DÉCIMA Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2018 y sus anexos 1-A, 14, 23, 25 y 25-Bis.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- SHCP.- Secretaría de Hacienda y Crédito Público.- Servicio de Administración Tributaria.

DÉCIMA RESOLUCIÓN DE MODIFICACIONES A LA RESOLUCIÓN MISCELÁNEA FISCAL PARA 2018 Y SUS ANEXOS 1-A, 14, 23, 25 y 25-Bis

Con fundamento en los artículos 16 y 31 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, 33, fracción I, inciso g) del Código Fiscal de la Federación, 14, fracción III de la Ley del Servicio de Administración Tributaria y 8, primer párrafo del Reglamento Interior del Servicio de Administración Tributaria se resuelve:

PRIMERO. Se reforman las reglas 2.3.2.; 2.7.5.7.; 5.2.6.; se adicionan las reglas 2.1.6., con una fracción IV, pasando la actual fracción IV a ser V; 2.8.5.7.; 5.2.47. y 5.2.48. de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2018, para quedar de la siguiente manera:

                            “Días inhábiles

2.1.6.................. .................................................................................................................................................................

IV.     Respecto de los asuntos que se encuentran en proceso y a cargo de las Administraciones Desconcentradas de Servicios al Contribuyente, de Auditoría Fiscal, Jurídica y de Recaudación de Veracruz “5”, considerando que el bloqueo a los accesos del inmueble ubicado en calle José Luis Garizurieta, número 40, colonia Centro, código postal 92800, Tuxpan, Veracruz, ha terminado, de conformidad con el artículo 365 del Código Federal de Procedimientos Civiles, aplicado supletoriamente de conformidad con el artículo 5 del CFF, se levanta la suspensión de los plazos a que se refiere la fracción III de la presente regla.

V...... .......................................................................................................................................................

                            CFF 5, 12, 13, 17-H, 22, 41, 41-A, 42, 46-A, 48, 49, 50, 52, 52-A, 53, 53-A, 63, 67, 69-B, 69-B Bis, 69-D, 121, LISR 91, Código Federal de Procedimientos Civiles 365, Ley de Coordinación Fiscal 13, 14

                            Saldos a favor del ISR de personas físicas

2.3.2.                  Para los efectos de los artículos 22 y 22-B, del CFF, las personas físicas que presenten su declaración anual del ejercicio fiscal inmediato anterior al que se refiere la presente Resolución, mediante el formato electrónico correspondiente y determinen saldo a favor del ISR, podrán optar por solicitar a las autoridades fiscales su devolución marcando el recuadro respectivo, para considerarse dentro del Sistema Automático de Devoluciones que constituye una facilidad administrativa para los contribuyentes, siempre que se opte por ejercerla hasta el día 31 de julio del ejercicio a que se refiere la presente Resolución.

                            Las personas físicas que opten por aplicar la facilidad prevista en la presente regla, además de reunir los requisitos que señalan las disposiciones fiscales, deberán:

I.        Presentar la declaración del ejercicio fiscal inmediato anterior al que se refiere la presente Resolución, utilizando la e.firma o la e.firma portable cuando soliciten la devolución del saldo a favor, por un importe de $10,001.00 (diez mil un pesos 00/100 M.N.) a $150,000.00 (ciento cincuenta mil pesos 00/100 M.N.).

          Asimismo, los contribuyentes podrán utilizar la Contraseña para presentar la declaración del ejercicio inmediato anterior al que se refiere la presente Resolución en los siguientes supuestos:

a)      Cuando el importe del saldo a favor sea igual o menor a $10,000.00 (diez mil pesos 00/100 M.N.).

b)      Cuando el importe del saldo a favor sea mayor a $10,000.00 (diez mil pesos 00/100 M.N.), y no exceda de $150,000.00 (ciento cincuenta mil pesos 00/100 M.N.), siempre y cuando el contribuyente seleccione una cuenta bancaria activa para transferencias electrónicas a 18 dígitos CLABE, a que se refiere la regla 2.3.6., la cual deberá estar a nombre del contribuyente como titular y precargada en el aplicativo para presentar la declaración anual; de no seleccionar alguna o capturar una distinta de las precargadas, deberá presentar la citada declaración utilizando la e.firma o la e.firma portable.

         La cuenta CLABE que el contribuyente seleccione o capture, se considerará que es la que reconoce de su titularidad y autoriza para efectuar el depósito de la devolución respectiva.

II.       Señalar en la declaración correspondiente el número de su cuenta bancaria para transferencias electrónicas a 18 dígitos CLABE, a que se refiere la regla 2.3.6., la cual deberá estar a nombre del contribuyente como titular y activa, así como la denominación de la institución integrante del sistema financiero a la que corresponda dicha cuenta, para que, en caso de que proceda, el importe autorizado en devolución sea depositado en la misma.

          El resultado que se obtenga de la declaración que hubiere ingresado a la facilidad administrativa, estará a su disposición ingresando al buzón tributario y en caso de contribuyentes no obligados a contar con dicho buzón, o que promovieron algún medio de defensa en el que se les haya otorgado la suspensión respecto del uso de éste como medio de comunicación podrán verificar el resultado en el apartado de “Trámites” disponible en el Portal del SAT.

          Cuando el resultado que se obtenga no conlleve a la devolución total o parcial del saldo declarado, el contribuyente podrá solventar las inconsistencias detectadas en el momento de realizar la consulta del resultado, cuando se habilite la opción “solventar inconsistencias”, para lo cual deberá contar con su clave en el RFC, la Contraseña para el acceso al portal y certificado de e.firma vigente o la e.firma portable, generándose automáticamente su solicitud de devolución vía FED.

                            No podrán acogerse a la facilidad prevista en esta regla, las personas físicas que:

I.        Hayan obtenido durante el ejercicio fiscal inmediato anterior al que se refiere la presente Resolución, ingresos derivados de bienes o negocios en copropiedad, sociedad conyugal o sucesión.

II.       Opten por solicitar devolución de saldo a favor por montos superiores a $150,000.00. (ciento cincuenta mil pesos 00/100 M.N.).

III.      Soliciten la devolución por ejercicios fiscales distintos al año inmediato anterior al que se refiere la presente Resolución.

IV.     Presenten la declaración del ejercicio fiscal inmediato anterior al que se refiere la presente Resolución, con la Contraseña, estando obligadas a utilizar la e.firma o la e.firma portable, en los términos de la presente regla.

V.      Presenten solicitud de devolución vía FED, previo a la obtención del resultado de la declaración que hubiere ingresado a la facilidad administrativa.

VI.     Presenten la declaración anual normal o complementaria, del ejercicio fiscal inmediato anterior al que se refiere la presente Resolución, no habiendo elegido opción de devolución.

VII.    Presenten la declaración anual normal o complementaria, del ejercicio fiscal inmediato anterior al que se refiere la presente Resolución, posterior al 31 de julio del presente año.

VIII.   Se trate de contribuyentes cuyos datos estén publicados en el Portal del SAT, al momento de presentar su declaración de conformidad con lo dispuesto en los párrafos penúltimo, fracciones III y último del artículo 69 del CFF, así como a los que se les haya aplicado la presunción establecida en el artículo 69-B del mismo Código, una vez que se haya publicado en el DOF y en el portal mencionado el listado a que se refiere el cuarto párrafo del citado artículo 69-B;

IX.     Los contribuyentes soliciten la devolución con base en comprobantes fiscales expedidos por los contribuyentes que se encuentren en la publicación o el listado a que se refieren los artículos 69 o 69-B del CFF, señalados en el inciso anterior;

X.      Al contribuyente se le hubiere cancelado el certificado emitido por el SAT de conformidad con lo establecido en el artículo 17-H, fracción X del CFF, durante el ejercicio fiscal inmediato anterior al que se refiere la presente resolución;

                            Los contribuyentes que no se ubiquen en los supuestos para aplicar la facilidad prevista en la presente regla o cuando el resultado que obtenga de su solicitud no conlleve a la devolución total del saldo declarado y no hubieren optado por “solventar las inconsistencias” al consultar el resultado de la devolución automática, podrán solicitar la devolución de su saldo a favor o del remanente no autorizado según corresponda a través del FED; ingresando al “Buzón Tributario” o a través del apartado de “Trámites” disponible en el Portal del SAT, para lo cual deberán contar con su clave en el RFC, la Contraseña para el acceso al portal y certificado de e.firma vigente o la e.firma portable para realizar su envío.

                            Cuando en la declaración presentada se haya marcado erróneamente el recuadro “devolución” cuando en realidad se quiso elegir “compensación”, o bien se marcó “compensación” pero no se tengan impuestos a cargo contra que compensar, podrá cambiarse de opción presentando la declaración complementaria del ejercicio señalando dicho cambio, antes del 31 de julio del ejercicio fiscal al que se refiere la presente regla.

                            Cuando se trate de ingresos por salarios y en general por la prestación de un servicio personal subordinado y el saldo a favor derive únicamente de la aplicación de las deducciones personales previstas en la Ley del ISR, la facilidad prevista en esta regla se podrá ejercer a través de la citada declaración anual que se presente aún sin tener dicha obligación conforme al artículo 98, fracción III de la Ley del ISR y con independencia de que tal situación se haya comunicado o no al retenedor.

                            CFF 18, 22, 22-B, 22-C, LISR 97, 98, 151, RMF 2018 2.3.6., 2.3.9.

                            Emisión de CFDI por concepto nómina del ejercicio fiscal 2018

2.7.5.7.              Para los efectos de los artículos 29, segundo párrafo, fracción V y último párrafo del CFF, 27, fracciones V, segundo párrafo y XVIII, primer párrafo, 98, fracción II y 99, fracción III de la Ley del ISR, así como 39 del Reglamento del CFF, los contribuyentes que durante el ejercicio fiscal 2018 hayan emitido CFDI de nómina que contengan errores u omisiones en su llenado o en su versión, podrán por única ocasión corregir éstos, siempre y cuando el nuevo comprobante que se elabore se emita a más tardar el 15 de abril de 2019 y se cancelen los comprobantes que sustituyen.

                            El CFDI de nómina que se emita en atención a esta facilidad se considerará emitido en el ejercicio fiscal 2018 siempre y cuando refleje como “fecha de pago” el día correspondiente a 2018 en que se realizó el pago asociado al comprobante.

                            La aplicación del beneficio contenido en la presente regla no libera a los contribuyentes de realizar el pago de la diferencia no cubierta con la actualización y recargos que en su caso procedan.

                            CFF 29, LISR 27, 98, 99, RCFF 39

                            Opción para no presentar el anexo del dictamen de estados financieros o el apartado de la información sobre situación fiscal correspondiente a operaciones con partes relacionadas

2.8.5.7.              Para los efectos de los artículos 32-A y 32-H del CFF, los contribuyentes que hubieran celebrado operaciones con partes relacionadas, podrán optar por no presentar el anexo del dictamen de estados financieros o el apartado de la información sobre situación fiscal, referente a tales operaciones, siempre que presenten el Anexo 9 de la DIM con información de sus operaciones con partes relacionadas residentes en el extranjero y en territorio nacional; para estas últimas operaciones deberá atenderse a lo siguiente:

I.        La referencia a “DOMICILIO DEL RESIDENTE EN EL EXTRANJERO” del citado Anexo 9, se entenderá hecha al domicilio fiscal del contribuyente residente en territorio nacional con quien se celebró la operación en cuestión.

II.       Asimismo, la referencia a “NUMERO DE IDENTIFICACIÓN FISCAL”, se entenderá hecha a la clave en el RFC del contribuyente residente en territorio nacional con quien se celebró la operación en cuestión.

                            CFF 32-A, 32-H

                            Características de seguridad de los marbetes y precintos

5.2.6.                  Para los efectos del artículo 19, fracción V de la Ley del IEPS, las características de seguridad de los marbetes y precintos que deberán ser adheridos a los envases que contengan bebidas alcohólicas, serán las siguientes:

I.        Impresión calcográfica de los marbetes de bebidas alcohólicas:

a)      Deberán ser emitidos por la unidad administrativa competente de la Secretaría.

b)      Dimensiones de 2.8 X 2.9 centímetros.

c)      Sustrato de seguridad.

d)      Colores verde y gris para marbetes nacionales; rojo y gris para marbetes de importación.

e)      Código QR (Quick Response) con información determinada y reservada por el SAT.

II.       Impresión digital de los marbetes de bebidas alcohólicas:

a)      Los folios electrónicos para impresión digital de marbetes deberán ser emitidos por la unidad administrativa competente de la Secretaría.

b)      Tamaño: 3 x 3 cm.

c)      Tintas de marbete:

1.      Versión Nacional: Negro en porcentajes y verde 626C.

2.      Versión Importado: Negro en porcentajes y rojo 7420C.

d)      Papel: Autoadherible.

e)      Acabado: etiqueta o contra etiqueta.

f)       Impresión de datos fijos: Logos, secciones y greca inferior.

g)      Impresión de datos variables: Código QR y Folio alfanumérico.

h)      Logotipo SHCP en negro 80% en lado izquierdo.

i)       Logotipo SAT versión vertical en lado superior derecho. Esferas y letras SAT en negro 80%.

j)       Código QR de 1.9 cm de lado inferior izquierdo.

k)      Folio alfanumérico debajo del código QR, impreso en negro 100%, con dos caracteres alfabéticos y 10 numéricos.

l)       Segmento rectangular en color rojo o verde en posición vertical derecha, con la palabra “Importado” o “Nacional“ en color blanco sobre grecas prehispánicas en porcentajes de color rojo o verde.

m)    Micro texto vertical con la palabra “México” en línea sobre costado izquierdo de segmento rojo o verde.

n)      Micro texto horizontal con la palabra “SAT” en línea debajo de segmento rojo o verde.

III.      Precintos de bebidas alcohólicas:

a)      Deberán ser emitidos por la unidad administrativa competente de la Secretaría.

b)      Dimensiones de 30 X 10 centímetros.

c)      Impresión a color, distinguiendo el origen del producto:

         Para producto nacional: Verde con logos a color y elementos gráficos en tonos de verde y con texto “Bebidas alcohólicas a granel”/PRODUCCIÓN NACIONAL.

         Para producto de importación: Rojo con logos a color y elementos gráficos en tonos de rojo y con texto “Bebidas alcohólicas a granel”/IMPORTACIÓN.

d)      Impresión de folio variable, en papel y tintas de seguridad.

                            LIEPS 19

                            Procedimiento para obtener folios electrónicos autorizados por el SAT para impresión digital de marbetes

5.2.47.               Para los efectos del artículo 19, fracción V de la Ley del IEPS, los contribuyentes que deban adherir marbetes a los envases que contengan bebidas alcohólicas podrán obtener por parte del SAT folios electrónicos para impresión digital de marbetes a que se refiere la regla 5.2.6., fracción II para lo cual deberán cumplir con lo dispuesto en las siguientes fichas de trámite contenidas en el Anexo 1-A, conforme al orden de prelación que se señala:

I.        46/IEPS “Solicitud para obtener folios electrónicos para impresión digital de marbetes para bebidas alcohólicas”.

II.       47/IEPS “Solicitud para informar las medidas de seguridad para la impresión digital de marbetes”.

III.      48/IEPS “Solicitud de folios electrónicos para la impresión digital de marbetes”.

                            Los contribuyentes que deban adherir marbetes a los envases que contengan bebidas alcohólicas, podrán solicitar indistintamente marbetes o folios electrónicos para la impresión de éstos siempre y cuando cumplan con las disposiciones aplicables.

                            LIEPS 19

                            Pérdida de la opción para la impresión digital de marbetes

5.2.48.               Para los efectos del artículo 19, fracción V, de la Ley del IEPS, los contribuyentes que deban adherir marbetes a los envases que contengan bebidas alcohólicas, ya no podrán solicitar folios electrónicos para la impresión digital de marbetes cuando:

I.        Se actualice alguna de las infracciones descritas en el artículo 86-A del CFF.

II.       Se imprima dos o más veces el mismo folio electrónico entregado por el SAT.

III.      La autoridad competente detecte que no se colocaron los marbetes a la marca para la cual se solicitaron y autorizaron.

IV.     La autoridad competente detecte que los marbetes impresos en las bebidas alcohólicas que distribuyan, no cumplen con todas las características emitidas para tal efecto.

                            LIEPS 19”

SEGUNDO.      De conformidad con lo dispuesto en el artículo 5 de la Ley Federal de los Derechos del Contribuyente, se da a conocer el texto actualizado de las reglas a que se refiere el Resolutivo Primero de la presente Resolución.

                            En caso de discrepancia entre el contenido del Resolutivo Primero y del presente, prevalece el texto del Resolutivo Primero.

                            “Días inhábiles

2.1.6.                  Para los efectos del artículo 12, primer y segundo párrafos del CFF, se estará a lo siguiente:

I.        El segundo periodo general de vacaciones del 2018 para el SAT, comprende los días del 20 de diciembre de 2018 al 4 de enero de 2019. Son días inhábiles para el SAT el 18 y 19 de abril de 2019.

II.       Son días inhábiles para las Administraciones Desconcentradas de Servicios al Contribuyente, de Auditoría Fiscal, Jurídica y de Recaudación del SAT de Veracruz ”3” y Veracruz “5” del 7 al 31 de enero de 2019.

