consistente en el oficio número 600-73-00-02-00-2017-07732 de fecha 14 de
julio de 2017, emitido por la Administración Desconcentrada Jurídica del
Distrito Federal “ |
5 |
FCO110208GU7 |
F.B.M. COMERCIALIZADORA, S.A. DE C.V. |
Juicio de Nulidad 2537/18-10-01-2-OT |
05 de marzo de 2019 |
Sala Regional del Centro III del Tribunal Federal de Justicia
Administrativa |
Se declara la nulidad de la resolución
consistente en el oficio número 600-24-00-02-00-2018-0668 de fecha 16 de
marzo de 2018, emitido por la Administración Desconcentrada Jurídica de
Guanajuato “ |
6 |
GAI161128CG1 |
GAO ALUMINIO INMOBILIARIA, S.A. DE C.V. |
Recurso de Revocación RRL2019001303 |
11 de junio de 2019 |
Administración Desconcentrada Jurídica de México “ |
Se deja insubsistente la resolución
contenida en el oficio 500-35-00-06-01-2018-29205 de fecha 14 de noviembre de
2018, emitida por la Administración
Desconcentrada de Auditoría Fiscal de México “ |
7 |
MEC000127DM9 |
MICROTECNOLOGÍA Y ESPECIALISTAS EN COMPUTACIÓN, S.A. DE C.V. |
Juicio de Nulidad 2139/18-07-02-4 |
02 de mayo de 2019 |
Segunda Sala Regional de Occidente del Tribunal Federal de
Justicia Administrativa |
Se declara la nulidad de la resolución
consistente en el oficio número 600-25-00-02-002018-0059 de fecha 12 de enero
de 2019, emitido por la Administración Desconcentrada Jurídica de Guanajuato
“ |
8 |
MGS140520TH3 |
MAR DEL GOLFO SUMINISTRO DE CONSTRUCCIÓN, S.A. DE C.V. |
Juicio de Nulidad 17/1331-24-01-01-07-OL |
21 de junio de 2018 |
Sala Especializada en Juicio en Línea del Tribunal Federal de
Justicia Administrativa |
Se declara la nulidad de la resolución
consistente en el oficio número 600-19-00-00-00-2017-1833 de fecha 22 de
junio de 2017, emitido por la Administración Desconcentrada Jurídica de
Chiapas “ |
9 |
MSI100625KJ2 |
MAOS SERVICIOS INTEGRALES, S.C. |
Juicio de Nulidad 3422/18-01-02-1 |
03 de mayo de 2019 |
Segunda Sala Regional del Noroeste I del Tribunal Federal de
Justicia Administrativa |
Se declara la nulidad de la resolución
consistente en el oficio número 500-09-00-04-01-2018-3378 de fecha 16 de
agosto de 2018, emitido por la Administración Desconcentrada de Auditoria
Fiscal de Baja California “ |
10 |
SAM14022451A |
SELECCIÓN ALTERNATIVA PARA EL MEJORAMIENTO INTEGRAL DEL
PERSONAL, S.A. DE C.V. |
Juicio de Nulidad 1717/18-11-01-7 |
16 de abril de 2019 |
Primera Sala Regional Norte-Este del Estado de México del
Tribunal Federal de Justicia Administrativa |
Se declara la nulidad de la resolución
consistente en el oficio número 500-04-00-00-00-2018-9171 de fecha 15 de
marzo de 2018, emitido por la Administración Central de Verificación y
Evaluación de Entidades Federativas en Materia de Coordinación Fiscal. |
11 |
SMJ141113255 |
SERVICIOS MERCANTILES JANEIRO PVR, S.A. DE C.V. |
Juicio de Nulidad 4175/18-07-03-6-OT |
11 de enero de 2019 |
Tercera Sala Regional de Occidente del Tribunal Federal de
Justicia Administrativa |
Se declara la nulidad de la resolución
consistente en el oficio número 500-34-01-01-2017-7561 de fecha 06 de
noviembre de 2017, emitido por la Administración Desconcentrada de Auditoria
Fiscal de Jalisco “ |
12 |
SMI1210022I9 |
SNA MINE, S.A. DE C.V. |
Juicio de Nulidad 255/17-14-01-9/4261/17-PL-02-04 |
22 de mayo de 2019 |
Pleno del Tribunal Federal de Justicia Administrativa |
Se declara la nulidad de la resolución
consistente en el oficio número 500-28-00-05-00-2016-07086 de fecha 14 de noviembre
de 2016, emitido por la Administración
Desconcentrada de Auditoria Fiscal de Guerrero “ |
En virtud de lo antes expuesto, se informa que como
consecuencia de los medios de defensa señalados en el párrafo que precede, el
procedimiento del artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación vigente
hasta el 24 de julio de 2018 seguido a esos contribuyentes también, ha quedado sin efectos.
Finalmente se informa que el hecho de que los
contribuyentes antes señalados hayan
obtenido una resolución favorable en contra del oficios de presunción y/o de
resolución definitiva, no les exime
de la responsabilidad que tengan respecto de otros comprobantes fiscales que
hayan emitido sin contar con los activos, personal, infraestructura o capacidad
material, directa o indirectamente, para prestar los servicios o producir,
comercializar o entregar los bienes que ampararon tales comprobantes, por lo
cual, se dejan a salvo las facultades de la autoridad fiscal.
Atentamente.
Ciudad de México a, 24 de
septiembre de 2019.- En suplencia
por ausencia del Administrador Central de Fiscalización Estratégica, del
Coordinador de Fiscalización Estratégica y del Administrador de Fiscalización
Estratégica “