DECLARATORIA de vigencia de la Norma Mexicana NMX-J-715-ANCE-2018.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- SE.- Secretaría de Economía.- Dirección General de Normas.
DECLARATORIA DE VIGENCIA DE LA NORMA MEXICANA
NMX-J-715-ANCE-2018, “INTERRUPTORES FOTOELÉCTRICOS NO INDUSTRIALES PARA CONTROL
DE ILUMINACIÓN”
La Secretaría de Economía, por conducto de la Dirección General de Normas, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 34 fracciones II, XIII y XXXIII de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 3 fracción X, 51-A, 54 y 66 fracción V de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización; 45 y 46 del Reglamento de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización; y 22 fracciones I, XII y XXV del Reglamento Interior de la Secretaría de Economía y habiéndose satisfecho el procedimiento previsto por la Ley de la materia para estos efectos, expide la Declaratoria de Vigencia de la Norma Mexicana que se enuncia a continuación, misma que ha sido elaborada, aprobada y publicada como Proyecto de Norma Mexicana bajo la responsabilidad del Organismo Nacional de Normalización denominado “Asociación de Normalización y Certificación, A.C. (ANCE)”, lo que se hace del conocimiento de los productores, distribuidores, consumidores y del público en general. El texto completo de la norma que se indica puede ser adquirido o consultado en la sede de dicho organismo ubicado en Av. Lázaro Cárdenas No. 869, Fracc. 3, esq. con Júpiter, Col. Nueva Industrial Vallejo, Demarcación Territorial Gustavo A. Madero, C.P. 07700, Ciudad de México, teléfono: 5747 4550, correo electrónico: vnormas@ance.org.mx, o consultado en la Dirección General de Normas de esta Secretaría, ubicada en Calle Pachuca número 189, Piso 7, Colonia Condesa, Demarcación Territorial Cuauhtémoc, Código Postal 06140, Ciudad de México.
La Norma Mexicana NMX-J-715-ANCE-2018 entrará en vigor 60 días naturales contados a partir del día natural inmediato siguiente de la publicación de esta Declaratoria de Vigencia en el Diario Oficial de la Federación. SINEC-20180918111249587
CLAVE O CÓDIGO |
TÍTULO DE LA NORMA MEXICANA |
NMX-J-715-ANCE-2018 |
Interruptores fotoeléctricos no industriales para
control de iluminación. |
Objetivo y campo de aplicación Esta
norma contiene requisitos para controles de iluminación normales de los tipos
sensibles a la luz o sensibles a la presencia, o ambos; que se destinan para
el control de cargas interiores o exteriores hasta un máximo de 20 A y máximo
347 V; que se destinan para instalaciones en sistemas de 60 Hz o de corriente
continua hasta 60 V y para instalarse de acuerdo con la NOM-001-SEDE-2012. |
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Concordancia con
normas internacionales Esta
NMX-J-715-ANCE-2018, Interruptores fotoeléctricos no industriales para
control de iluminación, NO ES
EQUIVALENTE con alguna Norma Internacional, por no existir esta última al
momento de elaborar la Norma Mexicana. |
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Bibliografía ·
NOM-001-SEDE-2012, Instalaciones eléctricas (utilización), publicada
en el Diario Oficial de la Federación el 29 de noviembre de 2012. ·
NMX-J-520-ANCE-2017, Interruptores de circuito por falla a tierra-Especificaciones
y métodos de prueba, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 2 de
mayo de 2017. ·
NMX-J-631-ANCE-2011, Canalizaciones eléctricas-Ductos metálicos,
canales auxiliares y accesorios asociados-Especificaciones y métodos de
prueba, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 8 de marzo de 2011. ·
NMX-H-014-1984, Recubrimiento-Cinc-Peso del recubrimiento en artículos
de acero galvanizado-Método de prueba, publicada en el Diario Oficial de la
Federación el 2 de agosto de 1984. ·
CSA-C22.2 No. 284–16, Nonindustrial
photoelectric switches for lighting control. ·
UL 746C Ed.7, Polymeric materials-Use in
electrical equipment evaluations. ·
UL 746C Ed.6, Polymeric materials-Use in
electrical equipment evaluations. ·
UL 773A, Nonindustrial photoelectric switches
for lighting control. |
Atentamente,
Ciudad de México, a 25 de junio de
2019.- El Director General de Normas y Secretario Técnico de la Comisión Nacional
de Normalización, Alfonso Guati Rojo Sánchez.- Rúbrica.