ACUERDO por el cual se dan a conocer los montos de los estímulos fiscales aplicables a la enajenación de gasolinas en la región fronteriza con los Estados Unidos de América, correspondientes al periodo que se especifica.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Hacienda y Crédito Público.

Acuerdo 24/2018

Acuerdo por el cual se dan a conocer los montos de los estímulos fiscales aplicables a la enajenación de gasolinas en la región fronteriza con los Estados Unidos de América, correspondientes al periodo que se especifica.

ALBERTO TORRES GARCÍA, Subsecretario de Ingresos de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, con fundamento en los artículos 31, fracción XXXIV de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; Segundo y Quinto del Decreto por el que se establecen estímulos fiscales en materia del impuesto especial sobre producción y servicios aplicables a los combustibles que se indican, se dan a conocer los montos de los estímulos fiscales aplicables a la enajenación de gasolinas en la franja fronteriza de 20 kilómetros y en el territorio comprendido entre las líneas paralelas de más de 20 y hasta 45 kilómetros a la línea divisoria internacional con los Estados Unidos de América, durante el periodo que se indica, mediante el siguiente

ACUERDO

Artículo Único.- Se dan a conocer los montos de los estímulos fiscales aplicables, dentro de la franja fronteriza de 20 kilómetros y del territorio comprendido entre las líneas paralelas de más de 20 y hasta 45 kilómetros a la línea divisoria internacional con los Estados Unidos de América, a que se refieren los artículos Segundo y Quinto del Decreto por el que se establecen estímulos fiscales en materia del impuesto especial sobre producción y servicios aplicables a los combustibles que se indican, durante el período comprendido del 3 al 9 de marzo de 2018.

Zona I

Municipios de Tijuana y Playas de Rosarito del Estado de Baja California

0-20

kms

20-25

kms

25-30

kms

30-35

kms

35-40

kms

40-45

kms

Monto del estímulo:

 

 

 

 

 

 

a) Gasolina menor a 92 octanos:

$0.000

$0.000

$0.000

$0.000

$0.000

$0.000

b) Gasolina mayor o igual a 92 octanos:

$0.000

$0.000

$0.000

$0.000

$0.000

$0.000

 

Municipio de Tecate del Estado de Baja California

0-20

kms

20-25

kms

25-30

kms

30-35

kms

35-40

kms

40-45

kms

Monto del estímulo:

 

 

 

 

 

 

a) Gasolina menor a 92 octanos:

$0.130

$0.108

$0.087

$0.065

$0.043

$0.022

b) Gasolina mayor o igual a 92 octanos:

$0.140

$0.117

$0.093

$0.070

$0.047

$0.023

 

Zona II

Municipio de Mexicali del Estado de Baja California

0-20

kms

20-25

kms

25-30

kms

30-35

kms

35-40

kms

40-45

kms

Monto del estímulo:

 

 

 

 

 

 

a) Gasolina menor a 92 octanos:

$0.580

$0.483

$0.387

$0.290

$0.193

$0.097

b) Gasolina mayor o igual a 92 octanos:

$0.600

$0.500

$0.400

$0.300

$0.200

$0.100

 

Zona III

Municipio de San Luis Rio Colorado del Estado de Sonora

0-20

kms

20-25

kms

25-30

kms

30-35

kms

35-40

kms

40-45

kms

Monto del estímulo:

 

 

 

 

 

 

a) Gasolina menor a 92 octanos:

$3.360

$2.800

$2.240

$1.680

$1.120

$0.560

b) Gasolina mayor o igual a 92 octanos:

$2.900

$2.417

$1.933

$1.450

$0.967

$0.483

 

Zona IV

Municipios de Puerto Peñasco y Caborca del Estado de Sonora

0-20

kms

20-25

kms

25-30

kms

30-35

kms

35-40

kms

40-45

kms

Monto del estímulo:

 

 

 

 

 

 

a) Gasolina menor a 92 octanos:

$3.470

$2.892

$2.313

$1.735

$1.157

$0.578

b) Gasolina mayor o igual a 92 octanos:

$2.490

$2.075

$1.660

$1.245

$0.830

$0.415

 

Municipio de General Plutarco Elías Calles del Estado de Sonora

0-20

kms

20-25

kms

25-30

kms

30-35

kms

35-40

kms

40-45

kms

Monto del estímulo:

 

 

 

 

 

 

a) Gasolina menor a 92 octanos:

$3.010

$2.508

$2.007

$1.505

$1.003

$0.502

b) Gasolina mayor o igual a 92 octanos:

$1.960

$1.633

$1.307

$0.980

$0.653

$0.327

 

Municipios de Nogales, Sáric, Agua Prieta del Estado de Sonora

0-20

kms

20-25

kms

25-30

kms

30-35

kms

35-40

kms

40-45

kms

Monto del estímulo:

 

 

 

 

 

 

a) Gasolina menor a 92 octanos:

$3.160

$2.633

$2.107

$1.580

$1.053

$0.527

b) Gasolina mayor o igual a 92 octanos:

$2.260

$1.883

$1.507

$1.130

$0.753

$0.377

 

Municipios de Santa Cruz, Cananea, Naco y Altar del Estado de Sonora

0-20

kms

20-25

kms

25-30

kms

30-35

kms

35-40

kms

40-45

kms

Monto del estímulo:

 

 

 

 

 

 

a) Gasolina menor a 92 octanos:

$3.160

$2.633

$2.107

$1.580

$1.053

$0.527

b) Gasolina mayor o igual a 92 octanos:

$2.210

$1.842

$1.473

$1.105

$0.737

$0.368

 

Zona V

Municipio de Janos, Manuel Benavides, Manuel Ojinaga y Ascensión del Estado de Chihuahua

0-20

kms

20-25

kms

25-30

kms

30-35

kms

35-40

kms

40-45

kms

Monto del estímulo:

 

 

 

 

 

 

a) Gasolina menor a 92 octanos:

$4.230

$3.525

$2.820

$2.115

$1.410

$0.705

b) Gasolina mayor o igual a 92 octanos:

$3.320

$2.767

$2.213

$1.660

$1.107

$0.553

 

Municipios de Juárez, Praxedis G. Guerrero y Guadalupe Estado de Chihuahua

0-20

kms

20-25

kms

25-30

kms

30-35

kms

35-40

kms

40-45

kms

Monto del estímulo:

 

 

 

 

 

 

a) Gasolina menor a 92 octanos:

$3.410

$2.842

$2.273

$1.705

$1.137

$0.568

b) Gasolina mayor o igual a 92 octanos:

$2.860

$2.383

$1.907

$1.430

$0.953

$0.477

 

Municipio de Coyame del Sotol del Estado de Chihuahua

0-20

kms

20-25

kms

25-30

kms

30-35

kms

35-40

kms

40-45

kms

Monto del estímulo:

 

 

 

 

 

 

a) Gasolina menor a 92 octanos:

$3.820

$3.183

$2.547

$1.910

$1.273

$0.637

b) Gasolina mayor o igual a 92 octanos:

$3.000

$2.500

$2.000

$1.500

$1.000

$0.500

 

Zona VI

Municipios de Ocampo, Acuña, Jiménez, Guerrero y Zaragoza del Estado de Coahuila de Zaragoza y municipio de Anáhuac del Estado de Nuevo León

0-20

kms

20-25

kms

25-30

kms

30-35

kms

35-40

kms

40-45

kms

Monto del estímulo:

 

 

 

 

 

 

a) Gasolina menor a 92 octanos:

$4.550

$3.792

$3.033

$2.275

$1.517

$0.758

b) Gasolina mayor o igual a 92 octanos:

$3.410

$2.842

$2.273

$1.705

$1.137

$0.568

 

Municipios de Piedras Negras y Nava del Estado de Coahuila de Zaragoza

0-20

kms

20-25

kms

25-30

kms

30-35

kms

35-40

kms

40-45

kms

Monto del estímulo:

 

 

 

 

 

 

a) Gasolina menor a 92 octanos:

$4.220

$3.517

$2.813

$2.110

$1.407

$0.703

b) Gasolina mayor o igual a 92 octanos:

$3.090

$2.575

$2.060

$1.545

$1.030

$0.515

 

Municipio de Hidalgo del Estado de Coahuila de Zaragoza y Nuevo Laredo del Estado de Tamaulipas

0-20

kms

20-25

kms

25-30

kms

30-35

kms

35-40

kms

40-45

kms

Monto del estímulo:

 

 

 

 

 

 

a) Gasolina menor a 92 octanos:

$4.120

$3.433

$2.747

$2.060

$1.373

$0.687

b) Gasolina mayor o igual a 92 octanos:

$2.990

$2.492

$1.993

$1.495

$0.997

$0.498

 

Zona VII

Municipios de Guerrero, Mier y Valle Hermoso del Estado de Tamaulipas

0-20

kms

20-25

kms

25-30

kms

30-35

kms

35-40

kms

40-45

kms

Monto del estímulo:

 

 

 

 

 

 

a) Gasolina menor a 92 octanos:

$4.500

$3.750

$3.000

$2.250

$1.500

$0.750

b) Gasolina mayor o igual a 92 octanos:

$3.410

$2.842

$2.273

$1.705

$1.137

$0.568

 

Municipios de Reynosa, Camargo, Gustavo Díaz Ordaz, Rio Bravo, Matamoros y Miguel Alemán del Estado de Tamaulipas

0-20

kms

20-25

kms

25-30

kms

30-35

kms

35-40

kms

40-45

kms

Monto del estímulo:

 

 

 

 

 

 

a) Gasolina menor a 92 octanos:

$3.830

$3.192

$2.553

$1.915

$1.277

$0.638

b) Gasolina mayor o igual a 92 octanos:

$2.650

$2.208

$1.767

$1.325

$0.883

$0.442

 

TRANSITORIO

ÚNICO.- El presente Acuerdo entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Ciudad de México, a 1 de marzo de 2018.- Con fundamento en el artículo Segundo, tercer párrafo del Decreto por el que se establecen estímulos fiscales en materia del impuesto especial sobre producción y servicios aplicables a los combustibles que se indican, publicado el 27 de diciembre de 2016 y sus posteriores modificaciones, en ausencia del C. Subsecretario de Ingresos, el Titular de la Unidad de Política de Ingresos No Tributarios, Eduardo Camero Godinez.- Rúbrica.