          Para los efectos del artículo 46-A, segundo párrafo, fracción VI del CFF, en virtud de que los accesos a las instalaciones de las autoridades fiscales señaladas en el párrafo anterior fueron bloqueados por diversas personas, impidiendo el ejercicio de sus facultades, se suspenden los plazos para concluir las visitas domiciliarias o las revisiones de la contabilidad que, al 19 de diciembre de 2018, se encontraban iniciadas por las administraciones desconcentradas mencionadas en el párrafo anterior.

          Asimismo, para los efectos de los artículos 17-H, último párrafo, 22, 41, 41-A, 48, 49, 50, 52, 52-A, 53, 53-A, 63, segundo párrafo, 67, 69-B, 69-B Bis, 69-D, segundo párrafo, 121, así como 91 de la Ley del ISR, en relación con el artículo 365 del Código Federal de Procedimientos Civiles, aplicado supletoriamente de conformidad con el artículo 5 del CFF, por los motivos señalados en el párrafo anterior, se suspenden los plazos contenidos en los citados preceptos legales que al 19 de diciembre de 2018 se encontraban transcurriendo en las administraciones desconcentradas señaladas en el primer párrafo de la presente fracción.

          Las suspensiones a que se refiere esta fracción inician el 7 de enero de 2019 y terminan el 31 de enero del propio año.

          En virtud de las suspensiones a que se refiere la presente regla, no correrán los plazos otorgados en los preceptos legales citados en la presente fracción para el cumplimiento de obligaciones a cargo de los contribuyentes, responsables solidaros o terceros con ellos relacionados, así como contadores públicos inscritos, con motivo de las facultades de comprobación ejercidas por las citadas autoridades que se encontrarán transcurriendo del 7 de enero de 2019 al 31 de enero del mismo año.

III.      Considerando que los accesos al inmueble ubicado en calle José Luis Garizurieta, número 40, colonia Centro, código postal 92800, Tuxpan, Veracruz, se encuentran bloqueados por factores externos no atribuibles a la autoridad fiscal, desde el día 1 de febrero de 2019, impidiendo el acceso a los expedientes físicos y electrónicos de los asuntos que se encuentran en proceso y a cargo de las Administraciones Desconcentradas de Servicios al Contribuyente, de Auditoría Fiscal, Jurídica y de Recaudación de Veracruz “5”, causa de fuerza mayor que hace imposible, material y jurídicamente, continuar con el ejercicio de sus facultades, los plazos a que se refiere la fracción II, segundo, tercero y quinto párrafos de esta regla, seguirán suspendidos respecto de dichas administraciones desconcentradas, desde el 1 de febrero de 2019, hasta que la causa que dio origen desaparezca.

IV.     Respecto de los asuntos que se encuentran en proceso y a cargo de las Administraciones Desconcentradas de Servicios al Contribuyente, de Auditoría Fiscal, Jurídica y de Recaudación de Veracruz “5”, considerando que el bloqueo a los accesos del inmueble ubicado en calle José Luis Garizurieta, número 40, colonia Centro, código postal 92800, Tuxpan, Veracruz, ha terminado, de conformidad con el artículo 365 del Código Federal de Procedimientos Civiles, aplicado supletoriamente de conformidad con el artículo 5 del CFF, se levanta la suspensión de los plazos a que se refiere la fracción III de la presente regla.

V.      Las autoridades estatales y municipales que actúen como coordinadas en materia fiscal en términos de los artículos 13 y 14 de la Ley de Coordinación Fiscal, podrán considerar los días inhábiles señalados en esta regla, siempre que los den a conocer con ese carácter en su órgano o medio de difusión oficial, de acuerdo a las disposiciones legales y administrativas que las rigen.

                            CFF 5, 12, 13, 17-H, 22, 41, 41-A, 42, 46-A, 48, 49, 50, 52, 52-A, 53, 53-A, 63, 67, 69-B, 69-B Bis, 69-D, 121, LISR 91, Código Federal de Procedimientos Civiles 365, Ley de Coordinación Fiscal 13, 14

                            Saldos a favor del ISR de personas físicas

2.3.2.                  Para los efectos de los artículos 22 y 22-B, del CFF, las personas físicas que presenten su declaración anual del ejercicio fiscal inmediato anterior al que se refiere la presente Resolución, mediante el formato electrónico correspondiente y determinen saldo a favor del ISR, podrán optar por solicitar a las autoridades fiscales su devolución marcando el recuadro respectivo, para considerarse dentro del Sistema Automático de Devoluciones que constituye una facilidad administrativa para los contribuyentes, siempre que se opte por ejercerla hasta el día 31 de julio del ejercicio a que se refiere la presente Resolución.

                            Las personas físicas que opten por aplicar la facilidad prevista en la presente regla, además de reunir los requisitos que señalan las disposiciones fiscales, deberán:

I.        Presentar la declaración del ejercicio fiscal inmediato anterior al que se refiere la presente Resolución, utilizando la e.firma o la e.firma portable cuando soliciten la devolución del saldo a favor, por un importe de $10,001.00 (diez mil un pesos 00/100 M.N.) a $150,000.00 (ciento cincuenta mil pesos 00/100 M.N.).

          Asimismo, los contribuyentes podrán utilizar la Contraseña para presentar la declaración del ejercicio inmediato anterior al que se refiere la presente Resolución en los siguientes supuestos:

a)      Cuando el importe del saldo a favor sea igual o menor a $10,000.00 (diez mil pesos 00/100 M.N.).

b)      Cuando el importe del saldo a favor sea mayor a $10,000.00 (diez mil pesos 00/100 M.N.), y no exceda de $150,000.00 (ciento cincuenta mil pesos 00/100 M.N.), siempre y cuando el contribuyente seleccione una cuenta bancaria activa para transferencias electrónicas a 18 dígitos CLABE, a que se refiere la regla 2.3.6., la cual deberá estar a nombre del contribuyente como titular y precargada en el aplicativo para presentar la declaración anual; de no seleccionar alguna o capturar una distinta de las precargadas, deberá presentar la citada declaración utilizando la e.firma o la e.firma portable.

         La cuenta CLABE que el contribuyente seleccione o capture, se considerará que es la que reconoce de su titularidad y autoriza para efectuar el depósito de la devolución respectiva.

II.       Señalar en la declaración correspondiente el número de su cuenta bancaria para transferencias electrónicas a 18 dígitos CLABE, a que se refiere la regla 2.3.6., la cual deberá estar a nombre del contribuyente como titular y activa, así como la denominación de la institución integrante del sistema financiero a la que corresponda dicha cuenta, para que, en caso de que proceda, el importe autorizado en devolución sea depositado en la misma.

          El resultado que se obtenga de la declaración que hubiere ingresado a la facilidad administrativa, estará a su disposición ingresando al buzón tributario y en caso de contribuyentes no obligados a contar con dicho buzón, o que promovieron algún medio de defensa en el que se les haya otorgado la suspensión respecto del uso de éste como medio de comunicación podrán verificar el resultado en el apartado de “Trámites” disponible en el Portal del SAT.

          Cuando el resultado que se obtenga no conlleve a la devolución total o parcial del saldo declarado, el contribuyente podrá solventar las inconsistencias detectadas en el momento de realizar la consulta del resultado, cuando se habilite la opción “solventar inconsistencias”, para lo cual deberá contar con su clave en el RFC, la Contraseña para el acceso al portal y certificado de e.firma vigente o la e.firma portable, generándose automáticamente su solicitud de devolución vía FED.

                            No podrán acogerse a la facilidad prevista en esta regla, las personas físicas que:

I.        Hayan obtenido durante el ejercicio fiscal inmediato anterior al que se refiere la presente Resolución, ingresos derivados de bienes o negocios en copropiedad, sociedad conyugal o sucesión.

II.       Opten por solicitar devolución de saldo a favor por montos superiores a $150,000.00. (ciento cincuenta mil pesos 00/100 M.N.).

III.      Soliciten la devolución por ejercicios fiscales distintos al año inmediato anterior al que se refiere la presente Resolución.

IV.     Presenten la declaración del ejercicio fiscal inmediato anterior al que se refiere la presente Resolución, con la Contraseña, estando obligadas a utilizar la e.firma o la e.firma portable, en los términos de la presente regla.

V.      Presenten solicitud de devolución vía FED, previo a la obtención del resultado de la declaración que hubiere ingresado a la facilidad administrativa.

VI.     Presenten la declaración anual normal o complementaria, del ejercicio fiscal inmediato anterior al que se refiere la presente Resolución, no habiendo elegido opción de devolución.

VII.    Presenten la declaración anual normal o complementaria, del ejercicio fiscal inmediato anterior al que se refiere la presente Resolución, posterior al 31 de julio del presente año.

VIII.   Se trate de contribuyentes cuyos datos estén publicados en el Portal del SAT, al momento de presentar su declaración de conformidad con lo dispuesto en los párrafos penúltimo, fracciones III y último del artículo 69 del CFF, así como a los que se les haya aplicado la presunción establecida en el artículo 69-B del mismo Código, una vez que se haya publicado en el DOF y en el portal mencionado el listado a que se refiere el cuarto párrafo del citado artículo 69-B;

IX.     Los contribuyentes soliciten la devolución con base en comprobantes fiscales expedidos por los contribuyentes que se encuentren en la publicación o el listado a que se refieren los artículos 69 o 69-B del CFF, señalados en el inciso anterior;

X.      Al contribuyente se le hubiere cancelado el certificado emitido por el SAT de conformidad con lo establecido en el artículo 17-H, fracción X del CFF, durante el ejercicio fiscal inmediato anterior al que se refiere la presente resolución;

                            Los contribuyentes que no se ubiquen en los supuestos para aplicar la facilidad prevista en la presente regla o cuando el resultado que obtenga de su solicitud no conlleve a la devolución total del saldo declarado y no hubieren optado por “solventar las inconsistencias” al consultar el resultado de la devolución automática, podrán solicitar la devolución de su saldo a favor o del remanente no autorizado según corresponda a través del FED; ingresando al “Buzón Tributario” o a través del apartado de “Trámites” disponible en el Portal del SAT, para lo cual deberán contar con su clave en el RFC, la Contraseña para el acceso al portal y certificado de e.firma vigente o la e.firma portable para realizar su envío.

                            Cuando en la declaración presentada se haya marcado erróneamente el recuadro “devolución” cuando en realidad se quiso elegir “compensación”, o bien se marcó “compensación” pero no se tengan impuestos a cargo contra que compensar, podrá cambiarse de opción presentando la declaración complementaria del ejercicio señalando dicho cambio, antes del 31 de julio del ejercicio fiscal al que se refiere la presente regla.

                            Cuando se trate de ingresos por salarios y en general por la prestación de un servicio personal subordinado y el saldo a favor derive únicamente de la aplicación de las deducciones personales previstas en la Ley del ISR, la facilidad prevista en esta regla se podrá ejercer a través de la citada declaración anual que se presente aún sin tener dicha obligación conforme al artículo 98, fracción III de la Ley del ISR y con independencia de que tal situación se haya comunicado o no al retenedor.

                            CFF 18, 22, 22-B, 22-C, LISR 97, 98, 151, RMF 2018 2.3.6., 2.3.9.

                            Emisión de CFDI por concepto nómina del ejercicio fiscal 2018

2.7.5.7.              Para los efectos de los artículos 29, segundo párrafo, fracción V y último párrafo del CFF, 27, fracciones V, segundo párrafo y XVIII, primer párrafo, 98, fracción II y 99, fracción III de la Ley del ISR, así como 39 del Reglamento del CFF, los contribuyentes que durante el ejercicio fiscal 2018 hayan emitido CFDI de nómina que contengan errores u omisiones en su llenado o en su versión, podrán por única ocasión corregir éstos, siempre y cuando el nuevo comprobante que se elabore se emita a más tardar el 15 de abril de 2019 y se cancelen los comprobantes que sustituyen.

                            El CFDI de nómina que se emita en atención a esta facilidad se considerará emitido en el ejercicio fiscal 2018 siempre y cuando refleje como “fecha de pago” el día correspondiente a 2018 en que se realizó el pago asociado al comprobante.

                            La aplicación del beneficio contenido en la presente regla no libera a los contribuyentes de realizar el pago de la diferencia no cubierta con la actualización y recargos que en su caso procedan.

                            CFF 29, LISR 27, 98, 99, RCFF 39

                            Opción para no presentar el anexo del dictamen de estados financieros o el apartado de la información sobre situación fiscal correspondiente a operaciones con partes relacionadas

2.8.5.7.              Para los efectos de los artículos 32-A y 32-H del CFF, los contribuyentes que hubieran celebrado operaciones con partes relacionadas, podrán optar por no presentar el anexo del dictamen de estados financieros o el apartado de la información sobre situación fiscal, referente a tales operaciones, siempre que presenten el Anexo 9 de la DIM con información de sus operaciones con partes relacionadas residentes en el extranjero y en territorio nacional; para estas últimas operaciones deberá atenderse a lo siguiente:

I.        La referencia a “DOMICILIO DEL RESIDENTE EN EL EXTRANJERO” del citado Anexo 9, se entenderá hecha al domicilio fiscal del contribuyente residente en territorio nacional con quien se celebró la operación en cuestión.

II.       Asimismo, la referencia a “NUMERO DE IDENTIFICACIÓN FISCAL”, se entenderá hecha a la clave en el RFC del contribuyente residente en territorio nacional con quien se celebró la operación en cuestión.

                            CFF 32-A, 32-H

                            Características de seguridad de los marbetes y precintos

5.2.6.                  Para los efectos del artículo 19, fracción V de la Ley del IEPS, las características de seguridad de los marbetes y precintos que deberán ser adheridos a los envases que contengan bebidas alcohólicas, serán las siguientes:

I.        Impresión calcográfica de los marbetes de bebidas alcohólicas:

a)      Deberán ser emitidos por la unidad administrativa competente de la Secretaría.

b)      Dimensiones de 2.8 X 2.9 centímetros.

c)      Sustrato de seguridad.

d)      Colores verde y gris para marbetes nacionales; rojo y gris para marbetes de importación.

e)      Código QR (Quick Response) con información determinada y reservada por el SAT.

II.       Impresión digital de los marbetes de bebidas alcohólicas:

a)      Los folios electrónicos para impresión digital de marbetes deberán ser emitidos por la unidad administrativa competente de la Secretaría.

b)      Tamaño: 3 x 3 cm.

c)      Tintas de marbete:

1.      Versión Nacional: Negro en porcentajes y verde 626C.

2.      Versión Importado: Negro en porcentajes y rojo 7420C.

d)      Papel: Autoadherible.

e)      Acabado: etiqueta o contra etiqueta.

f)       Impresión de datos fijos: Logos, secciones y greca inferior.

g)      Impresión de datos variables: Código QR y Folio alfanumérico.

h)      Logotipo SHCP en negro 80% en lado izquierdo.

i)       Logotipo SAT versión vertical en lado superior derecho. Esferas y letras SAT en negro 80%.

j)       Código QR de 1.9 cm de lado inferior izquierdo.

k)      Folio alfanumérico debajo del código QR, impreso en negro 100%, con dos caracteres alfabéticos y 10 numéricos.

l)       Segmento rectangular en color rojo o verde en posición vertical derecha, con la palabra “Importado” o “Nacional“ en color blanco sobre grecas prehispánicas en porcentajes de color rojo o verde.

m)    Micro texto vertical con la palabra “México” en línea sobre costado izquierdo de segmento rojo o verde.

n)      Micro texto horizontal con la palabra “SAT” en línea debajo de segmento rojo o verde.

III.      Precintos de bebidas alcohólicas:

a)      Deberán ser emitidos por la unidad administrativa competente de la Secretaría.

b)      Dimensiones de 30 X 10 centímetros.

c)      Impresión a color, distinguiendo el origen del producto:

         Para producto nacional: Verde con logos a color y elementos gráficos en tonos de verde y con texto “Bebidas alcohólicas a granel”/PRODUCCIÓN NACIONAL.

         Para producto de importación: Rojo con logos a color y elementos gráficos en tonos de rojo y con texto “Bebidas alcohólicas a granel”/IMPORTACIÓN.

d)      Impresión de folio variable, en papel y tintas de seguridad.

                            LIEPS 19

                            Procedimiento para obtener folios electrónicos autorizados por el SAT para impresión digital de marbetes

5.2.47.               Para los efectos del artículo 19, fracción V de la Ley del IEPS, los contribuyentes que deban adherir marbetes a los envases que contengan bebidas alcohólicas podrán obtener por parte del SAT folios electrónicos para impresión digital de marbetes a que se refiere la regla 5.2.6., fracción II para lo cual deberán cumplir con lo dispuesto en las siguientes fichas de trámite contenidas en el Anexo 1-A, conforme al orden de prelación que se señala:

I.        46/IEPS “Solicitud para obtener folios electrónicos para impresión digital de marbetes para bebidas alcohólicas”.

II.       47/IEPS “Solicitud para informar las medidas de seguridad para la impresión digital de marbetes”.

III.      48/IEPS “Solicitud de folios electrónicos para la impresión digital de marbetes”.

                            Los contribuyentes que deban adherir marbetes a los envases que contengan bebidas alcohólicas, podrán solicitar indistintamente marbetes o folios electrónicos para la impresión de éstos siempre y cuando cumplan con las disposiciones aplicables.

