ACUERDO ACDO.AS3.HCT.270219/90.P.DF, relativo a los Costos Unitarios por Nivel de Atención Médica actualizados al año 2019.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Gobierno de México.- Instituto Mexicano del Seguro Social.- Secretaría General.

El H. Consejo Técnico, en la sesión ordinaria celebrada el día 27 de febrero del presente año, dictó el Acuerdo ACDO.AS3.HCT.270219/90.P.DF, en los siguientes términos:

“Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 251, fracciones IV, VIII, XIV, XVII, XXXVI y XXXVII, 263, 264, fracciones III, XIV y XVII, 270, 272 y 277 E, de la Ley del Seguro Social; 5, 57 y 58, fracción III, de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales; 112 y 119, del Reglamento de la Ley del Seguro Social en Materia de Afiliación, Clasificación de Empresas, Recaudación y Fiscalización; 31, fracciones II y XX, del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social; y de conformidad con el planteamiento presentado por el Director General, por conducto de la persona Titular de la Dirección de Finanzas, mediante oficio 56 de fecha 18 de febrero de 2019, así como el dictamen del Comité de Presupuesto del propio Órgano de Gobierno, emitido en reunión celebrada el día 26 del mes y año citados, Acuerda: Primero.- Aprobar los Costos Unitarios por Nivel de Atención Médica actualizados al año 2019, contenidos en el Anexo 1 de este Acuerdo, cuya actualización se realizó con base en el promedio ponderado de los costos observados durante los años 2016 y 2017, actualizados en ambos casos a pesos de diciembre de 2018, tal como se aprecia en el Anexo 2 del presente. Segundo.- Instruir a la persona Titular de la Dirección Jurídica, para que  realice los trámites necesarios ante las instancias competentes, a efecto de publicar este Acuerdo y sus Anexos en el Diario Oficial de la Federación. Tercero.- El presente Acuerdo, así como los Costos Unitarios a que se refiere el punto Primero del mismo, entrarán en vigor a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación”.

Atentamente,

Ciudad de México, a 27 de febrero de 2019.- El Secretario General, Christian Eduardo Cervera Mondragón.- Rúbrica.

 

DIRECCIÓN DE FINANZAS

 

Anexo 1

Tabla que contiene los Costos Unitarios por Nivel de Atención Médica actualizados al 2019 para la determinación de créditos fiscales derivados de capitales constitutivos, inscripciones improcedentes y atención a no derechohabientes.

TIPO DE SERVICIO

COSTO UNITARIO ACTUALIZADO AL 2019 (pesos)

ATENCIÓN EN UNIDADES DE PRIMER NIVEL

 

Consulta de Medicina Familiar1

783

Consulta Dental (Estomatología)

832

Atención de Urgencias

627

Curaciones

428

Estudio de Laboratorio Clínico

107

Estudio de Radiodiagnóstico

346

Estudio de Ultrasonografía

546

Traslado en Ambulancia

441

Sesión de Hemodiálisis

4,757

Sesión de Quimioterapia

7,034

Intervención de Tococirugía

10,106

Día paciente en Hospitalización

8,333

Intervención Quirúrgica

6,531

Consulta/Sesión de Medicina Física y Rehabilitación

964

Terapia Psicológica

1,222

Estudio/Procedimiento de Endoscopía

1,559

Sesión de Diálisis

127

 

 

ATENCIÓN EN UNIDADES DE SEGUNDO NIVEL

 

Consulta de Medicina Familiar

783

Consulta Dental (Estomatología)

832

Consulta de Especialidades2

1,359

Atención de Urgencias

1,164

Día Paciente en Hospitalización

8,333

Día Paciente en Incubadora

8,333

Día Paciente en Terapia Intensiva

37,410

Curaciones

428

Estudio de Laboratorio Clínico

113

Citología Exfoliativa

215

Estudio de Medicina Nuclear

745

Estudio de Electrodiagnóstico

511

Estudio de Radiodiagnóstico

346

Estudio de Ultrasonografía

546

Estudio de Tomografía Axial

2,598

Estudio de Resonancia Magnética

4,199

Estudio/Procedimiento de Endoscopía

1,559

Consulta/Sesión de Medicina Física y Rehabilitación

1,566

Sesión de Radioterapia

2,077

Estudio de Anatomía Patológica

215

Intervención Quirúrgica

22,829

Intervención de Tococirugía

10,106

Traslado en Ambulancia

1,978

Sesión de Quimioterapia

7,034

Sesión de Hemodiálisis

4,757

Estudio/Procedimiento de Hemodinámica

42,864

Terapia Psicológica

1,222

Estudio/Sesión de Gabinete de Tratamiento3

195

Sesión de Terapia/Reeducación Ocupacional

83

Servicio de Banco de Sangre

221

Consulta a Donadores

275

Sesión de Diálisis

127

Servicio de Litotripsia

1,928

 

