DÉCIMA Actualización de la Edición 2017 del Cuadro Básico y Catálogo de Medicamentos.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Consejo de Salubridad General.
La Comisión Interinstitucional del Cuadro Básico de Insumos del Sector
Salud, con fundamento en los artículos 4o. de la Ley Federal de Procedimiento
Administrativo; 17 fracción V y 28 de la Ley General de Salud; 9o. fracción
III, 15 fracción II y 17 del Reglamento Interior del Consejo de Salubridad
General; Primero, Tercero fracción I, cuarto, quinto y sexto fracciones I y XIV
del Acuerdo por el que se establece que las instituciones públicas del Sistema
Nacional de Salud sólo deberán utilizar los insumos establecidos en el cuadro básico
para el primer nivel de atención médica y, para segundo y tercer nivel, el
catálogo de insumos, y 1, 2, 4, 5, 7 fracciones I y II, 14 fracción I, 26, 50,
51, 57, 58 y 59 del Reglamento Interior de la Comisión Interinstitucional del
Cuadro Básico y Catálogo de Insumos del Sector Salud, y
CONSIDERANDO
Que mediante el Acuerdo publicado en el Diario Oficial de la
Federación, el 24 de diciembre de 2002, se estableció que las instituciones
públicas del Sistema Nacional de Salud sólo deberán utilizar los insumos
establecidos en el cuadro básico para el primer nivel de atención médica y para
segundo y tercer nivel, el catálogo de insumos.
Que la Edición 2016 del Cuadro Básico y Catálogo de Medicamentos se
publicó de manera íntegra en el Diario Oficial de la Federación el 2 de febrero
de 2017 y a partir de esa fecha se efectuaron trece actualizaciones, las que se
incorporan a la Edición 2017, con la finalidad de tener al día la lista de
medicamentos para que las instituciones de salud pública atiendan los problemas
de salud de la población mexicana.
Que para facilitar la identificación de las actualizaciones que se
publicarán posterior a la edición 2017, la Comisión Interinstitucional del
Cuadro Básico de Insumos del Sector Salud aprobó reiniciar la nomenclatura de
las actualizaciones con el primer número ordinal, haciendo referencia a la
Edición 2017.
Que la aplicación del Cuadro Básico y Catálogo de Insumos en la
Administración Pública Federal ha permitido contar con un sistema único de
clasificación y codificación de insumos para la salud, lo cual
ha contribuido a homogeneizar las políticas de adquisición de las instituciones
públicas federales del Sistema Nacional de Salud.
Que conforme al artículo 51 del Reglamento Interior de la Comisión
Interinstitucional del Cuadro Básico y Catálogo de Insumos del Sector Salud,
las actualizaciones del Cuadro Básico y Catálogo, que se aprueben
en las actas respectivas, surtirán sus efectos al día siguiente de su
publicación en el Diario Oficial de
la Federación.
Que en atención a las anteriores consideraciones, la Comisión
Interinstitucional del Cuadro Básico y Catálogo de Insumos del Sector Salud,
expide la siguiente:
DÉCIMA
ACTUALIZACIÓN DE LA EDICIÓN 2017 DEL CUADRO BÁSICO
Y CATÁLOGO DE MEDICAMENTOS
INCLUSIONES
CATÁLOGO
GRUPO 1. ANALGESIA
OXICODONA / NALOXONA
Clave |
Descripción |
Indicaciones |
Vía de administración y Dosis |
040.000.6175.00 |
TABLETA DE LIBERACIÓN PROLONGADA Cada tableta contiene: Clorhidrato de oxicodona 5
mg Clorhidrato de naloxona dihidratado equivalente a 2.5 mg de clorhidrato de naloxona anhidra Envase con 28 tabletas de liberación prolongada. |
Dolor crónico moderado a grave que no responde al tratamiento con
analgésicos no opioides. |
Oral. Adultos La dosis inicial común en pacientes que nunca han recibido opioides o
pacientes que presenten dolor crónico moderado a severo sin control con
opioides más débiles, es de 1 tableta de 10 mg / 5 mg, en intervalos de 12
horas. Pacientes con insuficiencia hepática leve y en pacientes con
insuficiencia renal: |
040.000.6176.00 |