                            LIEPS 19

                            Pérdida de la opción para la impresión digital de marbetes

5.2.48.               Para los efectos del artículo 19, fracción V, de la Ley del IEPS, los contribuyentes que deban adherir marbetes a los envases que contengan bebidas alcohólicas, ya no podrán solicitar folios electrónicos para la impresión digital de marbetes cuando:

I.        Se actualice alguna de las infracciones descritas en el artículo 86-A del CFF.

II.       Se imprima dos o más veces el mismo folio electrónico entregado por el SAT.

III.      La autoridad competente detecte que no se colocaron los marbetes a la marca para la cual se solicitaron y autorizaron.

IV.     La autoridad competente detecte que los marbetes impresos en las bebidas alcohólicas que distribuyan, no cumplen con todas las características emitidas para tal efecto.

                            LIEPS 19”

TERCERO.       Se reforman los anexos 1-A, 14, 23, 25 y 25-Bis.

CUARTO.          Se reforma el Artículo Tercero Transitorio de la Cuarta Resolución de modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2018, publicada en el DOF el 30 de noviembre de 2018, para quedar como sigue:

Tercero.       La regla 3.11.12., será aplicable una vez que se publique el complemento “viajes plataformas tecnológicas” en el Portal del SAT.”

Transitorios

Primero.           La presente Resolución entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el DOF.

Segundo.          Con el levantamiento de la suspensión de plazos a que se refiere la regla 2.1.6., fracción IV, se reiniciarán los mismos a partir del día hábil siguiente al de la publicación en el DOF de la presente Resolución.

Tercero.            La opción a que se refiere la regla 5.2.47., durante el ejercicio fiscal de 2019, únicamente la podrán ejercer los importadores de bebidas alcohólicas.

Atentamente,

Ciudad de México, a 1 de abril de 2019.- La Jefa del Servicio de Administración Tributaria, Ana Margarita Ríos Farjat.- Rúbrica.

Modificación al Anexo 1-A de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2018

“Trámites Fiscales”

Contenido

I.        Definiciones

II.       Trámites

Código Fiscal de la Federación

1/CFF a ..............................................................................................................................................................................

237/CFF .............................................................................................................................................................................

238/CFF             Reporte Anexos 25 y 25-Bis de la RMF sin Cuentas Reportables (reporte en ceros).

239/CFF             Aviso sobre el GIIN de Instituciones Financieras Sujetas a Reportar que no califiquen como Instituciones Financieras de México Sujetas a Reportar, en los términos del Anexo 25 de la RMF.

240/CFF             Aviso de la institución fiduciaria, que sea una Institución Financiera Sujeta a Reportar, que ejerce la opción prevista en el Anexo 25-Bis, Primera parte, Sección VIII, Subapartado B(1)(e) de la RMF.

241/CFFa ..........................................................................................................................................................................

254/CFF .............................................................................................................................................................................

255/CFF             Aviso relativo a Terceros Prestadores de Servicios conforme los Anexos 25 y 25-Bis de la RMF.

256/CFF a .........................................................................................................................................................................

258/CFF             Solicitud, renovación, modificación y cancelación de certificados de comunicación conforme a los Anexos 25 y 25-Bis de la RMF.

259/CFF a .........................................................................................................................................................................

289/CFF .............................................................................................................................................................................

290/CFF             Aviso sobre el RFC de la entidad que sea una Institución Financiera Sujeta a Reportar.

 

Impuesto sobre la Renta

1/ISR a ...............................................................................................................................................................................

138/ISR ..............................................................................................................................................................................

 

Impuesto al Valor Agregado

1/IVA a ...............................................................................................................................................................................

10/IVA ................................................................................................................................................................................

 

Impuesto Especial sobre Producción y Servicios

1/IEPS a .............................................................................................................................................................................

45/IEPS ..............................................................................................................................................................................

46/IEPS              Solicitud para obtener folios electrónicos para impresión digital de marbetes para bebidas alcohólicas.

47/IEPS              Solicitud para informar las medidas de seguridad para la impresión digital de marbetes.

48/IEPS              Solicitud de folios electrónicos para impresión digital de marbetes.

 

Impuesto Sobre Tenencia o Uso de Vehículos

1/ISTUV............. .................................................................................................................................................................

Impuesto Sobre Automóviles Nuevos

1/ISAN a............ .................................................................................................................................................................

3/ISAN............... .................................................................................................................................................................

 

Ley de Ingresos de la Federación

1/LIF a............... .................................................................................................................................................................

7/LIF................... .................................................................................................................................................................

 

Ley de Ingresos sobre Hidrocarburos

1/LISH a............ .................................................................................................................................................................

10/LISH............. .................................................................................................................................................................

 

Del Decreto por el que se otorgan diversos beneficios fiscales a los contribuyentes que se indican, publicado en el DOF el 30 de octubre de 2003 y modificado mediante Decretos publicados en el DOF el 12 de enero de 2005, 12 de mayo, 28 de noviembre de 2006 y 4 de marzo de 2008

1/DEC-1 a......... .................................................................................................................................................................

5/DEC-1............ .................................................................................................................................................................

 

Decreto que otorga facilidades para el pago de los impuestos sobre la renta y al valor agregado y condona parcialmente el primero de ellos, que causen las personas dedicadas a las artes plásticas de obras artísticas y antigüedades propiedad de particulares, publicado en el DOF el 31 de octubre de 1994 y modificado el 28 de noviembre de 2006 y 5 de noviembre de 2007

1/DEC-2 a......... .................................................................................................................................................................

3/DEC-2............ .................................................................................................................................................................

 

Del Decreto por el que se fomenta la renovación del parque vehicular del autotransporte, publicado en el DOF el 26 de marzo de 2015

1/DEC-3 a......... .................................................................................................................................................................

7/DEC-3............ .................................................................................................................................................................

 

Decreto por el que se otorgan diversos beneficios fiscales a los contribuyentes de las zonas de los Estados de Campeche y Tabasco, publicado en el DOF el 11 de mayo de 2016

1/DEC-4............ .................................................................................................................................................................

2/DEC-4 ........... .................................................................................................................................................................

 

Del Decreto por el que se otorgan estímulos fiscales para incentivar el uso de medios electrónicos de pago, publicado en el DOF el 08 de noviembre de 2018

1/DEC-5 a......... .................................................................................................................................................................

6/DEC-5............ .................................................................................................................................................................

 

Del Decreto por el que establecen estímulos fiscales a la gasolina y el diésel en los sectores pesquero y agropecuario, publicado en el DOF el 30 de diciembre de 2015

1/DEC-6............ .................................................................................................................................................................

 

 

Del Decreto por el que se otorgan diversos beneficios fiscales a los contribuyentes de las zonas afectadas que se indican por el sismo ocurrido el 7 de septiembre de 2017, publicado en el DOF el 11 de septiembre de 2017

1/DEC-7 a .........................................................................................................................................................................

3/DEC-7............ .................................................................................................................................................................

 

Del Decreto por el que se otorgan diversos beneficios fiscales a los contribuyentes de las zonas afectadas que se indican por el sismo ocurrido el 19 de septiembre de 2017, publicado en el DOF el 2 de octubre de 2017

1/DEC-8 a......... .................................................................................................................................................................

3/DEC-8 ........... .................................................................................................................................................................

 

Del Decreto por el que se otorgan diversos beneficios fiscales a los contribuyentes de las zonas afectadas que se indican por lluvias severas durante octubre de 2018, publicado en el DOF el 28 de noviembre de 2018

1/DEC-9............ .................................................................................................................................................................

2/DEC-9............ .................................................................................................................................................................

 

Del Decreto de estímulos fiscales región fronteriza norte, publicado en el DOF el 31 de diciembre de 2018

1/DEC-10 a ..... .................................................................................................................................................................

6/DEC-10.......... ................................................................................................................................................................

 

Ley Federal de Derechos

1/DERECHOS. .................................................................................................................................................................

 

Código Fiscal de la Federación

...................................................................................................................................................................................................

238/CFF       Reporte Anexos 25 y 25-Bis de la RMF sin Cuentas Reportables (reporte en ceros)

¿Quiénes lo presentan?

Las Instituciones Financieras de México Sujetas a Reportar y las Instituciones Financieras Sujetas a Reportar que no tengan operaciones que reportar en los términos de los Anexos 25 y 25-Bis de la RMF, respectivamente (reporte en ceros).

¿Dónde se presenta?

A través de buzón tributario.

Hasta en tanto este trámite no se publique en la relación de promociones, solicitudes, avisos y demás información disponibles en el buzón tributario, el mismo deberá presentarse en el Portal del SAT, de conformidad con lo establecido en la regla 1.6. en relación con la regla 2.2.6. de la RMF.

Tratándose de entidades que califiquen como Instituciones Financieras Sujetas a Reportar en términos de los Anexos 25 y 25-Bis que no cuenten con RFC o que no se encuentren obligadas a inscribirse en él, este trámite se deberá presentar de manera presencial ante la AGGC, de conformidad con lo establecido en la regla 1.6, segundo párrafo, fracción I y último párrafo.

¿Qué documento se obtiene?

Acuse de recibo.

¿Cuándo se presenta?

A más tardar el 15 de agosto de cada ejercicio fiscal.

Requisitos:

        Manifestación en la cual se señale:

·         Nombre de la Institución Financiera de México Sujeta a Reportar o de la Institución Financiera Sujeta a Reportar, RFC (en su caso) y GIIN o bien, GIIN de la Institución Financiera Sujeta a Reportar patrocinadora, así como el nombre, RFC (en su caso) y GIIN de la(s) Institución(es) Financiera(s) Sujeta(s) a Reportar patrocinada(s).

·         Manifestación bajo protesta de decir verdad que la Institución Financiera de México Sujeta a Reportar o la Institución Financiera Sujeta a Reportar no tiene operaciones que reportar respecto del periodo reportable de que se trate, de acuerdo con los Anexos 25 y 25-Bis de la RMF, respectivamente.

·         Formato de reporte en ceros de los Anexos 25 y 25-Bis de la RMF debidamente requisitado.

Condiciones:

Contar con e.firma y Contraseña (para trámite electrónico).

Información adicional:

El formato de reporte en ceros se podrá consultar en el Portal del SAT.

Disposiciones jurídicas aplicables

Arts. 32-B, fracción V, 32-B Bis CFF; 7, tercer párrafo, 55, fracciones I y IV, 56, 86, fracción I, 89, segundo párrafo, 136, último párrafo, 192, fracción VI Ley del ISR; 92, 93, 253, fracción I, último párrafo Reglamento de la Ley de ISR; Reglas 2.12.13., 3.5.8., Anexos 25, 25-Bis RMF.

 

239/CFF       Aviso sobre el GIIN de Instituciones Financieras Sujetas a Reportar que no califiquen como Instituciones Financieras de México Sujetas a Reportar, en los términos del Anexo 25 de la RMF

¿Quiénes lo presentan?

Las Instituciones Financieras Sujetas a Reportar en los términos del Anexo 25-Bis que no califiquen como Instituciones Financieras de México Sujetas a Reportar, en los términos del Anexo 25 de la RMF.

¿Dónde se presenta?

A través de buzón tributario.

Hasta en tanto este trámite no se publique en la relación de promociones, solicitudes, avisos y demás información disponibles en el buzón tributario, el mismo deberá presentarse en el Portal del SAT, de conformidad con lo establecido en la regla 1.6. en relación con la regla 2.2.6. de la RMF.

Tratándose de entidades que califiquen como Instituciones Financieras Sujetas a Reportar en términos de los Anexos 25 y 25-Bis que no cuenten con RFC o que no se encuentren obligadas a inscribirse en él, este trámite se deberá presentar de manera presencial ante la AGGC, de conformidad con lo establecido en la regla 1.6, segundo párrafo, fracción I y último párrafo.

¿Qué documento se obtiene?

Acuse de recibo.

¿Cuándo se presenta?

Dentro del mes siguiente a la obtención del GIIN que corresponda.

Requisitos:

Manifestación en la cual se señale:

·         Nombre de la Institución Financiera Sujeta a Reportar, RFC (en su caso) y GIIN.

·         Manifestación bajo protesta de decir verdad que la Institución Financiera Sujeta a Reportar no califica como Institución Financiera de México Sujetas a Reportar, en los términos del Anexo 25 de la RMF.

Condiciones:

Contar con e.firma y Contraseña (para trámite electrónico).

Información adicional:

No aplica.

Disposiciones jurídicas aplicables

Arts. 32-B, fracción V, 32-B Bis CFF; 7, tercer párrafo, 55, fracciones I, IV, 56, 86, fracción I, 89, segundo párrafo, 136, último párrafo, 192, fracción VI Ley del ISR; 92, 93, 253, fracción I, último párrafo Reglamento de la Ley de ISR; Reglas 2.12.13., 3.5.8., Anexos 25, 25-Bis RMF.

 

240/CFF     Aviso de la institución fiduciaria, que sea una Institución Financiera Sujeta a Reportar, que ejerce la opción prevista en el Anexo 25-Bis, Primera parte, Sección VIII, Subapartado B(1)(e) de la RMF

¿Quiénes lo presentan?

La institución fiduciaria, que sea una Institución Financiera Sujeta a Reportar, de un fideicomiso cuando se ejerza la opción prevista en el Anexo 25-Bis, Primera parte, Sección VIII, Subapartado B(1)(e) de la RMF.

¿Dónde se presenta?

A través de buzón tributario.

Hasta en tanto este trámite no se publique en la relación de promociones, solicitudes, avisos y demás información disponibles en el buzón tributario, el mismo deberá presentarse en el Portal del SAT, de conformidad con lo establecido en la regla 1.6. en relación con la regla 2.2.6. de la RMF.

¿Qué documento se obtiene?

Acuse de recibo.

¿Cuándo se presenta?

Dentro del mes siguiente a que se ejerza la opción.

Requisitos:

Manifestación en la cual se señale:

·         Nombre de institución fiduciaria, RFC y GIIN.

·         RFC del fideicomiso.

·         Manifestación bajo protesta de decir verdad que la institución fiduciaria, que sea una Institución Financiera Sujeta a Reportar, asume las obligaciones de reporte y debida diligencia del fideicomiso de que se trate.

Condiciones:

Contar con e.firma y Contraseña.

Información adicional:

No aplica.

Disposiciones jurídicas aplicables

Art. 32-B Bis CFF; Regla 2.12.13., Anexo 25-Bis RMF.

...................................................................................................................................................................................................

255/CFF         Aviso relativo a Terceros Prestadores de Servicios conforme los Anexos 25 y 25-Bis de la RMF

¿Quiénes lo presentan?

Las Instituciones Financieras de México Sujetas a Reportar y las Instituciones Financieras Sujetas a Reportar que actúen como terceros prestadores de servicios conforme a lo dispuesto en los Anexos 25 y 25-Bis de la RMF.

¿Dónde se presenta?

A través de buzón tributario.

Hasta en tanto este trámite no se publique en la relación de promociones, solicitudes, avisos y demás información disponibles en el buzón tributario, el mismo deberá presentarse en el Portal del SAT, de conformidad con lo establecido en la regla 1.6. en relación con la regla 2.2.6. de la RMF.

¿Qué documento se obtiene?

Acuse de recibo.

¿Cuándo se presenta?

A más tardar el 15 de agosto de cada ejercicio fiscal.

Requisitos:

Manifestación en la cual se señale:

·         Nombre, RFC y GIIN de la Institución Financiera Sujeta a Reportar que actuará como tercera prestadora de servicios.

·         Nombre, RFC (en su caso) y GIIN de la(s) Institución(es) Financiera(s) Sujeta(s) a Reportar a quienes se les prestará el servicio mencionado.

·         Que acepta prestar dichos servicios conforme a lo señalado en los Anexos 25 y 25 Bis de la RMF.

·         Adjuntar, en formato PDF, manifestación firmada por el representante legal de la(s) Institución(es) Financiera(s) Sujeta(s) a Reportar a la(s) que les prestará los servicios, indicando que cumplirá(n) con sus obligaciones a través del tercero prestador de servicios, sin quedar relevada(s) de las demás obligaciones formales, en términos de lo dispuesto por los Anexos 25 y 25 Bis de la RMF.

Adjuntar, en formato PDF, la documentación mediante la cual acredite la personalidad del representante legal de la(s) Institución(es) Financiera(s) Sujeta(s) a Reportar a que se refiere el punto anterior.

Condiciones:

Contar con e.firma y Contraseña

Información adicional:

No aplica.

Disposiciones jurídicas aplicables

Arts. 32-B, fracción V, 32-B Bis CFF; 7, tercer párrafo; 55, fracciones I y IV; 56; 86, fracción I; 89, segundo párrafo; 136, último párrafo, 192, fracción VI Ley del ISR; 92, 93 y 253, fracción I, último párrafo Reglamento de la Ley de ISR; Reglas 2.12.13, 3.5.8., Anexos 25, 25-Bis RMF.

...................................................................................................................................................................................................

258/CFF       Solicitud, renovación, modificación y cancelación de certificados de comunicación conforme a los Anexos 25 y 25-Bis de la RMF

¿Quiénes lo presentan?

Las Instituciones Financieras Sujetas a Reportar que deseen solicitar, renovar, modificar o cancelar los certificados de comunicación para el envío de reportes conforme a lo dispuesto en los Anexos 25 y 25-Bis de la RMF.

¿Dónde se presenta?

A través de buzón tributario.

Hasta en tanto este trámite no se publique en la relación de promociones, solicitudes, avisos y demás información disponibles en el buzón tributario, el mismo deberá presentarse en el Portal del SAT, de conformidad con lo establecido en la regla 1.6. en relación con la regla 2.2.6. de la RMF.

