ACUERDO por el que se dan a conocer los porcentajes y los montos del estímulo fiscal, así como las cuotas disminuidas del impuesto especial sobre producción y servicios aplicables a los combustibles que se indican, correspondientes al periodo que se especifica.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Hacienda y Crédito Público.
Acuerdo 125/2018
Acuerdo por el que se dan a conocer
los porcentajes y los montos del estímulo
fiscal, así como las cuotas disminuidas del impuesto especial sobre producción
y servicios
aplicables a los combustibles que se indican, correspondientes al periodo que
se especifica.
IVÁN CAJEME
VILLARREAL CAMERO, Titular de la Unidad de Política de Ingresos no Tributarios
de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, con fundamento en lo dispuesto
por el artículo Primero del Decreto por el que se establecen estímulos fiscales
en materia del impuesto especial sobre producción y servicios aplicables a los
combustibles que se indican, se dan a conocer los porcentajes y los montos del
estímulo fiscal, así como las cuotas disminuidas del impuesto especial sobre
producción y servicios aplicables a los combustibles automotrices, correspondientes
al periodo comprendido del 8 al 14 de diciembre de 2018.
ACUERDO
Artículo Primero. Los porcentajes del estímulo fiscal para el
periodo comprendido del 8 al 14 de diciembre de 2018, aplicables a los
combustibles automotrices son los siguientes:
Combustible |
Porcentaje de Estímulo |
Gasolina
menor a 92 octanos |
0.00% |
Gasolina
mayor o igual a 92 octanos y combustibles no fósiles |
0.00% |
Diésel |
10.48% |
Artículo Segundo. Los montos del estímulo fiscal para el
periodo comprendido del 8 al 14 de diciembre de 2018, aplicables a los
combustibles automotrices son los siguientes:
Combustible |
Monto del estímulo fiscal (pesos/litro) |
Gasolina
menor a 92 octanos |
$0.000 |
Gasolina
mayor o igual a 92 octanos y combustibles no fósiles |
$0.000 |
Diésel |
$0.528 |
Artículo Tercero. Las cuotas disminuidas para el periodo
comprendido del 8 al 14 de diciembre de 2018, aplicables a los combustibles
automotrices son las siguientes:
Combustible |
Cuota disminuida (pesos/litro) |
Gasolina
menor a 92 octanos |
$4.590 |
Gasolina
mayor o igual a 92 octanos y combustibles no fósiles |
$3.880 |
Diésel |
$4.512 |
TRANSITORIO
Único.- El presente Acuerdo entrará en vigor el día
de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Ciudad de
México a 06 de diciembre de 2018.- Con fundamento en el artículo Primero,
último párrafo del Decreto por el que se establecen estímulos fiscales en
materia del impuesto especial sobre producción y servicios aplicables a los
combustibles que se indican, publicado el 27 de diciembre de 2016 y sus
posteriores modificaciones, en suplencia del C. Subsecretario de Ingresos, el
Titular de la Unidad de Política de Ingresos No Tributarios, Iván
Cajeme Villarreal Camero.- Rúbrica.