TABLETA DE LIBERACIÓN PROLONGADA Cada tableta contiene: Clorhidrato de oxicodona 10 mg Clorhidrato de naloxona dihidratado equivalente a 5 mg de clorhidrato de naloxona anhidra Envase con 28 tabletas de liberación prolongada. |
|
Una tableta de 5 / 2.5 mg cada 12 horas. Posteriormente, debe titularse cuidadosamente la
dosis de manera frecuente cada 1-2 días si es necesario, para lograr el
alivio del dolor. |
040.000.6177.00 |
TABLETA DE LIBERACIÓN PROLONGADA Cada tableta contiene: Clorhidrato de oxicodona 20 mg Clorhidrato de naloxona dihidratado equivalente a 10 mg de clorhidrato de naloxona anhidra Envase con 28 tabletas de liberación prolongada. |
GRUPO 4. DERMATOLOGÍA
IXEKIZUMAB
Clave |
Descripción |
Indicaciones |
Vía de administración y Dosis |
010.000.6178.00 |
SOLUCIÓN INYECTABLE Cada pluma precargada contiene: Ixekizumab 80 mg Envase con una pluma precargada con 1 ml de solución
(80 mg/ml). |
Psoriasis en placa, moderada a severa, en adultos
que son candidatos a la terapia sistémica o fototerapia. |
Subcutánea. Adultos: 160 mg en la semana 0, seguida de 80 mg en las
semanas 2,4, 6, 8, 10 y 12, seguida de una dosis de mantenimiento de 80 mg
cada 4 semanas. |
GRUPO 5. ENDOCRINOLOGÍA Y METABOLISMO
ALOGLIPTINA / METFORMINA
Clave |
Descripción |
Indicaciones |
Vía de administración y Dosis |
010.000.6179.00 |
TABLETA Cada tableta contiene: Benzoato de alogliptina equivalente a 12.5
mg de alogliptina Clorhidrato de metformina...500 mg Envase con 56 tabletas. |
Tratamiento complementario a la dieta y el ejercicio
para mejorar el control glucémico en adultos con diabetes mellitus tipo 2 en
múltiples ámbitos clínicos incluyendo pacientes que no han logrado el control
con la monoterapia. |
Oral. Adultos: Dos veces al día con alimentos y la dosis debe escalarse
en forma gradual. No exceder la dosis máxima diaria recomendad de 25
mg de alogliptina y 2000 mg de clorhidrato de metformina. |
010.000.6180.00 |
TABLETA Cada tableta contiene: Benzoato de alogliptina equivalente a 12.5 mg de alogliptina Clorhidrato de metformina...850 mg Envase con 56 tabletas. |
|
|
ALOGLIPTINA / PIOGLITAZONA
Clave |
Descripción |
Indicaciones |
Vía de administración y Dosis |
010.000.6182.00 |
TABLETA Cada tableta contiene: Benzoato de alogliptina equivalente a 25
mg de alogliptina Clorhidrato de pioglitazona equivalente a 15
mg de pioglitazona Envase con 28 tabletas. |
Tratamiento de la diabetes mellitus tipo 2, en
combinación con metformina cuando la dieta y el ejercicio más metformina no
resultan en un control glucémico adecuado. |
Oral. Adultos: El tratamiento inicial con alogliptina/ pioglitazona
o su uso con otra terapia antidiabética debe individualizarse y dejar a la
discreción del médico y debe administrarse una vez al día con escalación de
dosis gradual. |
010.000.6181.00 |
TABLETA Cada tableta contiene: Benzoato de alogliptina equivalente a 25
mg de alogliptina Clorhidrato de pioglitazona equivalente a 30
mg de pioglitazona Envase con 28 tabletas. |
GRUPO 9. GINECO-OBSTETRICIA
ULIPRISTAL
Clave |
Descripción |
Indicaciones |
Vía de administración y Dosis |
010.000.6183.00 |
TABLETA Cada tableta contiene: Acetato de
ulipristal 5 mg Envase con 28 tabletas |
Tratamiento preoperatorio de los
síntomas moderados y graves de miomas uterinos en mujeres adultas en edad
reproductiva. |
Oral. Adultos: 5 mg una vez al día durante
periodos de tratamiento de hasta 3 meses de duración cada uno. |
PACLITAXEL UNIDO A ALBÚMINA
Clave |
Descripción |
Indicaciones |
Vía de administración y Dosis |
010.000.6184.00 |
SUSPENSIÓN INYECTABLE Cada frasco ámpula con polvo liofilizado contiene: Paclitaxel 100
mg Envase con un frasco ámpula con polvo liofilizado. |
En combinación con gemcitabina está indicado en el
tratamiento de primera línea en pacientes adultos con adenocarcinoma de
páncreas metastásico. |
Intravenosa. Adultos: 125 mg/m2 administrada por vía
intravenosa durante 30 minutos los días 1, 8 y 15 de cada ciclo de 28 días.
La dosis concomitante recomendad de gemcitabina es de 1000 mg/m2
administrada por vía intravenosa durante 30 minutos inmediatamente después de
finalizar la administración de paclitaxel unido a albúmina, los días 1, 8 y
15 de cada ciclo de 28 días. |
GRUPO 20. REUMATOLOGÍA Y TRAUMATOLOGÍA
BARICITINIB
Clave |
Descripción |
Indicaciones |
Vía de administración y Dosis |
010.000.6185.00 |
TABLETA Cada tableta contiene: Baricitinib 2
mg Envase con 28 tabletas |
Artritis reumatoide activa moderada a grave
refractaria al tratamiento de FARME y a uno o más agentes biológicos. |
Oral. Adultos: 4 mg una vez al día. Una dosis de 2 mg una vez al día es adecuada para
pacientes ≥75 años de edad y puede ser apropiada para pacientes con
antecedentes de infecciones crónicas o recurrentes. También puede
considerarse una dosis de 2 mg una vez al día para pacientes que han logrado
un control sostenido de la actividad de la enfermedad con 4 mg una vez al día
y son elegibles para la reducción de la dosis. |
010.000.6186.00 |
TABLETA Cada tableta contiene: Baricitinib 4
mg Envase con 28 tabletas |
GRUPO 22. VACUNAS, TOXOIDES, INMUNOGLOBULINAS,
ANTITOXINAS
VACUNA ANTIHEPATITIS A
Clave |
Descripción |
Indicaciones |
Vía de administración y Dosis |
020.000.6187.00 020.000.6187.01 |
SUSPENSIÓN INYECTABLE Cada dosis de 0.5 ml contiene: Antígeno del virus de Hepatitis A (inactivado y purificado) 25 U Envase con un frasco ámpula con
0.5 ml. Envase con 5 frascos ámpula con
0.5 ml cada uno |
Prevención de la infección por virus de la hepatitis
A. |
Intramuscular en la región deltoidea, o en la región
anterolateral del muslo. Niños de 12 meses a 17 años: una dosis primaria de 0.5 ml y una dosis de refuerzo
con intervalos de 6 a 12 meses a partir de la primera dosis. |
MODIFICACIONES
(Se identifican por estar en
letras cursivas y subrayadas)
CATÁLOGO
GRUPO 6. ENFERMEDADES
INFECCIOSAS Y PARASITARIAS
ANFOTERICINA B (COMPLEJO
FOSFOLÍPIDO O LIPÍDICO)
Clave |
Descripción |
Indicaciones |
Vía de
administración y Dosis |
010.000.6132.00 |
SUSPENSIÓN
INYECTABLE Cada frasco
ámpula contiene: Anfotericina B (Como
complejo fosfolípido o lipídico) 100 mg Envase con un
frasco ámpula con
20 ml (5 mg/ml), con aguja filtro de
5 micras. |
Tratamiento de
las infecciones micóticas invasivas en pacientes que son refractarios o
intolerantes al tratamiento convencional con anfotericina B convencional. |
Intravenosa. Niños y
adultos: 5 mg/kg de
peso corporal/día, administrados en una sola infusión a una velocidad de 2.5
mg/kg de peso corporal/h. Si el tiempo
de infusión es mayor a 2 horas, se debe mezclar el contenido agitando la
bolsa de infusión cada
2 horas. |
GRUPO 16. ONCOLOGÍA
BLINATUMOMAB
Clave |
Descripción |
Indicaciones |
Vía de administración
y Dosis |
010.000.6096.00 |
SOLUCIÓN
INYECTABLE Cada frasco
ámpula con polvo liofilizado contiene: Blinatumomab 35 µg Envase con un
frasco ámpula con polvo liofilizado y un frasco ámpula con solución
estabilizadora IV. |
Leucemia
Linfoblástica Aguda (LLA) de precursores de células B, cromosoma Filadelfia
negativo, en recaída o refractaria. |
Intravenosa. Adultos: En pacientes
de al menos 45 kg de peso, la dosis es de 9 µg/Kg de peso corporal en los
días 1-7 y 28 µg/kg de peso corporal los días 8-28 en el primer ciclo de
tratamiento. Para ciclos
subsecuentes administrar 28 µg/Kg de peso corporal en los días 1-28. Se deben
permitir 2 semanas de tratamiento libre entre los ciclos
de blinatumomab Niños: En pacientes con 45 kg o más, la dosis es de 9µg/día
(dosis fija) del día 1-7 y 28µg/día del día 8-28 en el primer ciclo de
tratamiento. Para ciclos subsecuentes administrar 28µg/día en los días 1-28. En pacientes con menos de 45 kg de peso la dosis
es de 5µg/m2/día (sin exceder 9µg/día) en los días 1-7 y
15µg/m2/día (sin exceder 28µg/día) en los días 8-28 en
el primer ciclo de tratamiento. Para ciclos subsecuentes administrar 15µg/m2/día
en los días 1 al 28 (sin exceder 28µg/día). Se deben permitir 2 semanas de tratamiento libre
entre los ciclos de blinatumomab. |
México, Ciudad de México, a 5 de
noviembre de 2018.- La Comisión Interinstitucional del Cuadro Básico y Catálogo
de Insumos del Sector Salud acordó publicar en el Diario Oficial de la
Federación la Décima Actualización de la Edición 2017 del Cuadro Básico y
Catálogo de Medicamentos.- El Presidente de la Comisión Interinstitucional del
Cuadro Básico y Catálogo de Insumos del Sector Salud, Jesús Ancer Rodríguez.- Rúbrica.