Tratándose de entidades que califiquen como Instituciones Financieras Sujetas a Reportar en términos de los Anexos 25 y 25-Bis que no cuenten con RFC o que no se encuentren obligadas a inscribirse en él, este trámite se deberá presentar de manera presencial ante la AGGC, de conformidad con lo establecido en la regla 1.6, segundo párrafo, fracción I y último párrafo.

¿Qué documento se obtiene?

Acuse de recibo y folio del trámite para seguimiento.

¿Cuándo se presenta?

Cuando la Institución Financiera Sujeta a Reportar lo requiera.

Requisitos:

Manifestación en la cual se señale:

·         En el caso de solicitud y/o renovación de certificados:

·         Nombre, RFC (en su caso) y GIIN de la Institución Financiera Sujeta a Reportar, canal de comunicación solicitado (Web Service, SFTP o SOCKET) y tipo(s) de certificado(s) (para ambiente de pruebas y/o productivo).

·         Formato de designación del personal responsable de la comunicación ante el SAT debidamente requisitado, adjuntando identificación oficial vigente y documento con el que se acredite que el personal responsable de la comunicación ante el SAT labora en la Institución Financiera Sujeta a Reportar, en formato PDF.

·         Formato de solicitud de canal de comunicación debidamente requisitado, adjuntando la información y documentación correspondiente al canal de comunicación solicitado (Web Service, SFTP o SOCKET).

·         En el caso de cancelación de certificados:

·         Nombre, RFC (en su caso) y GIIN de la Institución Financiera Sujeta a Reportar, canal de comunicación respecto del cual se solicita la cancelación.

·         En el caso de modificación del personal responsable:

·         Nombre, RFC (en su caso) y GIIN de la Institución Financiera Sujeta a Reportar.

·         Formato de designación del personal responsable de la comunicación ante el SAT debidamente requisitado, adjuntando identificación oficial vigente y documento con el que se acredite que dicho personal responsable labora en la Institución Financiera Sujeta a Reportar, en formato PDF.

Condiciones:

Contar con e.firma y Contraseña (para trámite electrónico).

Información adicional:

La Institución Financiera Sujeta a Reportar deberá seleccionar solo un canal de comunicación.

La información, documentación y formatos correspondientes a cada canal de comunicación habilitado que deberán adjuntarse al trámite podrá consultarse en el apartado relativo al intercambio automático de información financiera publicado en el portal del SAT.

El calendario para la entrega física de certificados digitales se encuentra publicado en el portal del SAT.

Disposiciones jurídicas aplicables

Arts. 17-D, 17-H, 32-B, fracción V, 32-B Bis CFF; 7, tercer párrafo, 55, fracciones I, IV, 56, 86, fracción I, 89, segundo párrafo, 136, último párrafo, 192, fracción VI Ley del ISR; 92, 93, 253, fracción I, último párrafo Reglamento de la Ley de ISR; Reglas 2.2.13., 3.5.8., Anexos 25, 25-Bis RMF.

...................................................................................................................................................................................................

290/CFF       Aviso sobre el RFC de la entidad que sea una Institución Financiera Sujeta a Reportar.

¿Quiénes lo presentan?

Las entidades que califiquen como Instituciones Financieras Sujetas a Reportar en términos de los Anexos 25 y 25-Bis que no cuenten con RFC o no se encuentren obligadas a inscribirse en el RFC.

¿Dónde se presenta?

Ante la AGGC, de conformidad con lo establecido en la regla 1.6, segundo párrafo, fracción I y último párrafo.

¿Qué documento se obtiene?

Acuse de recibo.

¿Cuándo se presenta?

Cuando la Institución Financiera Sujeta a Reportar lo requiera.

Requisitos:

Escrito libre en el cual se señale:

·         Nombre, domicilio y GIIN de la Institución Financiera Sujeta a Reportar.

·         Dirección, teléfono y dirección de correo electrónico para oír y recibir toda clase de notificaciones relacionadas con los Anexos 25 y 25-Bis.

·         Acta constitutiva, contrato o instrumento análogo mediante el cual se acredite la existencia de la entidad que califica como Institución Financiera Sujeta a Reportar.

·         Manifestación bajo protesta de decir verdad de que la Institución Financiera Sujeta a Reportar no cuenta con RFC o no se encuentra obligada a inscribirse en el RFC.

·         Documento mediante el cual se acredite la personalidad del representante legal de la Entidad, así como copia simple de su identificación oficial vigente.

Condiciones:

Entregar información completa.

Información adicional:

En los casos en que los contribuyentes acompañen a su promoción documentos públicos que hayan sido emitidos en el extranjero, dichos documentos deberán estar apostillados y acompañados de su traducción por perito traductor autorizado por autoridad competente para tal efecto.

La información relativa a los procedimientos, criterios, plazos y formatos se encuentra disponible en el Portal del SAT.

Disposiciones jurídicas aplicables

Arts. 32-B, fracción V, 32-B Bis CFF; Reglas 1.6, 2.12.13., 3.5.8.; Anexos 25, 25-Bis RMF.

...................................................................................................................................................................................................

Impuesto Especial sobre Producción y Servicios

...................................................................................................................................................................................................

46/IEPS          Solicitud para obtener folios electrónicos para impresión digital de marbetes para bebidas alcohólicas

¿Quiénes lo presentan?

Los contribuyentes que deban adherir marbetes a los envases que contengan bebidas alcohólicas que deseen solicitar folios electrónicos para impresión digital de marbetes.

¿Dónde se presenta?

En el Portal del SAT.

¿Qué documentos se obtienen?

·         Acuse de recepción.

·         Respuesta por buzón tributario.

·         En su caso, requerimiento de información.

¿Cuándo se presenta?

Cuando desee solicitar folios electrónicos para la impresión digital de marbetes por primera vez.

Requisitos:

·         Estar inscrito en el Padrón de Contribuyentes de Bebidas Alcohólicas con el estatus de Alta.

·         Archivo electrónico digitalizado en formato con extensión .pdf., con:

a)      La manifestación bajo protesta de decir verdad en que informe que en los doce meses anteriores a la fecha de la presentación de la solicitud hayan pagado un monto igual o mayor a $200,000,000.00 (doscientos millones de pesos M.N. 00/100) por concepto de ISR, o $20,000,000.00 (veinte millones de pesos M.N. 00/100) por concepto de IEPS.

b)      La especificación de las marcas de las que desea solicitar los folios para su impresión en bebidas alcohólicas, y que para dichas marcas haya utilizado en el ejercicio inmediato anterior por lo menos 1,000,000 de marbetes.

c)      La especificación del número asignado del producto o productos registrados en el Portal del SAT, asociados a las marcas.

Condiciones.

·         Contar con e.firma.

·         Contar con Contraseña.

·         Contar con opinión de cumplimiento positiva.

·         No estar publicado en la lista a que se refiere el tercer párrafo del artículo 69-B del CFF.

·         Contar con buzón tributario.

Información adicional.

La autoridad fiscal emitirá la resolución correspondiente en un término de tres días hábiles siguientes contados a partir de la fecha de presentación de la solicitud, en caso de que el contribuyente no haya cumplido alguno de los requisitos la autoridad podrá requerirlo para efecto de que el contribuyente en un plazo de diez días hábiles atienda dicho requerimiento y se pueda tener por admitida dicha solicitud, en caso de que no se desahogue en tiempo y forma el requerimiento realizado, se tendrá por no presentada dicha solicitud.

En caso de que se deseen solicitar folios electrónicos para una marca distinta se deberá presentar una nueva solicitud.

Disposiciones jurídicas.

Art. 19 Ley del IEPS; Regla 5.2.47. RMF.

 

47/IEPS          Solicitud para informar las medidas de seguridad para la impresión digital de marbetes

¿Quiénes lo presentan?

Los contribuyentes que deban adherir marbetes a los envases que contengan bebidas alcohólicas que deseen solicitar folios electrónicos para impresión digital de marbetes.

¿Dónde se presenta?

En el Portal del SAT.

¿Qué documentos se obtienen?

·         Acuse de recepción.

·         Respuesta por buzón tributario.

·         En su caso, requerimiento de información.

¿Cuándo se presenta?

10 días posteriores contados a partir del día siguiente de la notificación de la respuesta a la Solicitud para obtener folios electrónicos para impresión digital de marbetes para bebidas alcohólicas contenida en la ficha de trámite 46/IEPS.

Requisitos:

1.      Archivo electrónico digitalizado en formato con extensión .pdf. en el que se manifieste bajo protesta de decir verdad que cumplen con lo siguiente:

a)      Con las características mínimas de seguridad establecidas en la regla 5.2.6, fracción II de la Resolución Miscelánea Fiscal.

b)      Que conoce y acepta expresamente que podrá ser sujeto en cualquier momento de visitas de verificación por parte del SAT para constatar los procesos de impresión, resguardo y control de la información relacionada a la impresión de marbetes electrónicos.

2.      Ficha técnica en la que especifique la siguiente información:

a)      Descripción del marbete.

b)      Planos de impresión.

c)      Tintas.

d)      Características del sustrato.

e)      Niveles de seguridad en la etiqueta.

f)       Características específicas de seguridad.

3.      Además, deberán adjuntar a la presente solicitud la siguiente información:

a)      El contrato de servicios vigente celebrado con la persona física o moral que realizará la impresión, certificado ante Notario Público.

b)      El contrato de confidencialidad que deberá celebrar con la persona física o moral que realizará la impresión de los folios electrónicos para la impresión digital de marbetes en los envases que contengan bebidas alcohólicas.

Condiciones.

·         Contar con e.firma.

·         Contar con Contraseña.

·         Contar con opinión de cumplimiento positiva.

·         No estar publicado en la lista a que se refiere el tercer párrafo del artículo 69-B del CFF.

·         Contar con buzón tributario.

Información adicional.

La autoridad fiscal emitirá la resolución correspondiente en un término de tres días hábiles siguientes contados a partir de la fecha de presentación de la solicitud, en caso de que el contribuyente no haya cumplido alguno de los requisitos la autoridad podrá requerirlo para efecto de que el contribuyente en un plazo de diez días hábiles atienda dicho requerimiento y se pueda tener por admitida dicha solicitud, en caso de que no se desahogue en tiempo y forma el requerimiento realizado, se tendrá por no presentada dicha solicitud.

Deberá enviar junto a la presente solicitud una muestra o ejemplo del folio impreso en la impresión digital del marbete en el envase que contenga la bebida alcohólica.

En caso de existir alguna modificación en la ficha técnica, se deberá presentar nuevamente la solicitud, para notificar a la autoridad los cambios realizados.

Disposiciones jurídicas.

Art. 19 Ley del IEPS; Reglas 5.2.6., 5.2.47. RMF.

 

48/IEPS Solicitud de folios electrónicos para impresión digital de marbetes

¿Quiénes lo presentan?

Los contribuyentes que deban adherir marbetes a los envases que contengan bebidas alcohólicas que deseen solicitar folios electrónicos para la impresión digital de marbetes.

¿Dónde lo presentan?

En el Portal del SAT

¿Qué documento se obtiene?

Acuse de recepción.

Respuesta por buzón tributario.

Los folios electrónicos para la impresión digital de marbetes o en su caso, requerimiento de información.

¿Cuándo se presenta?

Cuando el contribuyente requiera folios electrónicos para la impresión digital de marbetes.

Requisitos.

1.     Recibo bancario de pago de contribuciones federales, productos y aprovechamientos con sello digital.

2.     En el caso de los comercializadores de bebidas alcohólicas que contraten total o parcialmente la fabricación, producción o envasamiento de bebidas alcohólicas a través de un contrato o convenio con personas físicas o moral además deberán adjuntar lo siguiente:

·         Tratándose de propietarios de marca de tequila, copia certificada ante Notario Público del Contrato o Convenio de Corresponsabilidad de acuerdo con lo establecido en la NOM-006-SCFI-2005, denominada “Bebidas Alcohólicas-Tequila-Especificaciones”, así como de la Constancia de Registro del citado Contrato o Convenio ante el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial de la Secretaría de Economía, de conformidad con el artículo 175 de la Ley de la Propiedad Industrial, tratándose de Contratos o Convenios de Corresponsabilidad suscritos por el fabricante, productor o envasador, con propietarios de marca de tequila.

·         Tratándose de propietarios de marca de Mezcal, copia certificada ante Notario Público del Contrato o Convenio de Corresponsabilidad de acuerdo con lo establecido en la NOM-070-SCFI-2016, denominada “Bebidas Alcohólicas-Mezcal-Especificaciones”, así como de la Constancia de Registro del citado Contrato o Convenio ante el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial de la Secretaría de Economía, de conformidad con el artículo 175 de la Ley de la Propiedad Industrial, tratándose de Contratos o Convenios de Corresponsabilidad suscritos por el fabricante, productor o envasador, con propietarios de marca de Mezcal

·         Tratándose de contribuyentes distintos a los propietarios de marca de tequila y mezcal, copia certificada ante Notario Público del contrato o convenio en el que se establezca que efectuarán la fabricación, producción o envasamiento de bebidas alcohólicas, así como de la Constancia de Registro ante el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial de la Secretaría de Economía, de conformidad con lo establecido en el artículo 136 de la Ley de la Propiedad Industrial.

Condiciones

·         Contar con contraseña

·         Contar con e.firma.

·         Contar con opinión de cumplimiento positiva.

·         No estar publicado en la lista a que se refiere el tercer párrafo del artículo 69-B del CFF

·         Contar con buzón tributario.

Información adicional.

La cantidad máxima que se podrá solicitar bajo esta modalidad será de hasta 10,000,000 de folios por solicitud.

La autoridad verificará a través del Formato Electrónico de Marbetes (FEM) en el Portal del SAT la información que compruebe que se ha utilizado por lo menos un 60% de los folios para la impresión de marbetes. El 40% restante deberá ser comprobado por el contribuyente en la solicitud inmediata posterior, debiendo cumplir en los términos de este párrafo.

En el caso de importación la declaración de uso de marbetes que se presente en el FEM deberá de comprobarse con pedimentos de importación con clave A1 o G1 según corresponda.

De manera sucesiva procederá lo señalado en los párrafos que anteceden cuando los contribuyentes a que se refiere la regla 5.2.47. de la RMF, soliciten nuevamente folios para la impresión digital de marbetes.

En caso de cumplirse con todos y cada uno de los requisitos la autoridad proporcionará los folios electrónicos solicitados para la impresión digital de marbetes, dentro de los tres días siguientes a la presentación de la solicitud, salvo que se haya requerido información o documentación en los términos del artículo 19, fracción XV, segundo párrafo de la Ley del IEPS. En este caso, el término comenzará a correr desde que el requerimiento haya sido cumplido.

Disposiciones jurídicas aplicables

Art. 19 Ley del IEPS; Reglas 5.2.6., 5.2.47., 5.3.1. RMF.

...................................................................................................................................................................................................

Atentamente.

Ciudad de México, a 1 de abril de 2019.- La Jefa del Servicio de Administración Tributaria, Ana Margarita Ríos Farjat.- Rúbrica.

Modificación al Anexo 14 de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2018

Contenido

* Información generada desde el 01 de octubre de 2018 hasta el 14 de marzo de 2019, de conformidad con el artículo 36-Bis del CFF.

1.      Autorizaciones.

A.    Organizaciones civiles y fideicomisos asistenciales (artículo 79, fracción VI de la Ley del ISR)

B.    Organizaciones civiles y fideicomisos educativos (artículo 79, fracción X de la Ley del ISR)

C.    Organizaciones civiles y fideicomisos para la investigación científica o tecnológica (artículo 79, fracción XI de la Ley del ISR)

D.    Organizaciones civiles y fideicomisos culturales (artículo 79, fracción XII de la Ley del ISR)

E.    Organizaciones civiles y fideicomisos becantes (artículos 79, fracción XVII y 83 de la Ley del ISR)

F.     Organizaciones civiles y fideicomisos ecológicos (artículo 79, fracción XIX de la Ley del ISR)

G.    Organizaciones civiles y fideicomisos para la reproducción de especies en protección y peligro de extinción (artículo 79, fracción XX de la Ley del ISR)

H.    Organizaciones civiles y fideicomisos de apoyo económico de donatarias autorizadas (artículo 82, penúltimo párrafo de la Ley del ISR)

I.      Organizaciones civiles y fideicomisos para obras o servicios públicos (artículo 36, segundo párrafo del Reglamento de la Ley del ISR)

J.     Organizaciones civiles y fideicomisos propietarios de bibliotecas privadas con acceso al público en general (artículo 134 del Reglamento de la Ley del ISR)

K.    Organizaciones civiles y fideicomisos propietarios de museos privados con acceso al público en general (artículo 134 del Reglamento de la Ley del ISR)

L.     Organizaciones civiles y fideicomisos de desarrollo social (artículo 79, fracción XXV de la Ley del ISR)

2.      Autorizaciones para recibir donativos del Extranjero.

M.    Organizaciones civiles y fideicomisos autorizados para recibir donativos deducibles en los términos del Convenio para Evitar la Doble Imposición e Impedir la Evasión Fiscal en Materia de Impuesto sobre la Renta, suscrito por el Gobierno de los Estados Unidos Mexicanos y el Gobierno de los Estados Unidos de América (artículo 82 de la Ley del ISR vigente, antes artículo 70-B de la Ley del ISR vigente hasta el 31 de diciembre de 2001 y regla 3.10.8. de la RMF).

3.      Revocaciones.

4.      Actualizaciones.

4.1.   Cambios de Rubro

5.      Rectificaciones.

5.1.   Ejercicio 2014

5.2.   Ejercicio 2015

5.3.   Ejercicio 2016

5.4.   Ejercicio 2017

5.5.   Organizaciones que fueron incluidas en el numeral 5 de la publicación del Anexo 14 de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2016 de fecha 12 de enero de 2016.

6.      Cumplimiento de Sentencias, Recursos de Revocación y Medida Cautelar.

1.      Autorizaciones.

A.      Organizaciones civiles y fideicomisos asistenciales (artículo 79, fracción VI de la Ley del ISR)

RFC

Denominación Social

MMT080923I39

1000 Mujeres Trabajando por México, A.C.

AUR180129GF5

Agenda Urbana, A.C.

ALO001025M70

Ajal Lol, A.C.

AMH100708DV0

Albergue de Migrantes Hermanos en el Camino, A.C.

ARO1612212S7

Alianza Rosa, A.C.

AVM170217JL4

Amigos de la Virgen María, A.C.

ANA0812096QA

Amigos de los Niños en Acción, A.C.

AEH171009SQ3

Amor entre Huellas, A.C.

AVE170214AB0

Angeles para Ver, A.C.

AAP180327NJ3

Ángeles, Apoyo Prehospitalario, A.C.

AAA08091161A

Apoyando a Angelitos con Autismo, A.C.

AIV1301105V1

Apoyando Iniciativas Veracruzanas, A.C.

AMS150930FP5

Apoyo a Mujeres en Salud del Seno, A.C.

AYO100908426

Apoyo y Orientación por Ti Mujer, A.C.

AAA1806066F9

ASFM Alumni Association, A.C.

AAB960212LK0

Asilo de Ancianos el Buen Samaritano, A.C.

ADR910730E76

Asilo del Divino Redentor, A.C.

AMA171009TYA

Asistencia Más Ambiente, A.C.

AAN171205ME5

Asociación Arca de Noé, I.A.P.

ACS170304UH5

Asociación Colibrí: Sueños, Alegrías, Lucha y Trabajo A.C.

AMC020611J24

Asociación Mexicana contra el Cáncer de Mama, A.C.

AMC160119BD7

Asociación Muuchxiimbal Caminando Juntos por el Autismo Ángel Benjamín Pérez Caamal, I.A.P.

ANM1310175M4

Asociación Nacional de Masoterapeutas Ciegos y Débiles Visuales, A.C.

ASS950711AL9

Asociación Sonorense para la Salud Reproductiva, A.C.

AUU180629HW5

Asociación Unidos por una Ilusión Roger Rivera, I.A.P.

AVD9606285TA

Asociación Veracruzana de Discapacitados Productivos, A.C.

AVM170120UW6

Asociación Virgen de Monte Carmelo en México, A.C.

ATC170505TH8

Avancemos y Trabajemos para el Crecimiento Social, A.C.

AME151203MS1

Ayudando a Mexicali, A.C.

AYU070221CC3

Ayudando, A.C.

BFX1709283V1

BIENESTAR FAMILIAR XOCHIPILLI, A.C.

BSA110405QDA

Burbujas de Salud. A.C.

CNU0703154G0

Camino Nuevo, A.C.

CAM1305027K2

Cana de Amor, A.C.

CAP180223FLA

Capacithadas, A.C.

CCM1701209C2

Caravana Cristiana Médica Chiapas, A.C.

CCO980114GS2

Cáritas de Córdoba, A.C.

CDB060903TK0

Casa de Descanso, El Buen Samaritano, A.C.

CHI001124321

Casa Hogar para Invidentes, A.C.

CHM00053189A

Casa Hogar para Madres Solteras, A.C.

CHR121128UI8

Casa Hogar Rayito de Luz y Esperanza, A.C.

CHT740823H62

Casa Hogar Tepeyac, A.C.

CMA1710232V2

Casa Monarca, Ayuda Humanitaria al Migrante, A.B.P.

CSC010608DT4

Casa Santa Clara, A.C.

CCD060525529

CEDEIF Centro de Desarrollo e Integración Familiar, A.C.

CAA171027HG6

Centro Aprende para La Audición, el Lenguaje y la Integración Sensorial, A.C.

CCI1703233T0

Centro CIDECI, A.C.

CCI170617EV0

Centro Comunitario para la Inclusión, A.C.

CAA170519768

Centro de Aprendizaje Ananda, A.C.

CAN180523KZA

Centro de Atención Nueva Esperanza, A.C.

OCC121015RN1

Centro de Integración Ciudadana de Saltillo, A.C.

CIF1206041E8

Centro de Inteligencia Familiar, A.C.

CRM170426BF3

Centro de Rehabilitación México-Alemania, A.C.

CID110622RF6

Centro Integral Down, A.C.

CJJ1801311J3

Centro Jemy Jukyajt, A.C.

CMR020821EX7

Centro Multidisciplinario en Rehabilitación Vallarta, A.C.

CVC171113PR5

Centro Vida de Chihuahua, A.C.

CER1607055Q7

Cerefem, A.C.

CIL070629PR4

Child, A.C.

CFR930208LC3

Ciegos Fundación Roma, A.C.

CMP150505MX4

Clínica para Menores Palo Verde, A.C.

COD021125655

CODIPERMADO, A.C.

CSE071219L7A

Colectivo Seres, A.C.

CCA180308T16

Combatiendo Carencias, A.C.

CMC1708176K8

Comedor la Misericordia de Coquimatlán, I.A.P.

CPA860207JJA

Comisión de Protección y Asistencia del Menor, A.C.

CMA990529JZ6

Conjunto Manresa, A.C.

CIS180320JR4

Consejo Internacional Sumando Venezuela, A.C.

CVO171005EA5

Construyendo Vínculos de Oportunidades, A.C.

CEC160610N60

Cultura del Esfuerzo Ciudadano Cuecac, A.C.

DRA080205E64

Dabar Radio, A.C.

DEM150223R26

Dar es más que Ayudar, A.C.

DPE121205QX0

Desarrollando, Promoviendo e Impulsando D-Proim en Apoyo a la Sociedad, la Educación, las Comunidades y la Micro Empresa, A.C.

DIM180105GG9

Desarrollo Integral para los Municipios de Yucatán, A.C.

DJA1509149R2

Despierta Jalpa, A.C.

DHS1806057W1

Difusión Hebraica Shebet Ajim, A.C.

DIS151029B72

Distriayuda, A.C.

DCM170918FX7

Distrito 4100 Asociación de Clubes, A.C.

ECO171006UU5

Ecokaans, A.C.

ECT120615J83

Entre Culturas Todos Unidos, A.C.

ETE970130F25

Estimulación Temprana Enrique de Osso, A.C.

EFU170508J60

Evolución Fundamental, A.C.

ETF171208FM8

Evolución Trans Fénix de México, A.C.

ETP141212LE5

Explora tu Potencial, A.C.

FAM170112GF2

Factores Amigables, A.C.

FHM150907AH2

Faith And Hope México, A.C.

FAE8212249W7

Familiares y Amigos de Enfermos de la Neuronamotora, A.C.

FFU160224834

Familias con Futuro, A.C.

FIA180716N72

FEDERACION INTERNACIONAL DE ASOCIACIONES CIVILES PACTO MUNDIAL, A.C.

FIV150211C96

FINEV Fundación Ine V Innovando, Nutriendo y Educando Vidas, A.C.

FMA170130ML2

Fondo Mater, A.C.

FCT180502936

Formación en Ciencia y Tecnología, A.C.

FEM050415C81

Formación Ético-Moral Monclova, A.C.

FMI130603G25

Fortalezas Michoacanas, A.C.

FEX161104IP6

Fraternidad EX-AB, A.C.

FRA8808135A4

Fratesa, A.C.

FEF170121VE3

Frida y Ericel Fundación, A.C.

FSS1705195J4

Fundación + Salud para tu Visión, I.A.P.

FCN051117PH0

Fundación 100% Natural, A.C.

FAC1610202Z2

Fundación ACAMI, A.C.

FAS161207QT3

Fundación Activo 60, A.C.

FAM120605IQ8

Fundación Apóyate En Mi, A.C.

FAG160909JU2

Fundación Ávila Gómez, A.C.

FBC1711081N6

Fundación Besa Corazones y Sonrisas, A.C.

FBN070815BW3

Fundación Bienestar para Niños y Adultos, A.C.

FBR180424A22

Fundación Buen Rancho, A.C.

FCE171110JF8

Fundación Cecilia, A.C.

FCD170131AM2

Fundación Comunitaria Don Diego, A.C.

FCS170221IJA

Fundación Conectando en su Mundo, A.C.

FCN950419PG1

Fundación Corre Niño Corre, A.C.

FCU170331KF3

Fundación Creando una Sonrisa, A.C.

FCM180322KB6

Fundación Cultural del Mariachi, A.C.

FCH180530AY7

Fundación Cultural Hiedra De Nabito, A.C.

FCC171124C11

Fundación Cultural La Chinesca, A.C.

FPA101005AJ4

Fundación del Pensamiento Arandense, A.C.

FDI151111UH6

Fundación Delia Iniestra, A.C.

FDE1708026KA

Fundación Delma, A.C.

FDJ1703178Q0

Fundación Don José Manuel Romero, A.C.

FDO160408V96

Fundación Dr. Octavio Villalobos, A.C.

FEG1608061N2

Fundación Elda Gómez, Ayúdanos a Ayudar, A.C.

FEE060614511

Fundación Empresarios por la Educación Básica, A.C.

FEB1610201E4

Fundación Estar Bien con Alma Quiroz, A.C.

FFV160502T86

FUNDACION FORTALECIENDO LOS VALORES, A.C.

FGE171127D36

Fundación Geos, I.A.S.P.

FGE150123KD4

Fundación Geroma, A.C.

FHR160623JB9

Fundación Holística Rosario Castellanos, A.C.

FIA1701237EA

Fundación Iyari Alba, A.C.

FJT100921333

Fundación Jóvenes Tlatilco, A.C.

FKA1706238P8

FUNDACION KASUGA, A.C.

FME140821769

Fundación Mazatepec de Equinoterapia, A.C.

FMB171116932

Fundación Mexicana Biomédica, A.C.

FME960502CF0

Fundación Mexicana para Evitar la Zoonosis, I.A.P.

FMP170707F18

Fundación Mexicana para la Prevención de la Violencia Intrafamiliar, A.C.

FRE150310R35

Fundación Mi Reto I.A.P.

FMJ120411985

Fundación Mujeres Jefas de Familia de Álvaro Obregón, A.C.

FNI1405309F6

Fundación Nicoya, A.C.

FOA18032231A

Fundación Organización, Apoyo y Superación, A.C.

FOP170731P75

Fundación Oribe Peralta, A.C.

FPC160331NP5

Fundación P.O.L.A. Chiver, A.C.

FAF8606029F2

Fundación para Apoyo a la Formación de la Infancia, A.C.

FFV180306SV7

Fundación para el Fomento de los Valores con Armonía, A.C.

FAI1709117L2

Fundación para la Atención e Inclusión del Adulto Mayor, A.C.

FEM170131N80

Fundación para la Educación de Mujeres y Niños, I.A.S.P.

FID171123H55

Fundación para la Inclusión y Desarrollo de Personas con Discapacidad, A.C.

FVM170323RQ9

Fundación para Ver Mejor, A.C.

FPD180206KP0

Fundación Potencia y Desarrollo Humano, A.C.

FPM170630D84

Fundación Punta Mita Apoyo a la Salud, A.C.

FRF171013FT7

Fundación Ramiro Florencio Briceño López, A.C.

FSL1705159EA

Fundación Siete Leguas, A.C.

FTZ170623LA5

Fundación Teresianas de Zamora, A.C.

FTS1708295K1

Fundación Todos Somos Tabasco, A.C.

FTO160322IT4

Fundación Toledo, A.C.

FVD180531973

Fundación Vero, Diego y Mia, A.C.

FVV000809TS8

Fundación Vida y Valores, A.C.

FVU160713ML4

Fundación Viste Un Corazón, A.C.

FVI1608081B9

Fundación Vívelo, A.C.

FYA131017DE1

Fundación Yakar, A.C.

FVA1609149G5

Fusionando Valores, A.C.

GPS171009GW3

Grupo Pienza Sostenible, A.C.

GMC9101191K7

Guardería Matehuala, A.C.

HAB180227RU3

Hablaré, A.B.P.

HGH170921H81

Hana-Hogar de Asistencia a Niños y Adolescentes, A.C.

HSO120417NP6

Hermosiarte Sonora, A.C.

HTT160930MP3

Hidrocálido Te Toca, A.C.

HAM141029RG7

Hogar de Ángeles MXL, A.C.

HIJ880325B24

Hogares Infantiles y Juveniles Calasanz, A.C.

IID121005MF4

IDEHMS Instituto de Desarrollo Humano Multidisciplinario de Sinaloa, A.C.

ISE170922AN6

Ilusiones, Sueños y Esperanzas, A.C.

ISB160429GI5

Impulsadora Sustentable para la Biodiversidad Inerme, A.C.

IDI160901IS7

Impulso Digno, A.C.

IAD1104152G4

Impulso, Agencia para el Desarrollo Regional, A.C.

IAX140428EM2

Iniciativa Agroecológica Xochimilco, A.C.

ICI170308B25

INSTITUTO CIRPLASTICAMEXICO, A.C.

IDH180427QV8

Instituto de Desarrollo Humano Popocatépetl, A.C.

IHA170615583

Instituto de Hidroponia y Agricultura Urbana, A.C.

IDX011105TB9

Instituto Down Xalapa, A.C.

IED150724TQ1

Instituto Estatal del Deporte de la Clase Obrera de Baja California, A.C.

IJD781014PY3

Instituto José David, A.C.

IMS990104JT8

Instituto Médico Social San Francisco de Asís, A.C.

JFF161202NRA

Juntos Fortaleciendo el Futuro de México A.C.

JLU130725AQ2

Juntos Logrando un México Nuevo, A.C.

JAS0507201Z0

JUPV Aprender para Ser Mejores, A.C.

KAL171003GY0

Kalimori, A.C.

KRG1009158VA

Koli Residencia Geriátrica A.C.

ANI941020AL7

La Alegría de los Niños, I.A.P.

EGT141128HJA

La Equidad de Género en la Transformación de México, A.C.

LRA090323UQ8

La Llave Centro de Rehabilitación para Alcohólicos y Drogadictos, A.C.

RFV170406A4A

La Red Fénix Va por Ti, A.C.

VDM180514SV4

La Viña 2000, A.C.

LMO160616P72

Libélulas en Movimiento, A.C.

ODI050203C81

Los Ojos de Dios, A.C.

MAG0401142T4

Magnanimitas, A.C.

MTA170621TW6

Magnolias en Tu Ayuda, A.C.

MPS080626RK5

Maná Producciones Siglo XXI, A.C.

MMF1711096N5

Margarita y Moy Fundación para el Trasplante de Hígado, A.C.

MAL8706025B2

María Almaguer, A.C.

MUE160307HT1

Marielle una Esperanza para Ti, A.C.

MAY081121NC8

Mayama, A.C.

MTI101013FF1

Mazahua para la Transformación Integral, A.C.

MAL061101PA4

Mentes con Alas, A.C.

MTH180314147

México, Tradición y Herencia en sus Sentidos, A.C.

MEH171129E75

Mujer Empieza Hoy, A.C.

MPA1707282Q2

Mujeres de Puebla con Actitud, A.C.

MTA170314CV7

Mundo de Talentos, A.C.

NAT180511S92

NATLIK, A.C.

NNH130912MQ8

NV Nivel Humano, A.C.

ONA1610274N4

ONAMICAN, A.C.

OFO170519816

One Foundation Oaxaca, A.C.

OCU081217H66

Organización de Ciudadanos Unidos Mexiquenses del Estado de México OC.U.M., A.C.

OPI930407IR4

Organización Popular Independiente, A.C.

OYD120330S6A

Organización Yacocíhuatl por la Dignidad de la Mujer y sus Derechos Humanos, A.C.

PRA171027335

P&P RACF, A.C.

PHC1612083Y0

Patronato del Heroico Cuerpo de Bomberos de San José del Cabo, Baja California Sur, A.C.

PFC2212278Y2

Patronato Félix Cuevas, I.A.P.

PVH180417F30

Patronato y Voluntariado del Hospital Pediátrico de Sinaloa, A.C.

PFL121110L29

PI-HAHIROT Fronteras de Libertad Centro Comunitario para la Asistencia de la Salud, A.C.

PAY171027RJ0

POLO ANGELS YUCATÁN, A.C.

CIE140410IV4

Por el Camino de la Igualdad entre Mujeres y Hombres, A.C.

UMS1307254K9

Por un México sin Diabetes, A.C.

PSI170703NJ0

Prevenir para ser Independiente, A.C.

PJO061011B8A

Pro-Familia de Jornaleros, I.A.P.

PDT140811FI4

Promoción y Desarrollo del Talento Deportivo, A.C.

PAJ9010228GA

Promotora de Apoyo a la Juventud Institución de Asistencia Privada

PES170318JL7

Promoviendo Esperanza, A.C.

RVI1707049J3

Recreando La Vida, A.C.

RCC160118652

Red Comunitaria por la Ciudadanía, A.C.

RMI161226SQ6

Red de Mujeres por la Igualdad Sustantiva, A.C.

RMG160406PUA

Refugio para Mascotas Good Boy, A.C.

RTR180313E90

Rescate y Tenencia Responsable, A.C.

RRF971003GQ2

Residencia Rosa Fernández Veraud, I.A.P.

PIT14070967A

Sabhee Kee Sabha, A.C.

SAN1806181A4

Salvando Ángeles, A.C.

SAP171011635

Science & Prosperity, A.C.

SIM091106NW5

Servicios Integrales Menonitas A.C.

SDE171114MF2

Siempre Despiertos, A.C.

SVB171113T17

Soles de Villa Bonita, A.C.

SLU131223FI4

Somos Lindavista Unida, A.C.

SIN170911GG9

Sonrisas Inesperadas, A.C.

SOS1609239U1

Sostelar, A.C.

SES051129CZ5

Sueños y Esperanzas, A.C.

TCA090220IA2

Tejedoras de Cambios, A.C.

TJS170124918

Tocando Juntos + Vidas, A.C.

TMT150906AI8

Todas las Manos, Todas las Voces, A.C.

TTU171215714

Todos Tenemos un Ángel, I.A.P.

TOD1503055ZA

Trabajo Objetivo Detonante de Oportunidades para Servir, A.C.

TAD150525556

Transformando la Atención a la Diversidad, A.C.

TMV131121R55

Tu Mejor Vida, A.C.

UNK161031U97

U NEEK´I KUXTAL, A.C.

UGA1608068R4

Un Grito de Angustia, A.C.

URD091117CC5

Un Regalo de Dios, A.C.

USC151213UJA

Un Solo Corazón de Aguascalientes, A.C.

UAI120314T28

Unidos por Aitana, A.C.

UMF140522U70

Uniendo Manos Formando Caminos, A.C.

UAI1804209A1

Union de Artesanos Indigenas CDMX A.C.

UDS1005255U9

Unión por la Dignidad Social, A.C.

USM16042346A

Uno de Siete Migrando, A.C.

VJT1405206P4

Vamos Juntos, Ten Confianza, A.C.

VIN1805087B3

Venes Indhy, A.C.

VFQ151118KZ9

Vida y Familia de Quintana Roo, A.C.

VED161109SP3

Virtus Educativo, A.C.

VES1805115H4

Voluntariado con Estrella, A.C.

VIE020530EZ8

Voluntariado Internacional de Educación Solidaria de México, A.C.

VVB9502205P3

Voluntarias Vicentinas de Baja California, A.C.

VVQ750711BJ4

Voluntarias Vicentinas de Querétaro, A.C.

YOU150305D64

Youkali, A.C.

 

B.            Organizaciones civiles y fideicomisos educativos (artículo 79, fracción X de la Ley del ISR)

RFC

Denominación Social

AME120619IX3

Asociación de Maestros Escuela Normal Camilo Arriaga A.C.

ASM960713GZ4

Asociación Santa María de Guadalupe, A.C.

CEA041123QN5

Centro de Estudios del Atlántico, S.C.

CAZ780123L4A

Colegio Azcapotzalco, A.C.

CAI080716V92

Colegio de las Américas de Ixtlán, Mich., A.C.

CPP630318C61

Colegio Progreso de Puebla, A.C.

CTE820125DN5

Colegio Tenosique, A.C.

CTA881121EEA

Colegio Teresa de Ávila de Tizimín, A.C.

CSU631111A7A

Cultural Sucre, A.C.

EEN7401283C1

Escuela de Enfermeras de Guadalupe, A.C.

EPG970324RK8

Escuela Preparatoria General Enrique Esqueda, A.C.

FEI100317IE7

Filantrópica y Educativa del Istmo, A.C.

FES1112158Z3

Filantrópica y Educativa del Sur de Chiapas, A.C.

FIV951128GZA

Formación Integral Vasco de Quiroga de Tacámbaro, A.C.

ICM6401272B3

Instituto Cultural Manuel José Othón, A.C.

IES030623IL1

Instituto de Estudios Superiores en Dirección de Empresas de México A.C.

IMR6302286G7

Instituto Mexicano Regina, A.C.

PET0106224S7

Palmares Escuela Técnica, A.C.

PED621210294

Provisora Educativa, A.C.

RIE120511GF1

Red de Investigadores en Educación de la Frontera, A.C.

RJO640619VEA

Regional de Jonotla, A.C.

UEB820625B99

Unidad Escolar Benavente, A.C.

AEP0308128Z3

Universidad de Ciencias y Artes del Potosí A.C.

 

C.      Organizaciones civiles y fideicomisos para la investigación científica o tecnológica (artículo 79, fracción XI de la Ley del ISR)

RFC

Denominación Social

CDE110316DZ6

Centro de Estudios Eugenio Garza Sada, A.C.

CIT1502023A0

CT Innovación y Transferencia Tecnológica de Campeche, S.C.

FSP961224749

Fondo para la Superación Profesional, A.C.

 

D.     Organizaciones civiles y fideicomisos culturales (artículo 79, fracción XII de la Ley del ISR)

RFC

Denominación Social

TDD180320S82

3 D 2 Fomento Cultural, A.C.

ADM110630673

Academia de Música Benning, A.C.

ASE180409CYA

Ania Sewua, A.C.

AUT170209HF5

Armando Un Teatro, A.C.

ARS160524AG1

Arsgames, A.C.

ADS170622UZ2

Arte y Danza Sinaloa, A.C.

AAR170922TB3

Asociación Articultural, A.C.

ACR140626TS4

Asociación de la Comunidad Rumana en México A.C.

BCA1012159S7

British Council Asociados, A.C.

CCR171106QQ2

Centro Cultural Rosa de los Vientos, A.C.

CGS150709SI1

Ciudadanía y Gerencia Social, A.C.

CQN160728P98

CQNL, A.C.

PCC110117UC3

El Principio, Cine y Cultura, A.C.

EES990210L3A

Espacio Espiral, A.C.

FMC891024RP6

Festival de México en el Centro Histórico, A.C.

FPC1707207Q6

Festival de Piano Cibar, A.C.

FCC170815PF7

Fomento Cultural al Cine de Autor, A.C.

FAF110608GZ7

Fundación a Favor del Cine y Teatro Mexicano, A.C.

FCG1803021F4

Fundación Cultural Grupo BMV, A.C

FCS180719977

Fundacion Cultural y Social Abraxas Mexico A.C.

FDC170215LQ1

Fundación de Difusión Cultural Tercera Llamada Acción, A.C.

FIC1505118F1

Fundación de la Industria de la Construcción del Estado de México, A.C.

FEP0810247Y2

Fundación Elena Poniatowska Amor, A.C.

FED171116M39

Fundación Escultor David Camorlinga, A.C.

FMA180424NTA

Fundación Mujer Acción Valiente, A.C.

FSM1808248I1

Fundación Santamaría Morales, A.C.

FYO130225GW0

Fundación Yogasomostodos, A.C.

HMC170316NU8

Herrmanndad Musical y Cultural, A.C.

ISU170301N46

Interacción Sustentable, A.C.

ICU140703AP4

Interred Cultural, A.C.

KEL1710105HA

K'elwanel, A.C.

CTA121019TN1

La Cultura de la Tauromaquia, A.C.

LDT160721UD0

Little Downs TRI21, A.C.

MPA160503CH9

MasterPeace Paz y Arte, A.C.

MLU080116BQ2

Mujeres por la Libertad y un Bienestar para Todos, A.C.

PTO171207RTA

Papalote Para Todos, I.A.P.

PMT180626RK4

Patronato del Museo Tamayo de Oaxaca, A.C.

PPC931007DK1

Patronato Pro-Construcción Catedral de Tijuana, A.C.

PCC170524C59

Plataforma Cultural Comunitaria, A.C.

PSC130529T93

Programa Social, C.C. Border y Discoteca M.M., A.C.

PCV110414FA3

Promotora Cultural Vivarte, A.C.

TEA060116FB9

Teatrubu A.C.

TLO171006IG3

Tribu Lobo, A.C.

UMA1611185B3

Union de Musicos, Artistas y Trabajadores del Entretenimiento de Mazatlan, A.C.

VLP180320LV0

Vértice. Laboratorio de Prácticas Artísticas Contemporáneas, A.C.

VSM171221KC9

Voces y Sonidos Mágicos de Huasca, A.C.

 

E.      Organizaciones civiles y fideicomisos becantes (artículos 79, fracción XVII y 83 de la Ley del ISR)

RFC

Denominación Social

AEL110608995

Apoyo Educativo LCH, A.C.

AAC180608NR3

Arcis Academia, A.C.

BRA1111105M7

Becas, Recursos y Apoyos, A.C.

CCE180713D34

Comunidad Cedart, A.C.

FAK021009BD0

Fundación Alberto Kalach, A.C.

FDR1612076Q5

Fundación Desarrollo a Razón de la Educación Aplicada en México, A.C.

FEJ140922IX3

Fundación Educo a los Jóvenes de México, A.C.

FFG1102038X3

Fundación Flores Galarza, A.C.

FPO960828SY0

Fundación Politécnico, A.C.

FVM180320K70

Fundación Vamos México David Kershenobich, A.C.

HCE170712KY3

Hotel con Corazón Educación, A.C.

SQC180302TJ1

Soñadores Que Coinciden, A.C.

 

F.      Organizaciones civiles y fideicomisos ecológicos (artículo 79, fracción XIX de la Ley del ISR)

RFC

Denominación Social

DMC1804233N4

2050 El Equilibrio Hidrológico Cuenta, A.C.

AKO1008169L6

Amigos de Kolijke, A.C.

AMA100118LQA

Amigos de Majalca, A.C.

ASM080606DY2

Asociación de Silvicultores Montañas y Bosques de Chiapas, A.C.

CWC150918RX8

Casa Wayuu Centro de Aprendizaje para la Conservación del Medio Ambiente, A.C.

CDS090909DG7

Centro para el Desarrollo Social y la Sustentabilidad Nuiwari, A.C.

CCC161114AP6

Ciencia y Comunidad por la Conservación, A.C.

CRM110104S40

Club Rotario del Medio Día, A.C.

CMB170720GG3

Colonos de las Montañas y El Bosque de Valle de Bravo, A.C.

EPR0609141M1

Ecology Project, A.C.

FAL1708082G2

Fundación Adiós a la Leña, A.C.

FPD151208612

Fundación para Pesca Deportiva, Conservación e Investigación Marina Masters del Golfo, A.C.

FSA0806135W9

Fundación Somos Agua, A.C.

LIC1709182N6

Laboratorio de Invención para la Ciudad, A.C.

OCE171020EY7

Organización por la Cooperación Ecológica, A.C.

PCA1705087W4

Permaterra Campeche, A.C.

ENA9209115B0

Sociedad Ecológica de Nayarit, A.C.

UND071004P55

Unión Nacional para el Desarrollo Sustentable del Campesino, A.C.

 

H.      Organizaciones civiles y fideicomisos de apoyo económico de donatarias autorizadas (artículo 82, penúltimo párrafo de la Ley del ISR)

RFC

Denominación Social

CSO180529RDA

Cobijo y Sonrisas, A.C.

CMH670601UV9

Consejo Mexicano de Negocios, A.C.

FAF160119D54

Fundación Alpura y Filiales, A.C.

FAI180329C68

Fundación Amigos del Instituto Nacional de Enfermedades Respiratorias, A.C.

FCC971216IDA

Fundación Coca-Cola, A.C.

FCO120216CC8

Fundación Coparmex, A.C.

FCZ1710037B7

Fundación Corporación Zapata, A.C.

FCJ160302REA

Fundación Crecer Juntos, A.C.

FCM1606057AA

Fundación Heineken México, A.C.

FJJ180308722

Fundación Jorge y Julieta Aziz, A.C.

TAG090908953

Tijuana Agradecida, A.C.

 

I.        Organizaciones civiles y fideicomisos para obras o servicios públicos (artículo 36, segundo párrafo del Reglamento de la Ley del ISR)

RFC

Denominación Social

PPR1502192V9

Patronato del Parque Rufino y Olga Tamayo, A.C.

JBM0204026F0

Sociedad Jardín Botánico de los Mochis, I.A.P.

 

K.      Organizaciones civiles y fideicomisos propietarios de museos privados con acceso al público en general (artículo 134 del Reglamento de la Ley del ISR)

RFC

Denominación Social

RFB1401142Y7

Recinto de la Fama del Béisbol Mexicano, A.C.

 

L.      Organizaciones civiles y fideicomisos de desarrollo social (artículo 79, fracción XXV de la Ley del ISR)

RFC

Denominación Social

AAD051208968

ADECO, Acciones para el Desarrollo Comunitario, A.C.

AFR131104P7A

Agroconfía Fundación Rural, A.C.

AMG180413QA3

Amgaer, A.C.

ARC180321QG7

Asociación Rubio Contra la Desnutrición y la Pobreza, A.C.

ATV160829GF5

Asociación Tarjeta Verde, A.C.

CFE170427FX7

Centro de Fortalecimiento en Evaluación, A.C.

CTC161209FX9

CODAPO Toda la Comunidad de Apoyo, A.C.

CCP1608195R9

Colectivo Creativo de Política Pública Ingenia Mx, S.C.

CPC111116AL4

Comité de Participación Ciudadana para la Transparencia, A.C.

CMF091023TW8

Consejo Mexicano de la Familia, A.B.P.

CGR131015GS2

CZ Green, A.C.

FAM171227CD2

Fundación ADEMM, Mujer Mexicana, A.C.

FAM170718130

Fundación Ambientes, A.C.

FAM161216KWA

Fundación Avina México, A.C.

FEY170721E2A

Fundación Enrique Yturria García, A.B.P.

FEM180129BP9

Fundación Everis México, A.C.

FLS1608233P5

Fundación Laberinto de Sonrisas, A.C.

FNJ1601287Q3

Fundación Niñ@s y Jóvenes con Capacidades y Aptitudes Sobresalientes, A.C.

FRA1212283L4

Fundación Reinventando a México Solpi, A.C.

GBI120223M52

Genómica y Bioeconomía, A.C.

GMC160907AD2

Gremio Mexicano de Cerveceros, A.C.

HTN170707BM6

Help Today Now, A.C.

ICE170807DV8

Intercambio Cultural y Educativo, A.C.

KCO160609CY4

Kingdom Connectors A.C.

KUA170605AD3

Kualired, A.C.

NCS1306204W6

Niños Cosechando Salud, A.C.

ORA140401UG3

Oficina Regional de Amnistía Internacional, A.C.

OEA060220IS4

Organización de Educación Ambiental, A.C.

RDD150330IV8

Red en Defensa de los Derechos Digitales, A.C.

RHT180213CJ5

Rescatar Hasta Trascender, I.A.P.

SLP1412039F3

Soluciones en Legislación y Política Ambiental, A.C.

TVR170424R43

Transformando Vidas Rompiendo Paradigmas, A.C.

TWP141009SK8

TWPF, A.C.

UMA120816BXA

Unión de Mujeres Agrarias de Yucatán, A.C.

 

2.      Autorizaciones para recibir donativos del Extranjero.

M.     Organizaciones civiles y fideicomisos autorizados para recibir donativos deducibles en los términos del Convenio para Evitar la Doble Imposición e Impedir la Evasión Fiscal en Materia de Impuesto sobre la Renta, suscrito por el Gobierno de los Estados Unidos Mexicanos y el Gobierno de los Estados Unidos de América (artículo 82 de la Ley del ISR vigente, antes artículo 70-B de la Ley del ISR vigente hasta el 31 de diciembre de 2001 y regla 3.10.8. de la RMF).

RFC

Denominación Social

Objeto

MMT080923I39

1000 Mujeres Trabajando por México, A.C.

Asistencial

ASR120703B83

Acción social Ririki, A.C.

Asistencial

AUR180129GF5

Agenda Urbana, A.C.

Asistencial

ALO001025M70

Ajal Lol, A.C.

Asistencial

ARO1612212S7

Alianza Rosa, A.C.

Asistencial

ANA0812096QA

Amigos de los Niños en Acción, A.C.

Asistencial

AMA100118LQA

Amigos de Majalca, A.C.

Ecológica

AYO100908426

Apoyo y Orientación por Ti Mujer, A.C.

Asistencial

AUT170209HF5

Armando Un Teatro, A.C.

Cultural

AAB960212LK0

Asilo de Ancianos el Buen Samaritano, A.C.

Asistencial

AAR170922TB3

Asociación Articultural, A.C.

Cultural

AAP6208224A5

Asociación de Asistencia Privada OSE, Organización de Servicio a Enfermos, Institución de Asistencia Privada

Asistencial

AME120619IX3

Asociación de Maestros Escuela Normal Camilo Arriaga A.C.

Educativa

ANM1310175M4

Asociación Nacional de Masoterapeutas Ciegos y Débiles Visuales, A.C.

Asistencial

AVD9606285TA

Asociación Veracruzana de Discapacitados Productivos, A.C.

Asistencial

ATC170505TH8

Avancemos y Trabajemos para el Crecimiento Social, A.C.

Asistencial

BAM961115J85

Banco de Alimentos de Mérida, A.C.

Asistencial

BNU091216CG0

Bosque Nuboso, A.C.

Ecológica

BSA110405QDA

Burbujas de Salud. A.C.

Asistencial

CNU0703154G0

Camino Nuevo, A.C.

Asistencial

CAC990203S89

Casa Amiga, Centro de Crisis, A.C.

Asistencial

CDB060903TK0

Casa de Descanso, El Buen Samaritano, A.C.

Asistencial

CHR121128UI8

Casa Hogar Rayito de Luz y Esperanza, A.C.

Asistencial

CHT740823H62

Casa Hogar Tepeyac, A.C.

Asistencial

CMA1710232V2

Casa Monarca, Ayuda Humanitaria al Migrante, A.B.P.

Asistencial

CSC010608DT4

Casa Santa Clara, A.C.

Asistencial

CWC150918RX8

Casa Wayuu Centro de Aprendizaje para la Conservación del Medio Ambiente, A.C.

Ecológica

CCD060525529

CEDEIF Centro de Desarrollo e Integración Familiar, A.C.

Asistencial

CIE110520AM6

Cenáculo de Integración EMAUS, A.C.

Asistencial

CAA170519768

Centro de Aprendizaje Ananda, A.C.

Asistencial

CEC990414P10

Centro de Educación y Cultura de Culiacán S.C.

Educativa

CEA041123QN5

Centro de Estudios del Atlántico, S.C.

Educativa

CIF1206041E8

Centro de Inteligencia Familiar, A.C.

Asistencial

CID110622RF6

Centro Integral Down, A.C.

Asistencial

CDS090909DG7

Centro para el Desarrollo Social y la Sustentabilidad Nuiwari, A.C.

Ecológica

CVC171113PR5

Centro Vida de Chihuahua, A.C.

Asistencial

COD021125655

CODIPERMADO, A.C.

Asistencial

CSE071219L7A

Colectivo Seres, A.C.

Asistencial

CHL640124BZ9

Colegio Hidalgo de León, A.C.

Educativa

CPP630318C61

Colegio Progreso de Puebla, A.C.

Educativa

CTA881121EEA

Colegio Teresa de Ávila de Tizimín, A.C.

Educativa

CCA180308T16

Combatiendo Carencias, A.C.

Asistencial

CMC1708176K8

Comedor la Misericordia de Coquimatlán, I.A.P.

Asistencial

CPA860207JJA

Comisión de Protección y Asistencia del Menor, A.C.

Asistencial

CPC111116AL4

Comité de Participación Ciudadana para la Transparencia, A.C.

Desarrollo Social

CCR880322IJ8

Comunidad Crecer, I.A.P.

Asistencial

CSI010131FK1

Comunidad de Sinaí, I.A.P.

Asistencial

CAE170825RF1

Conjunto de Artes Escénicas, A.C.

Cultural

CMA990529JZ6

Conjunto Manresa, A.C.

Asistencial

COR9907144J8

Cordem, A.B.P.

Becante

DRA080205E64

Dabar Radio, A.C.

Asistencial

DEM150223R26

Dar es más que Ayudar, A.C.

Asistencial

DSA140609JF9

Descubriendo al Ser Através del Conocimiento, A.C.

Asistencial

EPR0609141M1

Ecology Project, A.C.

Ecológica

PCC110117UC3

El Principio, Cine y Cultura, A.C.

Cultural

FPC1707207Q6

Festival de Piano Cibar, A.C.

Cultural

FEI100317IE7

Filantrópica y Educativa del Istmo, A.C.

Educativa

FUI790322DG6

Fondo Unido, I.A.P.

Asistencial

FEF170121VE3

Frida y Ericel Fundación, A.C.

Asistencial

FAF110608GZ7

Fundación a Favor del Cine y Teatro Mexicano, A.C.

Cultural

FAL1708082G2

Fundación Adiós a la Leña, A.C.

Ecológica

FAM120605IQ8

Fundación Apóyate En Mi, A.C.

Asistencial

FAG160909JU2

Fundación Ávila Gómez, A.C.

Asistencial

FCS170221IJA

Fundación Conectando en su Mundo, A.C.

Asistencial

FCU170331KF3

Fundación Creando una Sonrisa, A.C.

Asistencial

FCM180322KB6

Fundación Cultural del Mariachi, A.C.

Asistencial

FCC171124C11

Fundación Cultural La Chinesca, A.C.

Asistencial

FDC170215LQ1

Fundación de Difusión Cultural Tercera Llamada Acción, A.C.

Cultural

FDI151111UH6

Fundación Delia Iniestra, A.C.

Asistencial

FDO160408V96

Fundación Dr. Octavio Villalobos, A.C.

Asistencial

FMB171116932

Fundación Mexicana Biomédica, A.C.

Asistencial

FMS8506228M3

Fundación Mexicana para la Salud, A.C.

Investigación Científica o Tecnológica

FMA180424NTA

Fundación Mujer Acción Valiente, A.C.

Cultural

FNI1405309F6

Fundación Nicoya, A.C.

Asistencial

FOA18032231A

Fundación Organización, Apoyo y Superación, A.C.

Asistencial

FOP170731P75

Fundación Oribe Peralta, A.C.

Asistencial

FAF8606029F2

Fundación para Apoyo a la Formación de la Infancia, A.C.

Asistencial

FAI1709117L2

Fundación para la Atención e Inclusión del Adulto Mayor, A.C.

Asistencial

FPD151208612

Fundación para Pesca Deportiva, Conservación e Investigación Marina Masters del Golfo, A.C.

Ecológica

FPD180206KP0

Fundación Potencia y Desarrollo Humano, A.C.

Asistencial

FPM170630D84

Fundación Punta Mita Apoyo a la Salud, A.C.

Asistencial

FRF171013FT7

Fundación Ramiro Florencio Briceño López, A.C.

Asistencial

FTO160322IT4

Fundación Toledo, A.C.

Asistencial

FYO130225GW0

Fundación Yogasomostodos, A.C.

Cultural

GAC150624MM9

Grupo de Ayuda Convicción por México, A.C.

Asistencial

HAB180227RU3

Hablaré, A.B.P.

Asistencial

HGH170921H81

Hana-Hogar de Asistencia a Niños y Adolescentes, A.C.

Asistencial

HTA740801BZ8

Hospitales de la Tarahumara, A.C.

Asistencial

IID121005MF4

IDEHMS Instituto de Desarrollo Humano Multidisciplinario de Sinaloa, A.C.

Asistencial

ISB160429GI5

Impulsadora Sustentable para la Biodiversidad Inerme, A.C.

Asistencial

IAX140428EM2

Iniciativa Agroecológica Xochimilco, A.C.

Asistencial

ICI170308B25

INSTITUTO CIRPLASTICAMEXICO, A.C.

Asistencial

ICL900103B49

Instituto Cumbres de León, S.C.

Educativa

IDH180427QV8

Instituto de Desarrollo Humano Popocatépetl, A.C.

Asistencial

IHA170615583

Instituto de Hidroponia y Agricultura Urbana, A.C.

Asistencial

ILA620917KT4

Instituto de la Laguna, A.C.

Educativa

IED150724TQ1

Instituto Estatal del Deporte de la Clase Obrera de Baja California, A.C.

Asistencial

JPC900914D18

Junta Particular de Caridad de Teziutlán. I.B.P.

Asistencial

JFF161202NRA

Juntos Fortaleciendo el Futuro de México A.C.

Asistencial

JLU130725AQ2

Juntos Logrando un México Nuevo, A.C.

Asistencial

MAG0401142T4

Magnanimitas, A.C.

Asistencial

MTA170621TW6

Magnolias en Tu Ayuda, A.C.

Asistencial

MPS080626RK5

Maná Producciones Siglo XXI, A.C.

Asistencial

MMF1711096N5

Margarita y Moy Fundación para el Trasplante de Hígado, A.C.

Asistencial

MUE160307HT1

Marielle una Esperanza para Ti, A.C.

Asistencial

NAT180511S92

NATLIK, A.C.

Asistencial

NNH130912MQ8

NV Nivel Humano, A.C.

Asistencial

OFO170519816

One Foundation Oaxaca, A.C.

Asistencial

OCU081217H66

Organización de Ciudadanos Unidos Mexiquenses del Estado de México OC.U.M., A.C.

Asistencial

PMN0405122V9

Patronato del Museo Nacional de Antropología, A.C.

Cultural

PFL121110L29

PI-HAHIROT Fronteras de Libertad Centro Comunitario para la Asistencia de la Salud, A.C.

Asistencial

PCC170524C59

Plataforma Cultural Comunitaria, A.C.

Cultural

PAY171027RJ0

POLO ANGELS YUCATÁN, A.C.

Asistencial

UMS1307254K9

Por un México sin Diabetes, A.C.

Asistencial

PSJ150116PL1

Pro Salud Juvenil, A.C.

Asistencial

PJO061011B8A

Pro-Familia de Jornaleros, I.A.P.

Asistencial

PDT140811FI4

Promoción y Desarrollo del Talento Deportivo, A.C.

Asistencial

PAJ9010228GA

Promotora de Apoyo a la Juventud Institución de Asistencia Privada

Asistencial

PES170318JL7

Promoviendo Esperanza, A.C.

Asistencial

RCC160118652

Red Comunitaria por la Ciudadanía, A.C.

Asistencial

RIE120511GF1

Red de Investigadores en Educación de la Frontera, A.C.

Educativa

RRF971003GQ2

Residencia Rosa Fernández Veraud, I.A.P.

Asistencial

PIT14070967A

Sabhee Kee Sabha, A.C.

Asistencial

SEA160509U42

SEA&REEF, A.C.

Ecológica

ASI990511DHA

Sociedad Artística Sinaloense, A.C.

Cultural

ENA9209115B0

Sociedad Ecológica de Nayarit, A.C.

Ecológica

SVB171113T17

Soles de Villa Bonita, A.C.

Asistencial

SOS1609239U1

Sostelar, A.C.

Asistencial

TTU171215714

Todos Tenemos un Ángel, I.A.P.

Asistencial

TAD150525556

Transformando la Atención a la Diversidad, A.C.

Asistencial

TLO171006IG3

Tribu Lobo, A.C.

Cultural

UNK161031U97

U NEEK´I KUXTAL, A.C.

Asistencial

AEP0308128Z3

Universidad de Ciencias y Artes del Potosí A.C.

Educativa

USC910624DP6

Universidad La Salle Cuernavaca, A.C.

Educativa

VSM171221KC9

Voces y Sonidos Mágicos de Huasca, A.C.

Cultural

VES1805115H4

Voluntariado con Estrella, A.C.

Asistencial

VIE020530EZ8

Voluntariado Internacional de Educación Solidaria de México, A.C.

Asistencial

 

3.      Revocaciones.

RFC

Denominación Social

Objeto

AZA010612G91

Amanc Zacatecas, A.C.

Asistencial

ACU141023J74

Anahuacalli, la Cultura para Unir al Pueblo, A.C.

Cultural

ACM680215RQ8

Asociación Cultural Mixe, A.C.

Asistencial

AMA1105312X6

Asociación Magisterial Arte y Gestión, A.C.

Cultural

AIQ140526TCA

Ayuda a la Iglesia que Sufre, A.C.

Apoyo Económico

BPC150424DK2

Border Plex de Ciudad Juárez, A.C.

Desarrollo Social

BHG080124418

Boys Hope Girls Hope, A.B.P.

Asistencial

BSO011130LW6

Buscando Sonrisas, A.C.

Asistencial

CGL080213CF7

Campaña Global por la Libertad de Expresión A19, A.C.

Asistencial

CEN991209D5A

Casa Esperanza para Niños, I.A.P.

Asistencial

CCA101020RR0

Centro Comunitario y Asistencia Social Lomas de San Agustín, A.C.

Asistencial

CCA021211NJ4

Centro Cultural Arocena Laguna, A.C.

Cultural

CDC940129F53

Centro de Desarrollo Comunitario Centeotl, A.C.

Cultural

CDI060502K73

Centro de Desarrollo Infantil Erikson, A.C.

Educativa

CEE681118851

Centro de Estudios Ecuménicos, A.C.

Desarrollo Social

CFI0204296S1

Centro de Formación Integral con Albergue CEFIA, A.C.

Asistencial

CEL890615FC2

Centro Educacional Laura Vicuña, A. C.

Educativa

CEC9209146G1

Centro Educativo de Cotija, S.C.

Educativa

CEP130416VB0

Centro Educativo y Psicológico de Arte y Movimiento, A.C.

Cultural

CEE881021RQ7

Centro Escolar El Encino, A.C.

Educativa

CHS901031UQ8

Centro Hospitalario de San José, A.C.

Asistencial

CIC941011TL6

Centro Infantil Cuautlamingo, A.C.

Asistencial

CDA071204DF6

Centro para el Desarrollo del Autoempleo, A.C.

Asistencial

CUU000901KK7

Centro Universitario Une Milenio, A.C.

Educativa

CAM911211UK5

Colegio Ana María Gómez Campos de San Luis, A.C.

Educativa

CEM020904AZ1

Colegio Eucarístico Mercedario, A.C.

Educativa

CJA630524LD9

Colegio Juana de Asbaje de Zamora, A.C.

Educativa

CMC630622TS9

Colegio Motolinia de Comalcalco, A.C.

Educativa

CAN880202ME6

Comité de Asistencia al Niño Desnutrido, A.C.

Asistencial

CSA9908276I5

Compromiso, Solidaridad y Ayuda Social, A.C.

Asistencial

CMH670601UV9

Consejo Mexicano de Negocios, A.C.

Apoyo Económico

CCA0708222C3

Cultura Cabal, A.C.

Asistencial

RBA100126MM2

Desafío al Cambio Nuevo León, A.C.

Asistencial

DEU140331RX0

Desarrollo para la Educación y Profesionalización, A.C.

Becante

DCO1004133A2

Deseos del Corazón, A.C.

Asistencial

DCM120622IQ1

Distrito 4130 México Ayudando, A.C.

Asistencial

EAC1409027W9

Egiptanos, Arte y Consultoría, A.C.

Cultural

CEN920127Q79

En la Comunidad Encuentro, A.C.

Asistencial

EDM000908436

Enlace Distrofia Muscular Duchenne Bekcer, A.C.

Asistencial

EEP9103051J1

Escuela de Enfermería Pablo de Anda del Centro A.C.

Educativa

ESS020712SYA

Escuela La Salle de Saltillo, A.C.

Educativa

FMC891024RP6

Festival de México en el Centro Histórico, A.C.

Cultural

FEO0005313Z4

Filantrópica y Educativa de Oaxaca, A.C.

Educativa

FUM140603VD8

Forjando un Mundo Feliz, A.C.

Asistencial

FAS711206R81

Formación y Asistencia, A.C.

Asistencial

FCA940621RL6

Fortaleza Centro de Atención Integral a la Mujer, I.A.P.

Asistencial

FRA8808135A4

Fratesa, A.C.

Asistencial

FBH920229LW7

Fundación Bringas-Haghenbeck, I.A.P.

Asistencial

FCE070911160

Fundación Chespirito, I.A.P.

Asistencial

FCP0007269J5

Fundación Comunitaria Puebla, I.B.P.

Apoyo Económico

FAI090603MJ2

Fundación de Atención Infantil, A.C.

Asistencial

FAY811211PF5

Fundación de Ayudas, I.A.P.

Asistencial

FUI111214HP0

Fundación de la Universidad Intercontinental, A.C.

Becante

FEM150821Q64

Fundación Equipando a México, A.C.

Asistencial

FMA1504087N2

Fundación Mandala, A.C.

Asistencial

FMP1411106B3

Fundación Mar para Personas con Diferentes Discapacidades en el Mundo, A.C.

Asistencial

FNM080131327

Fundación Nacional de Mujeres por la Salud Comunitaria A.C.

Asistencial

FPA910924I81

Fundación Padre Ángel Vasconcelos, A.C.

Asistencial

FRP881103S83

Fundación Roberto Pla Inchausti, I.A.P.

Asistencial

FRL851216DU1

Fundación Rotaria de la Laguna, A.C.

Asistencial

FRI960422UV8

Fundación Rougier, I.A.P.

Asistencial

FTP160209NQ6

Fundación Tsikuri Padme, I.A.P.

Asistencial

GDM980224UY4

Galilea 2000, A.C.

Asistencial

ICA060814CE1

Impulsora de la Cultura y de las Artes, I.A.P.

Cultural

IME070403AQA

Incluyendo México, A.C.

Asistencial

IPM630320GD3

Institución Providencial de México, A.C.

Asistencial

ISI0804033G5

Instituto de Seguridad en Internet, A.C.

Asistencial

IEM640103835

Instituto Excélsior de Monterrey, A.C.

Educativa

GEN7811067P4

Instituto Gen, A.C.

Asistencial

IGI6304191HA

Instituto Guadalupe Insurgentes, A.C.

Educativa

IJD781014PY3

Instituto José David, A.C.

Educativa

IZS9301014Q9

Instituto Zacatecano para la Senectud, A.C.

Asistencial

LCO1505291D7

Laboratoria Coding, A.C.

Asistencial

ODI050203C81

Los Ojos de Dios, A.C.

Asistencial

PAC110224CX6

Los Pedregales en Acción, A.C.

Asistencial

MMO8104031K1

María Montessori, A.C.

Educativa

MAY081121NC8

Mayama, A.C.

Asistencial

MAL061101PA4

Mentes con Alas A.C.

Asistencial

MIT980211I19

Museo Interactivo Tijuana, A.C.

Museos Privados con acceso al público en general

NME020625FN8

Norteños en Mezquital, A.C.

Asistencial

OIA960814UL7

Okichpipil In Ayotochtli, A.C.

Asistencial

OBM080725N89

Operación Bendición México, A.C.