ATENCIÓN EN UNIDADES DE TERCER NIVEL

 

Consulta de Especialidades2

2,122

Atención de Urgencias

3,089

Día Paciente en Hospitalización

8,333

Día Paciente en Incubadora

8,333

Día Paciente en Terapia Intensiva

37,410

Estudio de Laboratorio Clínico

186

Citología Exfoliativa

256

Estudio de Medicina Nuclear

745

Estudio de Electrodiagnóstico

660

Estudio de Radiodiagnóstico

545

Estudio de Ultrasonografía

546

Estudios de Tomografía Axial

2,598

Estudios de Resonancia Magnética

4,199

Procedimiento de Cardiología Intervencionista Hemodinámica

42,864

Estudio/Procedimiento de Endoscopía

1,559

Consulta/Sesión de Medicina Física y Rehabilitación

2,608

Sesión de Radioterapia

2,077

Sesión de Quimioterapia

7,034

Estudio de Anatomía Patológica

256

Intervención Quirúrgica

37,473

Intervención de Tococirugía

12,768

Traslado en Ambulancia

5,990

Sesión de Hemodiálisis

4,757

Terapia Psicológica

1,222

Estudio/Sesión de Gabinete de Tratamiento3

195

Sesión de Terapia/Reeducación Ocupacional

83

Servicio de Banco de Sangre

331

Consulta a Donadores

275

Sesión de Diálisis

127

Servicio de Litotripsia

1,928

 

1  Incluye las Consultas de Salud en el Trabajo en el Primer Nivel de Atención.

2  Incluye las Consultas de Salud en el Trabajo en el Segundo y Tercer Nivel de Atención.

3 Gabinete de Tratamiento incluye terapias de lenguaje, respiratoria, recreativa, fisiología pulmonar, entre otros tratamientos en gabinete.

Ciudad de México, a 27 de febrero de 2019.- La Directora de Finanzas del IMSS, Dimpna Gisela Morales González.- Rúbrica.

Anexo 2

Base de Cálculo para la estimación de los Costos Unitarios por Nivel de Atención Médica actualizados al 2019

Los costos previamente relacionados, han sido actualizados aplicando la metodología de Costo Basado en Actividades (ABC) con información de los años 2016 y 2017, en relación con el último párrafo del artículo 112 del Reglamento de la Ley del Seguro Social en Materia de Afiliación, Clasificación de Empresas, Recaudación y Fiscalización vigente, y se les ha aplicado el factor de actualización del mes de diciembre de 2018, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 17 A del Código Fiscal de la Federación vigente.

Este factor se determinó dividiendo el Índice Nacional de Precios al Consumidor del mes de diciembre de 2018, entre el Índice Nacional de Precios al Consumidor correspondiente al mes de diciembre de 2016 y 2017, respectivamente, como se indica a continuación:

DATOS:

Índice Nacional de Precios al Consumidor de Diciembre 2018. (INPC Dic. 2018).

Nueva base, segunda quincena de julio de 2018 = 100

Índice Nacional de Precios al Consumidor de Diciembre 2017. (INPC Dic. 2017).

Nueva base, segunda quincena de julio de 2018 = 100

Índice Nacional de Precios al Consumidor de Diciembre 2016. (INPC Dic. 2016).

Nueva base, segunda quincena de julio de 2018 = 100

103.020

98.2728

92.0390

 

FÓRMULA: Factor de Actualización:

2017

2016

INPC Dic. 2018

INPC Dic. 2017

INPC Dic. 2018

INPC Dic. 2016

 

OPERACIONES

2017

2016

103.020

98.2729

103.020

92.0390

 

RESULTADO: Factor de Actualización:

2017

2016

1.0483

1.1193

 

Para determinar el costo aplicable a 2019, se determinó el costo promedio ponderado con la información 2016 y 2017. Se multiplicó el costo total de los servicios de cada año, 2016 y 2017, por el factor de actualización. Una vez actualizado este costo a pesos de diciembre 2018, se sumó el costo total de los dos años.

