ACUERDO por el que se autoriza a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público a establecer el mecanismo de fijación de las tarifas finales de energía eléctrica del suministro básico.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Presidencia de la República.
ENRIQUE PEÑA NIETO, Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, en ejercicio de la
facultad que me confiere el artículo 89, fracción I de la Constitución Política
de los Estados Unidos Mexicanos, con fundamento en los artículos 31 y 33 de la
Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, y 139 de la Ley de la
Industria Eléctrica, y
CONSIDERANDO
Que el artículo 139, párrafo primero
de la Ley de la Industria Eléctrica señala que la Comisión Reguladora de
Energía aplicará las metodologías para determinar el cálculo y ajuste de las
tarifas reguladas, las tarifas máximas de los Suministradores de Último Recurso
y las tarifas finales del Suministro Básico;
Que el párrafo segundo del citado
precepto establece que el Ejecutivo Federal podrá determinar, mediante Acuerdo,
un mecanismo de fijación de tarifas distinto al de las tarifas finales
determinadas por la Comisión Reguladora de Energía, para determinados grupos de
Usuarios del Suministro Básico, y
Que es conveniente continuar apoyando
a la economía tanto de los hogares, como del campo mexicano, por lo que resulta
necesario autorizar a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, para
establecer un mecanismo de fijación de las tarifas finales de energía eléctrica
del suministro básico distinto al de las tarifas finales determinadas por la
Comisión Reguladora de Energía, con el propósito de apoyar e incentivar el
desarrollo de ambos sectores, he tenido a bien expedir el siguiente
ACUERDO
Artículo Único.- La Secretaría de Hacienda y Crédito Público podrá determinar un
mecanismo de fijación de las tarifas finales de energía eléctrica del
suministro básico distinto al establecido por la Comisión Reguladora de
Energía.
TRANSITORIOS
Primero.- El
presente Acuerdo entrará en vigor el 1o. de diciembre de 2017.
Segundo.- Se
abrogan los acuerdos por el que se autoriza a la Secretaría de Hacienda y
Crédito Público a establecer las tarifas finales de energía eléctrica del
suministro básico a usuarios domésticos y por el que se autoriza ajustar las
tarifas finales de energía eléctrica del suministro básico a usuarios
domésticos, publicados en el Diario Oficial de la Federación el 30 de diciembre
de 2015, y se derogan las disposiciones administrativas en materia tarifaria
que se opongan a lo establecido en este Acuerdo.
Dado en la
residencia del Poder Ejecutivo Federal, en la Ciudad de México, a veintinueve
de noviembre de dos mil diecisiete.- Enrique Peña Nieto.- Rúbrica.- El Secretario de Hacienda y Crédito
Público, José Antonio González Anaya.- Rúbrica.- El
Secretario de Energía, Pedro Joaquín Coldwell.- Rúbrica.