Asistencial

PJA941011V12

Paso del Jardín, A.C.

Asistencial

POS9602126K3

Patronato de la Orquesta Sinfónica del Estado de México, A.C.

Cultural

PEH610404FR0

Patronato Emilio Huerta Corujo, I.A.P.

Asistencial

PDA960702SX5

Patronato para el Desarrollo Agropecuario de Guanajuato, A.C.

Apoyo Económico

PBI130219HS9

Pro Biodiversidad, A.C.

Asistencial

PPX1307236Z0

Procesos Proambientales Xaquixe, A.C.

Ecológica

PAJ9010228GA

Promotora de Apoyo a la Juventud, Institución de Asistencia Privada

Asistencial

PMS1510091V1

Proyecto Mixteca Sustentable, A.C.

Desarrollo Social

REC140919LP0

Recudemex, A.C.

Cultural

RCS130604UD9

Renace Capítulo San Luis Potosí, A.C.

Asistencial

RJC101203KQ9

RJCG, A.C.

Asistencial

STU930112IR2

Santiago Tuxpan, A.C.

Asistencial

SEA0708014S4

Servir es Ayudar S.C.

Apoyo Económico

SAB680222B61

Sociedad Americana de Beneficencia, I.A.P.

Asistencial

JBM0204026F0

Sociedad Jardín Botánico de los Mochis, I.A.P.

Obras o Servicios Públicos

SMN6210268W5

Sociedad Mexicana de Nutrición y Endocrinología, A.C.

Investigación Científica o Tecnológica

SES051129CZ5

Sueños y Esperanzas, A.C.

Asistencial

TEA070521446

Teatrosinparedes, A.C.

Cultural

ULA901102DN4

Universidad Latina de América, A.C.

Educativa

VJT1405206P4

Vamos Juntos, Ten Confianza, A.C.

Asistencial

VGU680614GS7

Verduzco Gutiérrez, A.C.

Educativa

VCS000316857

Voces contra el Silencio, Video Independiente, A.C.

Cultural

WEA080522582

World Education & Development Fund México, A.C.

Apoyo Económico

YKT160108S46

YKTT, A.C.

Asistencial

 

4.      Actualizaciones.

4.1. Cambios de Rubro

RFC

Denominación Social

Objeto

Anterior

Actual

CFU990311RS8

Corporativa de Fundaciones, A.C.

A

H

CFT121220HG5

Centro de Formación para el Tercer Sector, A.C.

A

L

FES9906098E4

Fundación del Empresariado Sonorense, A.C.

A

H

FCP7706292J0

Fundación Pernod Ricard México, A.C.

D

A

FDJ510127PL1

Fundación Dr. José María Álvarez, I.A.P.

A

B

FTM031017F78

Fundación Telefónica México, A.C.

A

H

IAZ150311AI0

Iluminemos de Azul, A.C.

H

A

PME901002A23

Pronatura México, A.C.

C

F

QFA970709B10

Quiera Fundación de la Asociación de Bancos de México, A.C.

A

H

 

5.      Rectificaciones.

5.1. Ejercicio 2014.

         Autorizaciones.

A.    Organizaciones civiles y fideicomisos asistenciales (artículos 79, fracción VI de la Ley del ISR)

RFC

Denominación Social

COD021125655

CODIPERMADO, A.C.

 

M.    Organizaciones civiles y fideicomisos autorizados para recibir donativos deducibles en los términos del Convenio para Evitar la Doble Imposición e Impedir la Evasión Fiscal en Materia de Impuesto sobre la Renta, suscrito por el Gobierno de los Estados Unidos Mexicanos y el Gobierno de los Estados Unidos de América (artículo 82 de la Ley del ISR vigente, antes artículo 70-B de la Ley del ISR vigente hasta el 31 de diciembre de 2001 y regla 3.10.8. de la RMF).

RFC

Denominación Social

Objeto

COD021125655

CODIPERMADO, A.C.

Asistencial

 

5.2. Ejercicio 2015.

         Autorizaciones.

A.    Organizaciones civiles y fideicomisos asistenciales (artículos 79, fracción VI de la Ley del ISR)

RFC

Denominación Social

COD021125655

CODIPERMADO, A.C.

 

M.    Organizaciones civiles y fideicomisos autorizados para recibir donativos deducibles en los términos del Convenio para Evitar la Doble Imposición e Impedir la Evasión Fiscal en Materia de Impuesto sobre la Renta, suscrito por el Gobierno de los Estados Unidos Mexicanos y el Gobierno de los Estados Unidos de América (artículo 82 de la Ley del ISR vigente, antes artículo 70-B de la Ley del ISR vigente hasta el 31 de diciembre de 2001 y regla 3.10.8. de la RMF).

RFC

Denominación Social

Objeto

COD021125655

CODIPERMADO, A.C.

Asistencial

 

5.3. Ejercicio 2016.

         Autorizaciones.

A.    Organizaciones civiles y fideicomisos asistenciales (artículos 79, fracción VI de la Ley del ISR)

RFC

Denominación Social

COD021125655

CODIPERMADO, A.C.

 

M.    Organizaciones civiles y fideicomisos autorizados para recibir donativos deducibles en los términos del Convenio para Evitar la Doble Imposición e Impedir la Evasión Fiscal en Materia de Impuesto sobre la Renta, suscrito por el Gobierno de los Estados Unidos Mexicanos y el Gobierno de los Estados Unidos de América (artículo 82 de la Ley del ISR vigente, antes artículo 70-B de la Ley del ISR vigente hasta el 31 de diciembre de 2001 y regla 3.10.8. de la RMF).

RFC

Denominación Social

Objeto

COD021125655

CODIPERMADO, A.C.

Asistencial

 

5.4. Ejercicio 2017.

         Autorizaciones.

A.    Organizaciones civiles y fideicomisos asistenciales (artículos 79, fracción VI de la Ley del ISR)

RFC

Denominación Social

COD021125655

CODIPERMADO, A.C.

 

M.    Organizaciones civiles y fideicomisos autorizados para recibir donativos deducibles en los términos del Convenio para Evitar la Doble Imposición e Impedir la Evasión Fiscal en Materia de Impuesto sobre la Renta, suscrito por el Gobierno de los Estados Unidos Mexicanos y el Gobierno de los Estados Unidos de América (artículo 82 de la Ley del ISR vigente, antes artículo 70-B de la Ley del ISR vigente hasta el 31 de diciembre de 2001 y regla 3.10.8. de la RMF).

RFC

Denominación Social

Objeto

COD021125655

CODIPERMADO, A.C.

Asistencial

 

5.5. Organizaciones que fueron incluidas en el numeral 5 de la publicación del Anexo 14 de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2016 de fecha 12 de enero de 2016.

Dice:

5.     Revocaciones.

RFC

Denominación Social

Objeto

FBF1412234X6

Fundación Bienestar de Filantropía, I.B.P.

Asistencial

 

Debe decir:

5.     Revocaciones.

RFC

Denominación Social

Objeto

FBF090925P51

Fundación Bienestar de Filantropía, I.B.P.

Asistencial

 

6.      ...................................................................................................................................................................................

Atentamente.

Ciudad de México, a 1 de abril de 2019.- La Jefa del Servicio de Administración Tributaria, Ana Margarita Ríos Farjat.- Rúbrica.


Modificación al Anexo 23 de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2018

I.       Administración General de Recaudación

A.    Administraciones Centrales de la Administración General de Recaudación

........................................................................................................................................................................................................................................................

VI.     Administración General de Servicios al Contribuyente

A.    Administraciones Centrales de la Administración General de Servicios al Contribuyente

........................................................................................................................................................................................................................................................

VII.    Administración General Jurídica

........................................................................................................................................................................................................................................................

B.    Administraciones Desconcentradas Jurídicas

........................................................................................................................................................................................................................................................

I.       Administración General de Recaudación

........................................................................................................................................................................................................................................................

A.      Administraciones Centrales de la Administración General de Recaudación

........................................................................................................................................................................................................................................................

2.     Administración Central de Promoción y Vigilancia del Cumplimiento

        Ubicación de la Sede: Ciudad de México

        Domicilio:

Tipo de vialidad

Calle

Número Exterior

Número interior

Tipo de asentamiento

Colonia

Código Postal

Entre calles o Referencias

Localidad

Alcaldía o Municipio

Entidad Federativa

Avenida

Paseo de la Reforma

10

Piso 17

Colonia

Tabacalera

06030

Torre Caballito

Basilio Badillo y Rosales

Tabacalera

Cuauhtémoc

Ciudad de México

........................................................................................................................................................................................................................................................

VI.     Administración General de Servicios al Contribuyente

A.      Administraciones Centrales de la Administración General de Servicios al Contribuyente

........................................................................................................................................................................................................................................................

4.     Administración Central de Operación de Padrones

        Ubicación de la Sede: Ciudad de México

        Domicilio:

Tipo de vialidad

Calle

Número Exterior

Número interior

Tipo de asentamiento

Colonia

Código Postal

Entre calles o Referencias

Localidad

Alcaldía o Municipio

Entidad Federativa

Avenida

Hidalgo

77

Módulo V Planta Baja

Colonia

Guerrero

06300

Paseo de la Reforma y Valerio Trujano, Acceso por Paseo de la Reforma No. 37

Guerrero

Cuauhtémoc

Ciudad de México

..................................................................................................................................................................................................................................................

VII.    Administración General Jurídica

........................................................................................................................................................................................................................................................

B.     Administraciones Desconcentradas Jurídicas

52.  Tamaulipas “2”

        Ubicación de la Sede: Reynosa

        Domicilio:

Tipo de vialidad

Calle

Número Exterior

Número interior

Tipo de asentamiento

Colonia

Código Postal

Entre calles o Referencias

Localidad

Alcaldía o Municipio

Entidad Federativa

Avenida

Ocampo

101

Piso 3

Colonia

Sector Centro

88000

Esquina 15 de Junio

Nuevo Laredo

Nuevo Laredo

Tamaulipas

........................................................................................................................................................................................................................................................

Atentamente.

Ciudad de México, a 1 de abril de 2019.- La Jefa del Servicio de Administración Tributaria, Ana Margarita Ríos Farjat.- Rúbrica.


Modificación al Anexo 25 de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2018

APARTADO II.

Disposiciones adicionales aplicables para la generación de información respecto de las cuentas y los pagos a que se refiere el Apartado I, inciso a) del presente Anexo.

Primer párrafo. Disposiciones Generales

Formato para Reportar

b)      ...................................................................................................................................................................................

          Las entidades que califiquen como Instituciones Financieras Sujetas a Reportar y que no cuenten con RFC o no se encuentren obligadas a inscribirse en el RFC, podrán cumplir con el tramite a que se refiere el párrafo anterior de manera presencial previo cumplimiento de la ficha 290/CFF “Aviso sobre el RFC de la entidad, que sea una Institución Financiera Sujeta a Reportar”, contenida en el Anexo 1-A.

          ...................................................................................................................................................................................

Terceros prestadores de servicios

t)       ...................................................................................................................................................................................

          Las Instituciones Financieras de México Sujetas a Reportar que presten servicios conforme a lo dispuesto en este numeral, deberán presentar, a través del Buzón Tributario, el aviso a que se refiere la ficha de trámite 255/CFF “Aviso relativo a Terceros Prestadores de Servicios conforme los Anexos 25 y 25-Bis de la RMF”, contenida en el Anexo 1-A.

Segundo párrafo. Disposiciones aplicables a los Procedimientos para la identificación y reporte de Cuentas Reportables a EE.UU. y sobre pagos a ciertas Instituciones Financieras No Participantes.

          ...................................................................................................................................................................................

Auto-certificaciones

d)      ...................................................................................................................................................................................

          La Institución Financiera de México Sujeta a Reportar deberá informar a cualquier persona que proporcione una auto-certificación la obligación que dicha persona tiene de comunicar a la Institución Financiera de México Sujeta a Reportar sobre cualquier cambio de circunstancias.

          .................................................................................................................................................................................. .

Atentamente.

Ciudad de México, a 1 de abril de 2019.- La Jefa del Servicio de Administración Tributaria, Ana Margarita Ríos Farjat.- Rúbrica.

Modificación al Anexo 25-Bis de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2018

Primera parte.      Obligaciones Generales y Procedimientos de Identificación y Reporte de Cuentas Reportables

.............................................................................................................................................................................................

Sección I: Obligaciones Generales de Reporte

.............................................................................................................................................................................................

E.      ...................................................................................................................................................................................

F.      (se elimina)

Sección VIII: Términos Definidos

.............................................................................................................................................................................................

C.      Cuenta Financiera

          ...................................................................................................................................................................................

17.  El término “Cuenta Excluida” significa cualesquiera de las siguientes cuentas:

...................................................................................................................................................................................

g)..... .................................................................................................................................................................

          En el caso de México, se encuentran incluidas en la definición anterior las siguientes cuentas:

i)       cuentas de Planes Personales de Retiro: cuentas que se establecen con el único fin de recibir y administrar recursos cuyo único destino es ser utilizados cuando el titular llegue a la edad de 65 años o en los casos de invalidez o incapacidad del titular para realizar un trabajo personal remunerado, de conformidad con las leyes de seguridad social, siempre que las aportaciones no excedan de cincuenta mil ($50,000.00) dólares estadounidenses en cualquier año, la aportación máxima durante toda la vida de la cuenta sea de un millón ($1’000,000.00) de dólares estadounidenses y se cumplan los requisitos de permanencia establecidos para los planes de retiro conforme al artículo 151, fracción V de la Ley del ISR.

ii)      primas de Seguros para el Retiro: un contrato de seguro cuyo objetivo es el ahorro para el retiro, conforme al artículo 185 de la Ley del ISR y 304 del Reglamento de la Ley del ISR, siempre que las aportaciones anuales no excedan la cantidad deducible para ese año para fines del ISR en México, la aportación máxima durante toda la vida de la cuenta sea de un millón ($1’000,000.00) de dólares estadounidenses y no se efectúen retiros anticipados.

iii)     las siguientes cuentas de pensiones:

.................................................................................................................................................................

bb)    aportaciones voluntarias administradas por Administradoras de Fondos para el Retiro: una subcuenta de aportaciones voluntarias del trabajador, siempre que dichas contribuciones no excedan de cincuenta mil ($50,000.00) dólares estadounidenses en cualquier año, y la aportación máxima durante toda la vida de la cuenta sea de un millón ($1’000,000.00) de dólares estadounidenses y se cumplan los requisitos de permanencia a que se refiere el artículo 151, fracción V de la Ley del ISR.

......... .............................................................................................................................................

          vi)     Las demás cuentas que al efecto se publiquen en el Portal del SAT.

          En caso de que alguna de las cuentas descritas en los anteriores subincisos incumpla con alguno de los requisitos ahí previstos, dicha cuenta dejará de considerarse como Cuenta Excluida y deberán aplicarse los procedimientos de debida diligencia a que se refieren las Secciones II a VII.

Segunda parte.       Disposiciones adicionales aplicables para la generación de información a que se refiere la Primera parte del presente Anexo

.............................................................................................................................................................................................

Formato para reportar

2.      ...................................................................................................................................................................................

          ...................................................................................................................................................................................

          Las entidades que califiquen como Instituciones Financieras Sujetas a Reportar que no cuenten con RFC o no se encuentren obligadas a inscribirse en el RFC, podrán cumplir con el trámite a que se refiere el párrafo anterior de manera presencial previo cumplimiento de la ficha 290/CFF “Aviso sobre el RFC de la entidad, que sea una Institución Financiera Sujeta a Reportar”, contenida en el Anexo 1-A.

          ...................................................................................................................................................................................

Auto-certificaciones

3.      ...................................................................................................................................................................................

          ...................................................................................................................................................................................

          ...................................................................................................................................................................................

          Una auto-certificación seguirá siendo válida hasta que exista un cambio de circunstancias que ocasione que una Institución Financiera Sujeta a Reportar conozca o tenga razones para conocer que la auto-certificación original es incorrecta o no es fiable. En tal caso, la Institución Financiera Sujeta a Reportar no podrá basarse en la auto-certificación original y deberá obtener ya sea (i) una auto-certificación válida que establezca la residencia para efectos fiscales del Cuentahabiente o (ii) una explicación razonable y documentación, según corresponda, que soporte la validez de la auto-certificación original (y mantener una copia o anotación de dicha explicación y documentación). Por tanto, una Institución Financiera Sujeta a Reportar deberá establecer procedimientos para asegurar que cualquier cambio que constituya un cambio de circunstancias sea identificado por la Institución Financiera Sujeta a Reportar. Adicionalmente, la Institución Financiera Sujeta a Reportar deberá informar a cualquier persona que proporcione una auto-certificación la obligación que dicha persona tiene de comunicar a la Institución Financiera Sujeta a Reportar sobre cualquier cambio de circunstancias.

          ...................................................................................................................................................................................

Terceros prestadores de servicios

19.    ...................................................................................................................................................................................

          Las Instituciones Financieras Sujetas a Reportar que presten servicios conforme a lo dispuesto en este numeral, deberán presentar, a través del Buzón Tributario, el aviso a que se refiere la ficha de trámite 255/CFF “Aviso relativo a Terceros Prestadores de Servicios conforme los Anexos 25 y 25-Bis de la RMF”, contenida en el Anexo 1-A.

Atentamente.

Ciudad de México, a 1 de abril de 2019.- La Jefa del Servicio de Administración Tributaria, Ana Margarita Ríos Farjat.- Rúbrica.