CONVOCATORIA para el Concurso Minero DGM/CM/01/2018.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Economía.- Subsecretaría de Minería.- Dirección General de Minas.

CONVOCATORIA PARA EL CONCURSO MINERO DGM/CM/01/2018

La Secretaría de Economía, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 13, 13 BIS, 14, 15, 16 y 17 de la Ley Minera; 29 y 31 del Reglamento de la Ley Minera; 32, fracción VI del Reglamento Interior de dicha Secretaría, se convoca al concurso para el otorgamiento de concesiones mineras sobre terrenos amparados por lotes cuyas asignaciones mineras fueron canceladas, mismos que se describen a continuación:

DATOS DE LOCALIZACIÓN DE LOS LOTES MINEROS OBJETO DEL CONCURSO

1.- PROSPECTO MINERO “LA SOLEDAD”

NOMBRE Y TÍTULOS DE ASIGNACIÓN MINERA QUE CONFORMAN EL PROYECTO

     La Soledad, título 362.

     La Soledad 2 Fracc. I, título 363.

     La Soledad 2 Fracc. II, título 364.

Con fecha de publicación en el DOF del 01/07/2016.

MUNICIPIOS Y ESTADOS DE UBICACIÓN

Tamazula, Durango y Badiraguato, Sinaloa

PUNTO DE PARTIDA

Mojonera reglamentaria que se localiza en la margen izquierda del Arroyo San Luis Gonzaga, terreno del Rancho Alisito, mismo PP de la asignación minera San José T-242.

COORDENADAS UTM.

Zona 13

Este: 287,411.539

Norte: 2’842,390.647

LÍNEA AUXILIAR LA SOLEDAD

Del P. P. a A: Sur y 1,700.000 m y

De A a 1: Este 245.342 m

LÍNEA AUXILIAR LA SOLEDAD 2 FRACC. I

Del P. P. a 1: SE 16°38’4.440’’ y 2,913.771 m

LÍNEA AUXILIAR LA SOLEDAD 2 FRACC. II

Del P. P. a 1: SE 48°53’34.030’’ y 13,980.605 m

 

 

DATOS DEL PERÍMETRO: LA SOLEDAD

LADOS

RUMBOS

DISTANCIAS (m)

COLINDANCIAS

1 - 2

S

826.718

TERRENO LIBRE

2 – 3

E

2,400.000

TERRENO LIBRE

3 – 4

S

11,525.424

TERRENO LIBRE

4 - 5

E

6,360.986

EL SOL T-236130

5 – 6

S

374.576

EL SOL T-236130

6 – 7

E

839.014

TERRENO LIBRE

7 - 8

N

2,700.000

TERRENO LIBRE

8 – 9

W

2,292.674

TERRENO LIBRE

9 – 10

S

1,580.435

SAN JOSÉ DEL DESIERTO T-200703

10 – 11

W

1,000.000

SAN JOSÉ DEL DESIERTO T-200703

11 – 12

N

2,380.435

SAN JOSÉ DEL DESIERTO T-200703

12 – 13

W

1,907.326

TERRENO LIBRE

13 – 14

S

600.000

TERRENO LIBRE

14 – 15

W

1,900.00

TERRENO LIBRE

15 – 16

N

9,100.000

TERRENO LIBRE

16 – 17

W

2,400.000

TERRENO LIBRE

17 - 18

N

726.718

TERRENO LIBRE

18 - 1

W

100.000

ALISITOS T-223002

DATOS DEL PERÍMETRO: LA SOLEDAD 2 FRACC. I

LADOS

RUMBOS

DISTANCIAS (m)

COLINDANCIAS

1 - 2

S

100.000

TERRENO LIBRE

2 – 3

E

1,600.000

TERRENO LIBRE

3 – 4

S

7,300.000

TERRENO LIBRE

4 - 5

W

3,000.000

TERRENO LIBRE

5 – 6

S

2,200.000

TERRENO LIBRE

6 – 7

W

500.000

TERRENO LIBRE

7 - 8

S

500.000

TERRENO LIBRE

8 – 9

W

1,500.000

TERRENO LIBRE

9 – 10

S

3,500.000

TERRENO LIBRE

10 – 11

E

1,572.213

TERRENO LIBRE

11 – 12

N

2,339.688

EL SOL T-236130

12 – 13

E

3,639.014

EL SOL T-236130

13 – 14

N

4,860.312

LA SOLEDAD T-362

14 – 15

W

111.227

TERRENO LIBRE

15 – 16

N

6,400.000

TERRENO LIBRE

16 – 1

W

1,700.000

TERRENO LIBRE

DATOS DEL PERÍMETRO: LA SOLEDAD 2 FRACC. II

LADOS

RUMBOS

DISTANCIAS (m)

COLINDANCIAS

1 - 2

S

2,000.000

TERRENO LIBRE

2 – 3

E

1,100.000

TERRENO LIBRE

3 – 4

S

2,900.000

TERRENO LIBRE

4 - 5

W

1,016.916

TERRENO LIBRE

5 – 6

NW 60°00’00’’

305.374

LA SOLEDAD T-52033

6 – 7

SW 30°00’00’’

100.000

LA SOLEDAD T-52033

7 - 8

SE 60°00’00’’

267.172

LA SOLEDAD T-52033

8 – 9

S

832.498

TERRENO LIBRE

9 – 10

W

1,527.787

TERRENO LIBRE

10 – 11

N

565.112

EL SOL T-236130

11 – 12

E

839.014

LA SOLEDAD T-362

12 – 13

N

2,700.000

LA SOLEDAD T-362

13 – 14

W

2,292.674

LA SOLEDAD T-362

14 – 15

N

1,419.565

SAN JOSÉ DEL DESIERTO T-200703

15 – 16

W

1,000.000

SAN JOSÉ DEL DESIERTO T-200703

16 – 17

S

619.565

SAN JOSÉ DEL DESIERTO T-200703

17 - 18

W

1,907.326

LA SOLEDAD T-362

18 - 19

S

600.000

LA SOLEDAD T-362

19 – 20

W

1,900.000

LA SOLEDAD T-362

20 – 21

N

2,334.888

LA SOLEDAD T-362

21 - 1

E

7,788.773

TERRENO LIBRE

 

SUPERFICIE DEL PROSPECTO.- La Soledad                   1,862.5425 Hectáreas

                                                                La Soledad 2 Fracc. I  1,965.6677 Hectáreas

                                                                La Soledad 2 Fracc. II 2,230.5476 Hectáreas

                                                                                      Total:       6,058.7578 Hectáreas

PRINCIPALES SUSTANCIAS ENCONTRADAS HASTA EL MOMENTO: Cobre, molibdeno, tungsteno y oro.

INFORMACIÓN ADICIONAL:

AFECTACIÓN

NO

Áreas Naturales Protegidas

 

X

Zonas Arqueológicas

 

X

Ejidos

X

 

Infraestructura

X

 

 

EJIDOS: El prospecto se localiza sobre los ejidos San José del Barranco en un porcentaje del 20% y El Tecuán al 5% de los totales de la superficie de cada uno.

Con apoyo en lo dispuesto en el artículo 31, fracción IV del Reglamento de la Ley Minera, se proporciona la siguiente información sobre el concurso a que se convoca:

Conforme a los artículos 13 BIS, fracción II, inciso c) de la Ley Minera y los artículos 32, 33 y 34 de su Reglamento, las propuestas económicas para el concurso del prospecto a que se refiere la presente Convocatoria, comprenderá exclusivamente la prima por descubrimiento y la contraprestación económica que se integrará por el precio base de salida y el monto de inversión ofrecido por los concursantes, para los dos primeros años de vigencia de la concesión minera.

Por lo que respecta a la prima por descubrimiento, la Secretaría de Economía determinó establecer para el prospecto, un porcentaje fijo a cubrir que, una vez multiplicado por el valor de facturación o liquidación de los minerales o sustancias que se obtengan durante la vigencia de las concesiones mineras o de aquellas que la sustituyan, resulta en el monto que deberá ser cubierto por el concesionario al Servicio Geológico Mexicano, mismo que se da a conocer en las bases correspondientes.

En relación con la contraprestación económica, la Secretaría de Economía determinó dar a conocer en las bases de concurso, los montos mínimos de la contraprestación relativa al prospecto, integrándose por el precio base de salida y el monto de inversión durante los dos primeros años de vigencia de la concesión, que ofrezcan los concursantes. El monto ofrecido con respecto al precio base de salida que se ofrezca deberá superar o igualar el monto mínimo, establecido en las propias bases. En caso contrario, se considerarán inválidas y serán desechadas.

Asimismo, el monto de inversión ofrecido por los concursantes y que se comprometa a invertir en un plazo de 2 años, contados a partir de la expedición del título de concesión minera, deberá ser acorde, según los criterios de ponderación establecidos en las bases, para efecto de evaluarse y determinar al ganador del prospecto.

Por consiguiente, la modalidad para la presentación de la contraprestación económica es la de subasta con sobre cerrado, mediante dos rondas ascendentes, sin límite de participantes.

Los lineamientos, procedimientos y criterios para la presentación de la contraprestación económica del prospecto, se indica en las bases del concurso relativas al mismo.

En atención a lo dispuesto por el artículo 30 del Reglamento de la Ley Minera, la fase de registro y adquisición de las bases del concurso tendrá una duración de 40 días hábiles, contados a partir del quinto día hábil siguiente de la publicación de esta Convocatoria en el Diario Oficial de la Federación, siendo la adquisición de las mismas el requisito indispensable para registrarse y por tanto participar en los concursos.

Durante el periodo de 40 días hábiles referido en el párrafo anterior, las bases citadas podrán ser adquiridas de lunes a viernes de 09:00 a 14:00 horas en las oficinas centrales de la Dirección General de Minas, sita en la calle de Acueducto número 4, esquina con calle 14 bis, piso 2, colonia Reforma Social, código postal 11650, en esta Ciudad de México. El mismo horario aplicará para la presentación de las solicitudes de registro.

El costo por cada base de concurso es de $2,720.00 M.N. (DOS MIL SETECIENTOS VEINTE PESOS 00/100 Moneda Nacional) más IVA, cantidad que deberá ser enterada a favor de la Tesorería de la Federación, a través del formulario y claves de cómputo siguientes:

Para el cobro por la venta de cada una de las bases de licitación e IVA:

HOMOCLAVE

TRÁMITE

CLAVE DE REFERENCIA

CADENA DE LA DEPENDENCIA

CUOTA

No aplica

Por la enajenación y venta de bases de Licitación Pública

106000172

00105080000000

Variable

 

Para el pago deberá utilizarse el formulario “e5Cinco” de la Secretaría de Economía, para el PAGO ELECTRÓNICO DE DERECHOS, PRODUCTOS Y APROVECHAMIENTOS (DPA) e ingresar en el apartado “Dirección General de Minas” y seleccionar de la lista de trámites y servicios, el denominado "POR LA ENAJENACIÓN Y VENTA DE BASES DE LICITACIÓN PÚBLICA", visibles y localizables en el sitio de internet http://www.e5cinco.economia.gob.mx/swb/es/e5cinco/listadetramites_servicios, ingresando para el caso de personas físicas el nombre y apellidos completos, RFC, CURP y para el caso de personas morales, la Denominación o Razón Social y el RFC, así como la cantidad a que refiere la presente Convocatoria sin IVA (el que se calculará automáticamente), el cual, al ser impreso, únicamente servirá de referencia al cajero de la ventanilla bancaria autorizada, por tanto no representa un comprobante de pago, recibiendo por el mismo, un comprobante sellado y firmado por el cajero bancario, para ser presentado ante la Dirección General de Minas, debidamente sellado y/o certificado, con objeto de que se le haga entrega de las bases de concurso que solicite.

Ciudad de México, a los dieciséis días del mes de febrero de dos mil dieciocho.- La Directora General de Minas, Claudia Yolanda Ibarra Palafox.- Rúbrica.