Por otra parte, se sumó la cantidad de servicios prestados de esos mismos años.

La sumatoria del costo total se dividió entre la sumatoria de la cantidad de servicios prestados, obteniéndose el costo promedio ponderado actualizado al mes de diciembre  de 2018, de cada uno de los servicios.

METODOLOGÍA:

Actualización del costo

2017

 

Factor de Actualización

 

Resultado

Costo Total Anual del Servicio

X

1.0483

=

Costo Total Anual 2017 del Servicio actualizado a diciembre 2018

 

2016

 

Factor de Actualización

 

Resultado

Costo Total Anual del Servicio

X

1.1193

=

Costo Total Anual 2016 del Servicio actualizado a diciembre 2018

 

Estimación del Costo Promedio Ponderado

Costo Total Anual

 

Factor de Actualización

 

Resultado

Costo Total Anual 2017 del Servicio actualizado a diciembre 2018

+

Costo Total Anual 2016 del Servicio actualizado a diciembre 2018

 

/

Cantidad de servicios prestados durante 2017

+

Cantidad de servicios prestados durante 2016

 

=

 

Costo Unitario Promedio Ponderado actualizado al 2019

 

Ciudad de México, a 27 de febrero de 2019.- La Directora de Finanzas del IMSS, Dimpna Gisela Morales González.- Rúbrica.

(R.- 479658)

Se informa que para la inserción de documentos en el Diario Oficial de la Federación, se deberán cubrir los siguientes requisitos:

·         Escrito dirigido al Director General Adjunto del Diario Oficial de la Federación, solicitando la publicación del documento, fundando y motivando su petición conforme a la normatividad aplicable, con dos copias legibles.

·         Documento a publicar en papel membretado que contenga lugar y fecha de expedición, cargo, nombre y firma autógrafa de la autoridad emisora, sin alteraciones, en original y dos copias legibles.

·         Versión electrónica del documento a publicar, en formato Word, contenida en un solo archivo, correctamente identificado.

·         Comprobante de pago realizado ante cualquier institución bancaria o vía internet mediante el esquema de pago electrónico e5cinco del SAT en ventanilla bancaria o a través de Internet, con la clave de referencia 014001743 y la cadena de la dependencia 22010010000000. El pago deberá realizarse invariablemente a nombre del solicitante de la publicación, en caso de personas físicas y a nombre del ente público u organización, en caso de personas morales. El comprobante de pago se presenta en original y copia simple. El original del pago queda bajo resguardo de esta Dirección.

Nota: No se aceptarán recibos bancarios ilegibles; con anotaciones o alteraciones; con pegamento o cinta adhesiva; cortados o rotos; pegados en hojas adicionales; perforados; con sellos diferentes a los de las instituciones bancarias.

Todos los documentos originales, entregados al Diario Oficial de la Federación, quedarán resguardados en sus archivos.

Los pagos por concepto de derecho de publicación únicamente son vigentes durante el ejercicio fiscal en que fueron generados, por lo que no podrán presentarse comprobantes de pago realizados en 2018 o anteriores para solicitar la prestación de un servicio en 2019.

Las solicitudes de publicación de licitaciones para Concursos de Adquisiciones, Arrendamientos, Obras y Servicios, así como los Concursos a Plazas Vacantes del Servicio Profesional de Carrera, se podrán tramitar a través de la herramienta “Solicitud de publicación de documentos en el Diario Oficial de la Federación a través de medios remotos”, para lo cual además de presentar en archivo electrónico el documento a publicar, el pago correspondiente (sólo en convocatorias para licitaciones públicas) y la e.firma de la autoridad emisora del documento, deberá contar con el usuario y contraseña que proporciona la Dirección General Adjunta del Diario Oficial de la Federación.

Por ningún motivo se recibirá la documentación en caso de no cubrir los requisitos.

El horario de atención  es de lunes a viernes de 9:00 a 13:00 horas

Teléfonos: 50 93 32 00 y 51 28 00 00, extensiones 35078 y 35079.

 

ATENTAMENTE

DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN