PRIMERA Actualización de la Edición 2018 del Cuadro Básico y Catálogo de Medicamentos.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Consejo de Salubridad General.

La Comisión Interinstitucional del Cuadro Básico de Insumos del Sector Salud, con fundamento en los artículos 4o. de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; 17 fracción V y 28 de la Ley General de Salud; 9o. fracción III, 15 fracción II y 17 del Reglamento Interior del Consejo de Salubridad General; Primero, Tercero fracción I, cuarto, quinto y sexto fracciones I y XIV del Acuerdo por el que se establece que las instituciones públicas del Sistema Nacional de Salud sólo deberán utilizar los insumos establecidos en el cuadro básico para el primer nivel de atención médica y, para segundo y tercer nivel, el catálogo de insumos, y 1, 2, 4, 5, 7 fracciones I y II, 14 fracción I, 26, 50, 51, 57, 58 y 59 del Reglamento Interior de la Comisión Interinstitucional del Cuadro Básico y Catálogo de Insumos del Sector Salud, y

CONSIDERANDO

Que mediante el Acuerdo publicado en el Diario Oficial de la Federación, el 24 de diciembre de 2002, se estableció que las instituciones públicas del Sistema Nacional de Salud sólo deberán utilizar los insumos establecidos en el cuadro básico para el primer nivel de atención médica y para segundo y tercer nivel, el catálogo de insumos, se creó el Cuadro Básico y Catálogo de Medicamentos.

Que la Edición 2017 del Cuadro Básico y Catálogo de Medicamentos se publicó de manera íntegra en el Diario Oficial de la Federación el 16 de febrero de 2018 y a partir de esa fecha se efectuaron diez actualizaciones, las que se incorporan a la Edición 2018, con la finalidad de tener al día la lista de medicamentos para que las instituciones de salud pública atiendan los problemas de salud de la población mexicana.

Que para facilitar la identificación de las actualizaciones que se publicarán posterior a la Edición 2018, la Comisión Interinstitucional del Cuadro Básico de Insumos del Sector Salud aprobó reiniciar la nomenclatura de las actualizaciones con el primer número ordinal, haciendo referencia a la Edición 2018.

Que la aplicación del Cuadro Básico y Catálogo de Insumos en la Administración Pública Federal, ha permitido contar con un sistema único de clasificación y codificación de insumos para la salud, lo cual ha contribuido a homogeneizar las políticas de adquisición de las instituciones públicas federales del Sistema Nacional de Salud.

Que conforme al artículo 51 del Reglamento Interior de la Comisión Interinstitucional del Cuadro Básico y Catálogo de Insumos del Sector salud, las actualizaciones del Cuadro Básico y Catálogo, que se aprueben en las actas respectivas, surtirán sus efectos al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Que en atención a las anteriores consideraciones, la Comisión Interinstitucional del Cuadro Básico y Catálogo de Insumos del Sector Salud, expide la siguiente:

PRIMERA ACTUALIZACIÓN DE LA EDICIÓN 2018 DEL CUADRO BÁSICO Y CATÁLOGO DE MEDICAMENTOS

Catálogo

Grupo 1. Analgesia

FENTANILO

Clave

Descripción

Indicaciones

Vía de administración y dosis

040.000.6188.00

TABLETA BUCAL EFERVESCENTE

Cada tableta contiene

Citrato de Fentanilo 0.157 mg

equivalente a                        0.100 mg

Fentanilo

Envase con 28 tabletas

Tratamiento del dolor irruptivo (Dl) en pacientes adultos con cáncer que ya reciben tratamiento de mantenimiento con opioides para el dolor crónico asociado a cáncer.

Bucal

La vía de administración sublingual se puede considerar como optativa.

Los pacientes deben ser titulados a la dosis de Fentanilo tableta bucal que provea una adecuada analgesia, con tolerabilidad de los eventos adversos:

La dosis inicial es siempre de 100mcg.

040.000.6189.00

TABLETA BUCAL EFERVESCENTE

Bucal

Cada tableta contiene

Citrato de Fentanilo                      0.314 mg

equivalente a 0.200 mg

Fentanilo

Envase con 28 tabletas

 

La dosis máxima por episodio de dolor irruptivo son 800mcg.

Cuando el episodio de dolor irruptivo no se alivie a los 30 minutos, los pacientes pueden tomar solamente una tableta con la misma dosis para ese episodio. Es decir deberán tomar un máximo de dos dosis de fentanilo para cada episodio de dolor irruptivo.

Titular la dosis usando múltiplos de tabletas de 200mcg para dosis superiores a 400mcg (600mcg y 800 mcg)

040.000.6190.00

TABLETA BUCAL EFERVESCENTE

Bucal

Cada tableta contiene

Citrato de Fentanilo                      0.628 mg

equivalente a 0.400 mg

Fentanilo

Envase con 28 tabletas

040.000.6191.00

TABLETA BUCAL EFERVESCENTE

Bucal

Cada tableta contiene

Citrato de Fentanilo                      0.943 mg

equivalente a 0.600 mg

Fentanilo

Envase con 28 tabletas

040.000.6192.00

TABLETA BUCAL EFERVESCENTE

Bucal

Cada tableta contiene

Citrato de Fentanilo                      1.257 mg

equivalente a 0.800 mg

Fentanilo

Envase con 28 tabletas

 

Los pacientes deben esperar como mínimo 4 horas antes de tratar otro episodio de dolor irruptivo con fentanilo tableta bucal.

 

MODIFICACIONES

(Se identifican por estar en letras cursivas y subrayadas)

Catálogo

Grupo 6. Enfermedades Infecciosas o parasitarias

ABACAVIR

Clave

Descripción

Indicaciones

Vía de administración y Dosis

 

010.000.4272.00

SOLUCIÓN o JARABE

Cada 100 ml contienen:

Sulfato de abacavir

equivalente a                              2 g

de abacavir.

Envase con un frasco de 240 ml y pipeta dosificadora o jeringa dosificadora.

Infección por Virus de Inmunodeficiencia Humana (VIH).

Oral.

Adultos:

300 mg (15 ml) cada 12 horas.

Niños y adolescentes:

8 mg/kg de peso corporal cada 12 horas, hasta un máximo de 600 mg (30 ml).

 

EFAVIRENZ, EMTRICITABINA, TENOFOVIR DISOPROXILO

Clave

Descripción

Indicaciones

Vía de administración y Dosis

010.000.5640.00

TABLETA

Cada tableta contiene:

Efavirenz         600 mg.

Emtricitabina  200 mg.

Fumarato de disoproxilo

de tenofovir     300 mg

equivalente a   245 mg

Tenofovir disoproxil.

Envase con 30 tabletas.

Antirretroviral para el tratamiento de VIH-1.

Oral.

Adultos y mayores de 18 años:

Una tableta cada 24 horas.

010.000.5640.01

TABLETA

Cada tableta contiene:

Efavirenz        600 mg.

Emtricitabina 200 mg.

Tenofovir disoproxil succinato                      300.6 mg

equivalente a 245 mg. de Tenofovir disoproxil.

Envase con 30 tabletas.

 

México, Ciudad de México, a 22 de abril de 2019.- La Comisión Interinstitucional del Cuadro Básico y Catálogo de Insumos del Sector Salud, acordó publicar en el Diario Oficial de la Federación la Primera Actualización de la Edición 2018 del Cuadro Básico y Catálogo de Medicamentos.- El Presidente de la Comisión Interinstitucional del Cuadro Básico y Catálogo de Insumos del Sector Salud, José Ignacio Santos Preciado.- Rúbrica.